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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 93/1996, de 26 de enero, sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Galicia, en materia de agricultura (desarrollo rural).

BOE-A-1996-4527Publicada: 28/02/1996MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 93/1996, de 26 de enero, sobre ampliación de los medios adscritos a ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 93/1996, de 26 de enero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia, con el objetivo de ampliar los medios adscritos a los servicios traspasados en materia de agricultura, en el marco del desarrollo rural. **2. CONTEXTO** La Constitución Española, en sus artículos 149.1.13.ª y 148.1.7.ª, establece que el Estado tiene competencia sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, mientras que las Comunidades Autónomas pueden asumir competencias en materia de agricultura y ganadería. El Estatuto de Autonomía para Galicia, aprobado por la Ley Orgánica 1/1981, otorga a Galicia la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con las bases y la ordenación de la actuación económica general y de la política monetaria del Estado. A través de diversos Reales Decretos, se han traspasado funciones y servicios en materia de agricultura a Galicia, y se procede ahora a su ampliación. La Comisión Mixta, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en 1995, que requiere su aprobación por el Gobierno mediante Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 93/1996, de 26 de enero, tiene como objeto la aprobación del acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias entre la Administración del Estado y la Comunidad Autónoma de Galicia, con el fin de ampliar los medios adscritos a los servicios traspasados en materia de agricultura, en el marco del desarrollo rural. Este Real Decreto se fundamenta en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía para Galicia, que establece la necesidad de una Comisión Mixta para proceder a la referida ampliación. Dicha Comisión adoptó el acuerdo correspondiente en su sesión del Pleno celebrada el 21 de diciembre de 1995, y su aprobación por el Gobierno se realiza mediante este Real Decreto. El Real Decreto establece que se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta, que se refiere a la ampliación de los medios adscritos a las funciones y servicios traspasados en materia de agricultura. Este acuerdo incluye la asignación de personal, dotación de recursos y la asignación de presupuesto necesario para garantizar el desarrollo rural en Galicia. El Real Decreto menciona la asignación de personal en distintas provincias, como Lugo, Orense, Pontevedra y A Coruña, con diferentes categorías y funciones, como técnicos, auxiliares, jefes de sección provincial, entre otros. Además, se detalla la dotación de recursos económicos, incluyendo el coste de la ampliación de medios, que se refleja en la relación numérica 3, donde se detalla el gasto en personal y en bienes y servicios. En cuanto a la estructura del Real Decreto, se menciona el artículo 1, que establece la aprobación del acuerdo de la Comisión Mixta, y se detalla la asignación de personal y recursos económicos. El Real Decreto también incluye una relación numérica 3, que detalla el coste de la ampliación de medios de desarrollo rural, con un total de 71.263.506 pesetas. Esta cifra incluye gastos de personal y gastos corrientes en bienes y servicios, lo que refleja la inversión necesaria para garantizar la adecuada gestión de los servicios traspasados a Galicia en materia de agricultura. Este Real Decreto se enmarca en el marco de la transferencia de competencias a las Comunidades Autónomas, en cumplimiento de los principios de descentralización y autonomía territorial establecidos en la Constitución Española y en el Estatuto de Autonomía de Galicia. La aprobación de este Real Decreto refleja la necesidad de garantizar la adecuada gestión de los servicios en materia de agricultura y desarrollo rural, con la participación de la Comisión Mixta y la aprobación del Gobierno. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 93/1996 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta para ampliar los medios en materia de desarrollo rural en Galicia. Se detalla la asignación de personal y recursos económicos necesarios para garantizar la adecuada gestión de los servicios traspasados. Este Real Decreto refleja la transferencia de competencias a la Comunidad Autónoma de Galicia en materia de agricultura y desarrollo rural. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Aprobación del acuerdo de la Comisión Mixta**: Se aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta para ampliar los medios en materia de desarrollo rural. ⚠️ **Necesidad de aprobación gubernativa**: El acuerdo de la Comisión Mixta requiere la aprobación del Gobierno mediante Real Decreto. 📋 **Asignación de personal y recursos**: Se detalla la asignación de personal y recursos económicos necesarios para garantizar la adecuada gestión de los servicios traspasados. ℹ️ **Relación de costes**: Se incluye una relación numérica que detalla el coste de la ampliación de medios de desarrollo rural. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 26 de enero de 1996 - **Materias**: Agricultura, desarrollo rural, transferencia de competencias, autonomía territorial - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 93/1996, Comisión Mixta, desarrollo rural, transferencia de servicios, autonomía de Galicia, agricultura, competencias autonómicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1996, la competencia estatal sobre la planificación general de la actividad económica coexistía con la posibilidad de que las Comunidades Autónomas asumieran competencias en agricultura, tal como preveía la Constitución y desarrollaba el Estatuto de Autonomía de Galicia. Este Real Decreto concreta la ampliación de medios adscritos a servicios ya traspasados a Galicia en materia de desarrollo rural, completando transferencias previas realizadas mediante otros Reales Decretos. A diferencia de otras CCAA que pudieran tener un nivel de competencias distinto, Galicia, a través de su Estatuto, ostenta competencia exclusiva en agricultura, si bien sujeta a la ordenación general de la economía estatal. La aprobación de este acuerdo por la Comisión Mixta de Transferencias y posteriormente por el Consejo de Ministros, formaliza la ampliación de la capacidad de gestión autonómica, lo que importa al ciudadano gallego una administración más cercana y especializada en las políticas de desarrollo rural, adaptada a sus necesidades específicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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