Real Decreto 320/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 320/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 320/1996, de 23 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria. **2. CONTEXTO** La Constitución Española, en su artículo 149.1.13.ª, atribuye al Estado la competencia sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. Por otro lado, el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, aprobado por Ley Orgánica 3/1983, de 25 de febrero, y reformado por Ley Orgánica 10/1994, de 24 de marzo, otorga a la Comunidad de Madrid la plenitud de la función legislativa en materia de agricultura y ganadería, de acuerdo con la ordenación general de la economía. El Real Decreto 1959/1983, de 29 de junio, establece las normas y el procedimiento para los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad de Madrid. En este marco, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo el 23 de enero de 1996, que fue aprobado mediante el presente Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 320/1996, de 23 de febrero, establece el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria. Este traspaso se fundamenta en el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, que otorga a esta comunidad la plenitud de la función legislativa en materia de agricultura y ganadería, según el artículo 26.7. Además, se basa en el Real Decreto 1959/1983, de 29 de junio, que regula los traspasos de funciones y servicios del Estado a las comunidades autónomas. El Real Decreto 320/1996 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, adoptado el 23 de enero de 1996, que concreta las funciones y servicios que deben ser traspasados a la Comunidad de Madrid. Este acuerdo se transcribe como anexo al presente Real Decreto. En consecuencia, quedan traspasadas las funciones y servicios relacionados con la defensa contra fraudes y la calidad agroalimentaria, según lo establecido en el acuerdo. El traspaso se lleva a cabo en cumplimiento de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid, que establece la Comisión Mixta de Transferencias como órgano encargado de determinar las funciones y servicios que deben ser traspasados. El Real Decreto 320/1996, en su artículo 1, establece que se aprueba el acuerdo de dicha Comisión, que detalla las funciones y servicios que se traspasan. El Real Decreto 320/1996 también incluye un anexo que detalla los costes periféricos y centrales asociados al traspaso, incluyendo gastos de personal, bienes corrientes y servicios, así como inversiones. Los costes se detallan en pesetas, con distinción entre el personal funcionario y laboral, y se refieren a los años 1995 y 1996. En cuanto a la estructura del Real Decreto, se establece que el artículo 1 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta, mientras que el artículo 2 establece las funciones y servicios traspasados. Además, se incluyen anexos que detallan los costes asociados al traspaso, lo que permite una mejor transparencia y control financiero. El Real Decreto 320/1996, por tanto, representa una medida de transferencia de competencias y recursos entre el Estado y la Comunidad de Madrid, en el marco de la autonomía territorial y la coordinación entre niveles de gobierno. Este traspaso se fundamenta en el marco legal establecido por la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el Real Decreto 1959/1983, que regula los traspasos de funciones y servicios. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 320/1996 aprueba el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad de Madrid en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria. Este traspaso se lleva a cabo en cumplimiento del Estatuto de Autonomía y del Real Decreto 1959/1983. El Real Decreto incluye un anexo con los costes asociados al traspaso, lo que permite una mejor transparencia y control financiero. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones**: El Real Decreto establece el traspaso de funciones y servicios relacionados con la defensa contra fraudes y la calidad agroalimentaria. ⚠️ **Marco legal**: El traspaso se fundamenta en la Constitución, el Estatuto de Autonomía y el Real Decreto 1959/1983. 📋 **Anexos de costes**: Se incluyen anexos con los costes periféricos y centrales asociados al traspaso, detallados en pesetas. ℹ️ **Cumplimiento de normas**: El Real Decreto se adopta en cumplimiento de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 23 de febrero de 1996 - **Materias**: Autonomía territorial, defensa contra fraudes, calidad agroalimentaria - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 687 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, las competencias en materia de defensa contra fraudes y calidad agroalimentaria recaían principalmente en la Administración General del Estado, aunque el Estatuto de Autonomía de la Comunidad de Madrid ya preveía la transferencia de funciones legislativas en agricultura. Esta norma concreta el traspaso de dichas funciones a la Comunidad de Madrid, alineándose con la tendencia general de descentralización en España y con la distribución de competencias que otras Comunidades Autónomas ya habían experimentado en ámbitos similares, si bien la concreción de estas transferencias es específica para Madrid. La aprobación por el Gobierno central, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, formaliza un acuerdo previo de la Comisión Mixta de Transferencias, un órgano paritario. Esta diferencia es crucial para el ciudadano madrileño, ya que implica que la gestión y regulación directa de la calidad y la lucha contra el fraude en productos agroalimentarios pasa a ser competencia de su propia comunidad autónoma, facilitando una respuesta más cercana y adaptada a sus necesidades específicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────