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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 338/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de radiodifusión.

BOE-A-1996-6408Publicada: 21/03/1996MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 338/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 338/1996, de 23 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de radiodifusión a la Ciudad de Melilla, con efectividad a partir del 1 de marzo de 1996. **2. CONTEXTO** La Constitución española establece que el Estado tiene competencia exclusiva en materia de medios de comunicación social, incluyendo radio y televisión. El Estatuto de Autonomía de Melilla, aprobado por Ley Orgánica 2/1995, otorga a la ciudad la ejecución de la legislación del Estado en este ámbito. El Real Decreto 1412/1995 regula los traspasos de funciones y servicios del Estado a Melilla. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en febrero de 1996, que fue aprobado por el Gobierno mediante este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 338/1996, de 23 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de radiodifusión a la Ciudad de Melilla. Este acuerdo, adoptado en la sesión del día 8 de febrero de 1996, se transcribe como anexo al presente Real Decreto. El traspaso se efectúa en cumplimiento de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Melilla, que establece que la ciudad debe ejecutar la legislación del Estado en materia de prensa, radio, televisión y otros medios de comunicación social. El Real Decreto establece que el traspaso de funciones y servicios tendrá efectividad a partir del día 1 de marzo de 1996. En este sentido, se detalla que la Administración del Estado trasladará a la ciudad de Melilla todos los expedientes en tramitación de solicitud o renovación de concesiones de emisoras de radiodifusión en frecuencia modulada y con centro de emisión en el ámbito territorial autonómico. Además, se remitirán los expedientes relativos a las empresas de conformidad con lo previsto en el apartado D.2 del acuerdo. El traspaso incluye la transferencia de créditos relativos a los distintos componentes del coste, susceptibles de actualización por los mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos. Asimismo, se establece que las posibles diferencias que se produzcan durante el período transitorio respecto de la financiación de los servicios transferidos podrán ser objeto de regularización al cierre del ejercicio económico, mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. En cuanto a la documentación y expedientes, se establece que a partir de la entrada en vigor del acuerdo, la Administración del Estado trasladará a la ciudad de Melilla todos los expedientes en tramitación de solicitud o renovación de concesiones de emisoras de radiodifusión en frecuencia modulada y con centro de emisión en el ámbito territorial autonómico, remitiendo los expedientes relativos a las empresas de conformidad con lo previsto en el apartado D.2. En relación con el valoración del coste efectivo de los servicios a traspasar, se detalla que el total del coste efectivo es de 1.032.976 pesetas, distribuido en los diferentes capítulos y servicios. Se incluyen los gastos relativos a la Dirección General de Recursos Humanos y a la Dirección General de Administración y Servicios, con un total de 910.076 y 122.900 pesetas, respectivamente. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 338/1996 establece el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de radiodifusión a la Ciudad de Melilla, con efectividad a partir del 1 de marzo de 1996. Este traspaso se efectúa en cumplimiento del Estatuto de Autonomía de Melilla y se regula mediante el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias. El Real Decreto también establece mecanismos de regularización y transparencia en la financiación de los servicios transferidos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones en materia de radiodifusión**: El Real Decreto establece el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla en materia de radiodifusión. ⚠️ **Cumplimiento del Estatuto de Autonomía**: El traspaso se efectúa en cumplimiento de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Melilla. 📋 **Efectividad del traspaso**: El traspaso tendrá efectividad a partir del 1 de marzo de 1996. ℹ️ **Regularización de costes**: Se establecen mecanismos para la regularización de diferencias en la financiación de los servicios transferidos. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso - **Fecha**: 23 de febrero de 1996 - **Materias**: Radiodifusión, traspaso de funciones, autonomía de Melilla - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 338/1996, traspaso de funciones, radiodifusión, Melilla, Estatuto de Autonomía, Comisión Mixta de Transferencias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1996, la competencia estatal sobre radiodifusión, en virtud del artículo 149.1.27.ª de la Constitución, era la norma básica, si bien las Comunidades Autónomas podían desarrollar y ejecutar dicha legislación. El Estatuto de Autonomía de Melilla, aprobado en 1995, otorgó a la ciudad la ejecución de la legislación estatal en esta materia, lo que se materializó a través de este Real Decreto que aprobó el traspaso de funciones y servicios de radiodifusión. A diferencia de otras CCAA que ya contaban con competencias más amplias en medios de comunicación, Melilla, como ciudad autónoma, veía ahora concretado su rol ejecutivo. Esta diferencia es relevante para el ciudadano melillense porque implica una mayor cercanía en la gestión y posible regulación de los servicios de radiodifusión, adaptándose a las particularidades locales, aunque siempre bajo el marco normativo estatal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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