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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 337/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla en materia de turismo.

BOE-A-1996-6407Publicada: 21/03/1996MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 337/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 337/1996, de 23 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla en materia de turismo, estableciendo el alcance, el plazo y la documentación de dicha transferencia. **2. CONTEXTO** La Constitución Española establece en su artículo 149.1.6.ª y 13.ª que la competencia en materia de legislación mercantil y planificación económica corresponde exclusivamente al Estado. Sin embargo, el Estatuto de Autonomía de Melilla, aprobado por Ley Orgánica 2/1995, otorga a la ciudad de Melilla competencias en la promoción y ordenación del turismo. El Real Decreto 1412/1995 regula el procedimiento de traspaso de funciones a Melilla. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en febrero de 1996, que fue aprobado mediante este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 337/1996, de 23 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla en materia de turismo. Este acuerdo, adoptado en la sesión del día 8 de febrero de 1996, detalla las funciones y servicios que se traspasan, así como los plazos, la documentación y la efectividad del traspaso. El Real Decreto 1412/1995, de 4 de agosto, establece el procedimiento general para el traspaso de funciones y servicios a Melilla. De conformidad con este real decreto, la Comisión Mixta de Transferencias, que se encarga de la coordinación de los traspasos, adoptó el acuerdo mencionado, el cual fue aprobado por el Gobierno mediante este Real Decreto. El acuerdo detalla los servicios y funciones que se traspasan, incluyendo la gestión de la oficina de turismo, la tramitación de solicitudes de permisos, la gestión de la información turística, la promoción del turismo, y la realización de estudios y planes de desarrollo turístico. Además, se establece que el traspaso de funciones y servicios tendrá efectividad a partir del 1 de marzo de 1996. En cuanto a la documentación, se establece que la entrega de los expedientes, documentos y registros relacionados con los servicios traspasados se realizará en un plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto. Asimismo, se detalla la valoración del coste efectivo de los servicios traspasados, que se calcula en pesetas 12.531.436, incluyendo el coste periférico y el coste central. El acuerdo también incluye la relación de bienes inmuebles traspasados, como la oficina de turismo en Melilla, y la relación de personal y vacantes objeto del traspaso, detallando las retribuciones y la seguridad social de los funcionarios y laborales involucrados. El Real Decreto establece que el traspaso se realizará mediante la entrega de los documentos y expedientes correspondientes, y que la Comisión Mixta, compuesta por representantes del Estado y de la Ciudad de Melilla, supervisará el proceso. Este Real Decreto se emite en cumplimiento de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Melilla, que permite la transferencia de funciones y servicios a la ciudad en materia de turismo, con el fin de garantizar la adecuada gestión y promoción de esta actividad en el territorio autónomo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 337/1996 establece el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla en materia de turismo. Se detalla el alcance, el plazo, la documentación y la efectividad del traspaso, en cumplimiento de la normativa vigente y el Estatuto de Autonomía de Melilla. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones y servicios en materia de turismo**: Se establece el alcance y la documentación de las funciones traspasadas a la Ciudad de Melilla. ⚠️ **Cumplimiento de normativa**: El Real Decreto se emite en cumplimiento del Estatuto de Autonomía de Melilla y del Real Decreto 1412/1995. 📋 **Procedimiento y plazos**: Se detalla el procedimiento de traspaso, incluyendo la entrega de documentos y la efectividad del traspaso a partir del 1 de marzo de 1996. ℹ️ **Valoración del coste efectivo**: Se incluye la valoración del coste de los servicios traspasados, que se calcula en pesetas 12.531.436. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso - **Fecha**: 23 de febrero de 1996 - **Materias**: Turismo, Administración pública, Autonomía de Melilla - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 337/1996, traspaso de funciones, turismo, Melilla, Estatuto de Autonomía, Comisión Mixta de Transferencias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, las competencias en materia de turismo recaían principalmente en la Administración del Estado, si bien el Estatuto de Autonomía de Melilla ya contemplaba la posibilidad de ejercer competencias en promoción y ordenación turística. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que ya gestionaban plenamente estas competencias, Melilla se encontraba en un proceso de traspaso, regulado por normativas estatales como el Real Decreto 1412/1995. La aprobación de este Real Decreto por el Gobierno central, a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, formaliza el traspaso de funciones y servicios turísticos a la ciudad de Melilla, algo que no ocurría de forma idéntica en todas las CCAA en ese momento. Esta diferencia es crucial para el ciudadano melillense, ya que implica una gestión más cercana y adaptada a sus necesidades específicas en materia de turismo, permitiendo una mayor agilidad y especialización en las políticas de promoción y ordenación del sector. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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