Real Decreto 333/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla, en materia de acuicultura y marisqueo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 333/1996, de 23 de febrero, sobre traspaso de funciones y servicios ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 333/1996, de 23 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios en materia de acuicultura y marisqueo a la ciudad de Melilla, en cumplimiento del Estatuto de Autonomía de Melilla. **2. CONTEXTO** La Constitución Española reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de pesca marítima, según el artículo 149.1.19.ª. Sin embargo, el Estatuto de Autonomía de Melilla, aprobado por Ley Orgánica 2/1995, le atribuye a la ciudad de Melilla la competencia en materia de acuicultura y marisqueo. Para garantizar este traspaso, se estableció la Comisión Mixta de Transferencias, regulada por el Real Decreto 1412/1995. El Real Decreto 333/1996 se emite en cumplimiento de dicha normativa y con la aprobación del Consejo de Ministros. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 333/1996, de 23 de febrero, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios en materia de acuicultura y marisqueo a la ciudad de Melilla. Este acuerdo, adoptado en la sesión del día 8 de febrero de 1996, se transcribe como anexo al presente Real Decreto. El traspaso se efectúa en cumplimiento de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Melilla, que establece la creación de dicha Comisión Mixta. El Real Decreto 1412/1995, de 4 de agosto, regula el procedimiento y normas a seguir en los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la ciudad de Melilla. Según este Real Decreto, el traspaso se realizará mediante la entrega del personal, créditos presupuestarios, documentación y expedientes de los servicios traspasados. La entrega de la documentación se realizará en un plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto que aprueba el acuerdo. El traspaso de funciones y servicios tendrá efectividad a partir del 1 de marzo de 1996. Para su efectividad, el acuerdo de la Comisión Mixta debe ser aprobado por el Gobierno mediante Real Decreto. En este sentido, el Real Decreto 333/1996 establece que el traspaso se efectúa en virtud de la propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros. Además, el Real Decreto incluye la relación de personal funcionario de Melilla, con sus datos de retribuciones, y la relación de costes de traspaso de acuicultura y marisqueo, que se detallan en pesetas de 1996. Los costes directos incluyen gastos de personal, mientras que los costes indirectos se refieren a otros gastos relacionados con la transferencia. Este Real Decreto refleja el marco legal que permite el traspaso de competencias en materia de acuicultura y marisqueo a la ciudad de Melilla, en cumplimiento de su Estatuto de Autonomía y de las normas vigentes sobre transferencias de funciones. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 333/1996 establece el traspaso de funciones y servicios en materia de acuicultura y marisqueo a la ciudad de Melilla. Este traspaso se efectúa en cumplimiento del Estatuto de Autonomía de Melilla y de las normas vigentes sobre transferencias de funciones. El Real Decreto incluye detalles sobre el personal, retribuciones y costes asociados al traspaso. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones**: Se traspasan funciones y servicios en materia de acuicultura y marisqueo a la ciudad de Melilla. ⚠️ **Competencias exclusivas**: La Constitución reserva al Estado la competencia exclusiva en materia de pesca marítima. 📋 **Estructura del Real Decreto**: Incluye el acuerdo de la Comisión Mixta, relación de personal y costes de traspaso. ℹ️ **Fecha de efectividad**: El traspaso tiene efectividad a partir del 1 de marzo de 1996. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 23 de febrero de 1996 - **Materias**: Acuicultura, marisqueo, transferencia de funciones, autonomía de Melilla - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 333/1996, traspaso de funciones, acuicultura, marisqueo, Melilla, Estatuto de Autonomía, Comisión Mixta, Constitución Española. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la competencia en materia de pesca marítima recaía exclusivamente en el Estado, si bien las Comunidades Autónomas podían tener atribuciones en su ordenación. Este Real Decreto concreta el traspaso de funciones y servicios en acuicultura y marisqueo a la Ciudad de Melilla, algo que otras Comunidades Autónomas ya ejercían en virtud de sus respectivos Estatutos de Autonomía y normativas específicas. La aprobación de este traspaso, realizada por el Gobierno central a propuesta del Ministro para las Administraciones Públicas, formaliza la competencia de Melilla en estas áreas, permitiendo una gestión más cercana y adaptada a sus particularidades. Para el ciudadano melillense, esto implica una administración más ágil y potencialmente más sensible a las necesidades locales en sectores económicos tan relevantes como la acuicultura y el marisqueo. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────