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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 101/1996, de 26 de enero, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de fundaciones.

BOE-A-1996-7520Publicada: 04/04/1996MINISTERIO PARA LAS ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 101/1996, de 26 de enero, sobre traspaso ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 101/1996, de 26 de enero, sobre el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de fundaciones. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 101/1996 estableció el traspaso de funciones y servicios relacionados con fundaciones a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. Posteriormente, se detectó una errata en el texto oficial publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 52 de 29 de febrero de 1996. Esta errata afecta a la precisión del contenido del Real Decreto, lo que justifica la corrección. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 101/1996, de 26 de enero, estableció el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de fundaciones. Dicha norma fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 52, de 29 de febrero de 1996, en la página 7930, segunda columna, apartado B), línea tercera. En dicha línea, se encontraba el texto: «... respecto de las funciones que desarrollan...». Esta frase fue corregida para decir: «... respecto de las fundaciones que desarrollan...». Esta corrección busca precisar que el traspaso se refiere a las fundaciones, no a las funciones en general. La errata afecta la redacción del texto, pero no modifica el contenido sustancial de la norma. La corrección se realiza mediante una rectificación oportuna, que se publica con el fin de garantizar la exactitud del texto legal. La errata no implica un cambio en la aplicación de las normas, sino una corrección de redacción para evitar malentendidos. La norma original establece que las funciones relacionadas con fundaciones pasan a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, lo cual se refleja en la redacción correcta de la frase. La corrección se realiza en el texto del Real Decreto 101/1996, de 26 de enero, que fue publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 52, de 29 de febrero de 1996. La errata se detectó posteriormente, lo que justifica la necesidad de una rectificación. La norma se aplica en materia de fundaciones, y la corrección busca garantizar que el texto refleje correctamente el alcance del traspaso de funciones. La errata no afecta el alcance jurídico de la norma, sino solo su redacción. La corrección se realiza en el texto del Real Decreto, lo que permite una mejor comprensión y aplicación de la norma. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige una errata en la redacción de una norma sobre el traspaso de funciones en materia de fundaciones a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares. La corrección no modifica el contenido sustancial, sino que mejora la precisión del texto. La norma sigue siendo aplicable en el ámbito de las fundaciones. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige una errata en el texto del Real Decreto 101/1996. ⚠️ **No modifica contenido**: La corrección no altera el alcance jurídico de la norma. 📋 **Redacción precisa**: Se mejora la claridad del texto para evitar malentendidos. ℹ️ **Publicación en BOE**: La errata fue detectada y corregida en el «Boletín Oficial del Estado». 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Rectificación - **Fecha**: 29 de febrero de 1996 (publicación original), corregida posteriormente - **Materias**: Fundaciones, traspaso de funciones, Comunidad Autónoma de las Islas Baleares - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 101/1996, errata, fundaciones, traspaso de funciones, Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto, en su origen, formalizó el traspaso de competencias estatales en materia de fundaciones a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares, un proceso que se ha replicado de forma similar en otras comunidades autónomas españolas a través de normativas específicas. La diferencia principal radica en que, mientras algunas CCAA han asumido plenamente estas funciones, otras aún mantienen una mayor centralización o un modelo de colaboración distinto. La aprobación de este traspaso, y su posterior corrección de erratas, es relevante para el ciudadano balear porque define la administración competente para la supervisión, el registro y la gestión de las fundaciones en su territorio, facilitando así el acceso a la información y a los trámites administrativos relacionados con estas entidades. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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