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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de marzo de 1996 por la que se modifica la de 26 de julio de 1994, que regula los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Justicia e Interior.

BOE-A-1996-7389Publicada: 02/04/1996MINISTERIO DE JUSTICIA E INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de marzo de 1996 por la que se modifica la de 26 de julio de 1994, q ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 29 de marzo de 1996 modifica la Orden de 26 de julio de 1994, incorporando a la Policía Autónoma Vasca como destinatario de las cesiones de datos del fichero N.SIS/SIRENE. 2. **CONTEXTO** La Junta de Seguridad del País Vasco, órgano paritario encargado de coordinar la Policía Autónoma con las Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado, autorizó en 1993 la conexión de la Ertzaintza al Sistema de Información Schengen (SIS). El Ministerio de Justicia e Interior, mediante Orden de 1994, reguló los ficheros de datos personales, incluyendo el fichero N.SIS/SIRENE, que gestiona la parte española del SIS. Este fichero permite la cesión de datos a organismos como la Policía, la Guardia Civil y la Aduana. La Comunidad Autónoma del País Vasco asumió competencias en materia de protección de personas y bienes, lo que justificó la inclusión de la Policía Autónoma Vasca como destinatario de datos. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 29 de marzo de 1996 modifica la Orden de 26 de julio de 1994, que regula los ficheros con datos de carácter personal gestionados por el Ministerio de Justicia e Interior. En concreto, se modifica el apartado dedicado a la descripción del fichero N.SIS/SIRENE, incluido en el anexo de dicha Orden, publicada en el Boletín Oficial del Estado el 27 de julio de 1994. La modificación consiste en la inclusión de la Policía Autónoma Vasca como destinatario de las cesiones de datos de dicho fichero. La Orden de 1994 establecía que el fichero N.SIS/SIRENE, gestionado por la Secretaría de Estado de Interior, tenía como destinatarios de las cesiones a la Dirección General de la Policía, la Dirección General de la Guardia Civil, el Servicio de Vigilancia Aduanera y los Asuntos Consulares. Sin embargo, la Comunidad Autónoma del País Vasco, al asumir competencias en materia de protección de personas y bienes y mantenimiento del orden público, justificó la necesidad de incluir a la Policía Autónoma Vasca como destinatario adicional de las cesiones de datos. La modificación se realizó en virtud de la necesidad de adaptar el régimen de cesión de datos a la realidad territorial y funcional de la Comunidad Autónoma del País Vasco, garantizando la coordinación entre las Fuerzas de Seguridad locales y nacionales. La Orden de 1996 establece que, en el párrafo relativo a la cesión de datos del fichero N.SIS/SIRENE, se incluye la Policía Autónoma Vasca como destinatario. Esta modificación se fundamenta en el principio de que las Fuerzas de Seguridad locales deben tener acceso a información relevante para el ejercicio de sus funciones, especialmente en materia de seguridad interior y protección de personas. La inclusión de la Policía Autónoma Vasca en el listado de destinatarios de datos del fichero N.SIS/SIRENE refleja la necesidad de una coordinación eficiente entre las autoridades locales y nacionales en el ámbito de la seguridad. La Orden de 1996 no introduce cambios sustanciales en el régimen general de protección de datos, sino que adapta la normativa a la realidad específica de la Comunidad Autónoma del País Vasco, garantizando la compatibilidad entre las competencias autonómicas y la gestión de datos personales en el marco del Sistema de Información Schengen. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1996 modifica la Orden de 1994 para incluir a la Policía Autónoma Vasca como destinatario de datos del fichero N.SIS/SIRENE. Esta modificación refleja la adaptación de la normativa a la realidad autonómica y la necesidad de coordinación entre las Fuerzas de Seguridad locales y nacionales. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la Orden de 1994**: Se incorpora a la Policía Autónoma Vasca como destinatario de datos del fichero N.SIS/SIRENE. ⚠️ **Necesidad de adaptación**: La modificación responde a la asunción de competencias por parte de la Comunidad Autónoma del País Vasco. 📋 **Regulación de cesiones de datos**: Se establece un listado de destinatarios, incluyendo organismos nacionales y autonómicos. ℹ️ **Coordinación entre autoridades**: La modificación refleja la necesidad de una coordinación eficiente entre las Fuerzas de Seguridad locales y nacionales. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial de 29 de marzo de 1996 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de marzo de 1996 - **Materias**: Protección de datos personales, seguridad interior, coordinación de Fuerzas de Seguridad - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: ficheros de datos personales, Sistema de Información Schengen, Policía Autónoma Vasca, protección de datos, coordinación entre autoridades ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1996, la normativa estatal, concretamente la Orden de 26 de julio de 1994, ya regulaba los ficheros de datos personales del Ministerio de Justicia e Interior, incluyendo el fichero N.SIS/SIRENE para la gestión de la parte española del Sistema de Información Schengen. Esta orden preveía cesiones de datos a diversas fuerzas de seguridad estatales. La novedad introducida por la Orden de 1996 es la inclusión de la Policía Autónoma Vasca como destinataria de dichas cesiones, lo cual se fundamenta en la competencia asumida por el País Vasco en materia de orden público. Esta diferencia es relevante para el ciudadano vasco, ya que garantiza que la Ertzaintza, en el ejercicio de sus funciones de seguridad y orden público, pueda acceder a información relevante del SIS, mejorando así la coordinación y eficacia en la protección de personas y bienes en su territorio, algo que no estaba explícitamente contemplado para las policías autonómicas en la normativa previa estatal. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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