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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 575/1996, de 28 de marzo, por el que se aprueban nuevos métodos oficiales de análisis de fertilizantes.

BOE-A-1996-8672Publicada: 18/04/1996MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 575/1996, de 28 de marzo, por el que se aprueban nuevos métodos ofi ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 575/1996 aprueba nuevos métodos oficiales de análisis de fertilizantes para garantizar la calidad y composición de los mismos, alineándose con la normativa comunitaria y eliminando obstáculos técnicos al comercio. 2. **CONTEXTO** La plena integración de España en la Comunidad Europea requiere la armonización de su legislación con la normativa comunitaria. Para ello, es necesario transponer la Directiva 95/8/CE sobre métodos de análisis de fertilizantes. Estos métodos permiten comprobar la calidad y composición de los fertilizantes, así como facilitar el intercambio comercial del sector. Los nuevos métodos se añaden a los ya vigentes, aprobados por diversas Ordenes y Reales Decretos anteriores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 575/1996, de 28 de marzo de 1996, establece nuevos métodos oficiales de análisis de fertilizantes, aprobados en el anexo del texto. Estos métodos se dictan en virtud de los artículos 40.2 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, y de los artículos 149.1.13.ª y 16.ª de la Constitución, que regulan la planificación económica y la sanidad. El Real Decreto fue tramitado consultando a las entidades y organizaciones afectadas y contó con el informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria. Fue aprobado a propuesta de los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación, de Economía y Hacienda, de Industria y Energía, de Sanidad y Consumo y de Comercio y Turismo, de acuerdo con el Consejo de Estado, y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 28 de marzo de 1996. El contenido técnico del Real Decreto incluye métodos específicos de análisis, como el método 37(b), que detalla los pasos para la determinación del contenido de cobalto en fertilizantes. Este método incluye la preparación de la muestra, la adición de reactivos, la calentamiento y la filtración, así como los cálculos necesarios para determinar el porcentaje de cobalto. Por ejemplo, en el método 37(b), se añade ácido clorhídrico, se agrega peróxido de hidrógeno, se calienta y se enfría, se alcaliniza con hidróxido de sodio, se añade ácido acético y se completa con agua hasta alcanzar un volumen de aproximadamente 200 ml. Luego, se añade una solución de 1-nitroso-2-naftol con bureta, se agita constantemente y se finaliza con una agitación enérgica para coagular el precipitado. El precipitado se filtra sobre un crisol filtrante, se lava con ácido acético diluido y con agua caliente, y se seca en una estufa a 130 ± 2 ºC hasta alcanzar un peso constante. Los cálculos se realizan según la fórmula establecida en el método 37(b).5, donde 1 mg de precipitado de Co (CHONO).2HO corresponde a 0,096381 mg de Co. El porcentaje de cobalto en el abono se calcula mediante la fórmula: Co (%) = X × V × D × 0,0096381 / (a × M), donde X es la masa del precipitado en mg, V es el volumen de la solución del extracto en ml, a es el volumen de la alícuota tomada de la última dilución en ml, D es el factor de dilución, y M es la masa de la muestra en gramos. El método 37(b).6 incluye referencias a la Directiva de la Comisión 95/8/CE, publicada en el Diario Oficial de las Comunidades Europeas número L86, de 20 de abril de 1995, y al método 10.6. Estos métodos se aplican para garantizar la calidad y la seguridad de los fertilizantes, permitiendo su control y verificación en el mercado. La norma establece que, en caso de no existir métodos oficiales para determinados análisis, se aplicarán los métodos aprobados en este Real Decreto, hasta que sean aprobados otros nuevos. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 575/1996 establece nuevos métodos oficiales de análisis de fertilizantes para garantizar su calidad y composición. Estos métodos se basan en la Directiva 95/8/CE y se aplican en el contexto de la integración de España en la Unión Europea. La norma se fundamenta en la legislación nacional y constitucional, y se aplica en el ámbito de la agricultura y la sanidad. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Nueva normativa**: Se aprueba un nuevo método oficial de análisis de fertilizantes, alineado con la Directiva 95/8/CE. ⚠️ **Relevancia técnica**: El método detalla pasos específicos para la determinación del cobalto en fertilizantes, incluyendo reactivos, cálculos y condiciones de laboratorio. 📋 **Aplicación**: Los métodos se aplican en el ámbito de la agricultura y la sanidad, garantizando la calidad de los fertilizantes. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en la Ley 14/1986 y en la Constitución, en los artículos referidos a la sanidad y la planificación económica. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 575/1996 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 28 de marzo de 1996 - **Materias**: Agricultura, Sanidad, Control de calidad, Fertilizantes - **Relevancia**: ALTA - **Tipo de norma**: Reglamento de desarrollo de una ley - **Ámbito de aplicación**: Nacional - **Relación con normativa europea**: Transposición de la Directiva 95/8/CE - **Relación con normativa anterior**: Añade nuevos métodos a los ya vigentes, aprobados por Ordenes y Reales Decretos anteriores. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1996, la normativa española sobre métodos de análisis de fertilizantes se basaba en diversas órdenes ministeriales y reales decretos previos, como los de 1976, 1979, 1981, 1989, 1991 y 1994. La principal novedad de esta norma es la transposición de la Directiva 95/8/CE de la Comisión Europea, lo que supuso la incorporación de métodos comunitarios para armonizar la legislación nacional con la europea y facilitar el comercio. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas específicas o complementarias, este Real Decreto establece una base estatal, con carácter de normativa básica, aprobada por varios ministerios y el Consejo de Ministros. Para el ciudadano, esta armonización y la adopción de métodos de análisis oficiales y reconocidos internacionalmente garantizan una mayor fiabilidad en la composición y calidad de los fertilizantes, protegiendo así la salud pública y el medio ambiente, y facilitando la libre circulación de estos productos en el mercado interior. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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