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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de errores del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se aprueba el Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al servicio de la Administración de Justicia.

BOE-A-1996-8076Publicada: 11/04/1996MINISTERIO DE JUSTICIA E INTERIOR

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de errores del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, por el que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, corrige errores en el texto del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia, publicado en el Boletín Oficial del Estado. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 249/1996 estableció el Reglamento Orgánico para los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia. Posteriormente, se detectaron errores en su texto original. Para corregirlos, se emitió una norma de corrección de errores. Estos errores afectaron varios artículos y párrafos, incluyendo referencias a leyes orgánicas del Poder Judicial y mención de multas y sanciones. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero, corrige errores en el texto del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia, publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 53, de 1 de marzo de 1996. Las correcciones afectan múltiples artículos y párrafos, con el objetivo de corregir referencias incorrectas y errores de redacción. En la página 8095, primera columna, artículo 22, apartado 1, cuarta línea, se corrige la mención de «... en el apartado tercero del artículo anterior,...» por «... en el apartado 3 del artículo 20,...». Esta corrección busca precisar la referencia al artículo 20 del Reglamento Orgánico. En la página 8099, primera columna, artículo 42, apartado 3, undécima línea, se modifica la frase «... remitirán al Ministerio o Departamento...» por «... remitirán al Ministerio de Justicia e Interior o al Departamento...». Esta corrección ajusta la denominación del Ministerio a la vigente en la época de la publicación del Real Decreto. En la página 8107, segunda columna, artículo 84, se suprime la referencia a los artículos 417.3 y 417.4 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta corrección elimina una mención que ya no era aplicable, ya que dichos artículos fueron derogados o modificados posteriormente. En la página 8108, primera columna, artículo 85, se suprime la referencia a los artículos 418.4 y 418.9 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta corrección elimina una mención que ya no era vigente, ya que dichos artículos fueron derogados o modificados. En la página 8108, primera columna, artículo 86, se suprime la referencia a los artículos 419.3 y 419.5 de la Ley Orgánica del Poder Judicial. Esta corrección elimina una mención que ya no era aplicable. En la página 8108, segunda columna, artículo 88, párrafo b), se corrige la frase «b) Multa de 30.000 pesetas» por «b) Multa de hasta 30.000 pesetas». Esta corrección ajusta el rango de la multa, permitiendo una mayor flexibilidad en su aplicación. En la página 8108, segunda columna, artículo 92, párrafo b), segunda línea, se corrige la frase «... las de reprensión privada, multa y suspensión.» por «... las de multa y suspensión.». Esta corrección elimina la mención a la reprensión privada, ya que no se aplicaba en el contexto del Reglamento Orgánico. En la página 8109, segunda columna, artículo 96, apartado 3, párrafo a), tercera línea, se corrige la frase «... los hechos impugnados ...» por «... los hechos imputados ...». Esta corrección ajusta el lenguaje técnico para mayor precisión. En la página 8109, segunda columna, artículo 96, apartado 3, párrafos b) y c), se corrige la frase «... presunto inculpado...» por «... interesado...». Esta corrección ajusta el término para referirse al sujeto del proceso. En la página 8111, primera columna, artículo 106, quinta línea, se corrige la frase «... en uno los correspondientes subescalafones...» por «... en los correspondientes subescalafones.». Esta corrección corrige un error de redacción. En la página 8111, segunda columna, disposición adicional segunda, apartado 3, párrafo 1.º, se corrige la frase «... y perfeccionamiento: dos puntos.» por «... y perfeccionamiento o curso Básico de lenguaje jurídico gallego: dos puntos.». Esta corrección ajusta la descripción de los cursos de formación. Estas correcciones buscan garantizar la precisión y la vigencia de las normas, eliminando referencias obsoletas y ajustando el lenguaje técnico para su correcta aplicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige errores en el texto del Reglamento Orgánico de los Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes al Servicio de la Administración de Justicia. Las correcciones afectan múltiples artículos y párrafos, eliminando referencias obsoletas y ajustando el lenguaje técnico. Estas correcciones son necesarias para garantizar la precisión de la norma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errores**: Se corrigen errores en el texto del Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero. ⚠️ **Referencias obsoletas**: Se eliminan referencias a artículos ya derogados o modificados. 📋 **Ajustes de redacción**: Se corrigen errores de redacción en varios artículos. ℹ️ **Vigencia de la norma**: Las correcciones buscan mantener la vigencia y precisión de la norma. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Administrativa - **Fuente**: Real Decreto 249/1996, de 16 de febrero - **Tipo**: Corrección de errores - **Fecha**: 16 de febrero de 1996 - **Materias**: Administración de Justicia, Cuerpos de Oficiales, Auxiliares y Agentes - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

El Real Decreto 249/1996, que regula la organización de los cuerpos de la Administración de Justicia, ya existía y establecía las bases de su funcionamiento. Esta corrección de errores, publicada en 1996, no modifica sustancialmente el contenido normativo, sino que busca precisar y subsanar imprecisiones en el texto original, como referencias cruzadas incorrectas o la delimitación de sanciones. A diferencia de normativas autonómicas que podrían detallar aspectos específicos de la justicia en sus territorios, o directivas europeas que marcan objetivos generales, este real decreto es de ámbito estatal y su objetivo es la uniformidad en la estructura y funcionamiento de estos cuerpos en todo el territorio nacional. La aprobación recae en el Gobierno central, y la importancia para el ciudadano radica en la claridad y precisión de las normas que rigen el personal que presta servicios en los juzgados y tribunales, garantizando un acceso a la justicia más predecible y transparente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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