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Ley foral 5/1996, de 6 de mayo, para la concesión de un crédito extraordinario para el Departamento de Administración Local.

BOE-A-1996-13445Publicada: 14/06/1996COMUNIDAD FORAL DE NAVARRA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley foral 5/1996, de 6 de mayo, para la concesión de un crédito extraordinario p ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 5/1996, de 6 de mayo, concede un crédito extraordinario de 80.000.000 de pesetas al Ayuntamiento de Berriozar para atender su déficit económico-financiero en el ejercicio de 1996. **2. CONTEXTO** La Ley Foral 26/1994, de 29 de diciembre, estableció que el Gobierno de Navarra debía presentar una adecuación legislativa a la Ley Foral 15/1989 para integrar ayuntamientos recientemente creados. La Ley Foral 15/1995, de 29 de diciembre, dispuso que se resuelva el problema de los ayuntamientos deficitarios mediante un proyecto de ley. El Ayuntamiento de Berriozar, con un grave déficit en 1994, no podía asumir sus obligaciones en 1996. Por ello, se otorga un anticipo sin interés para su funcionamiento. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 5/1996, de 6 de mayo, concede un crédito extraordinario de 80.000.000 de pesetas al Ayuntamiento de Berriozar, con el fin de cubrir su déficit económico-financiero en el ejercicio de 1996. Este crédito se aplica a la partida presupuestaria 21200-8206-9125, denominada «Anticipo al Ayuntamiento de Berriozar». La financiación del crédito se realiza con cargo a dos partidas: una de 25.000.000 de pesetas, proveniente de la partida «Fomento a los procesos de reestructuración administrativa de los entes locales», y otra de 55.000.000 de pesetas, proveniente de los mayores ingresos de la partida «Aplicación del superávit de ejercicios anteriores». La concesión del crédito extraordinario se fundamenta en el artículo 44 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra, que establece la posibilidad de otorgar créditos extraordinarios en casos de emergencia o necesidad urgente. La Ley Foral entra en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra», según la disposición final. El Presidente del Gobierno de Navarra, Javier Otano Cid, promulga la Ley en nombre del Rey, ordenando su publicación y remisión al «Boletín Oficial del Estado». La Ley Foral se publicó en el «Boletín Oficial de Navarra» número 58, de 13 de mayo de 1996. Esta norma se enmarca en el marco de la regulación de la Hacienda Pública de Navarra, y su objetivo es garantizar la continuidad de los servicios públicos en un municipio deficitario. La concesión del crédito extraordinario se justifica por la necesidad de atender una situación de emergencia económica, lo que justifica la excepcionalidad del mecanismo utilizado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 5/1996 concede un crédito extraordinario al Ayuntamiento de Berriozar para cubrir su déficit económico-financiero. Se financiaron con recursos de partidas específicas de la Hacienda Pública de Navarra. La norma se publicó en el «Boletín Oficial de Navarra» y entró en vigor al día siguiente. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito extraordinario**: Se otorga un anticipo de 80.000.000 de pesetas al Ayuntamiento de Berriozar. ⚠️ **Necesidad urgente**: El municipio enfrentaba un grave déficit en 1994, lo que generaba dificultades en el ejercicio 1996. 📋 **Financiación**: El crédito se financia con recursos de dos partidas diferentes. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en el artículo 44 de la Ley Foral 8/1988 sobre Hacienda Pública de Navarra. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Boletín Oficial de Navarra, número 58, de 13 de mayo de 1996 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha**: 6 de mayo de 1996 - **Materias**: Hacienda Pública, Administración Local, Presupuestos, Ayuntamientos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: crédito extraordinario, Ayuntamiento de Berriozar, déficit económico-financiero, Hacienda Pública de Navarra, Ley Foral 8/1988 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Ley Foral de Navarra de 1996 surge como una medida específica para abordar un déficit financiero urgente en el Ayuntamiento de Berriozar, una situación que no se resolvía completamente con la normativa presupuestaria general de Navarra de años anteriores, como la Ley Foral 26/1994. A diferencia de otras Comunidades Autónomas o la normativa estatal que podrían tener mecanismos de financiación más generales para entes locales, Navarra opta por un crédito extraordinario específico, aprobado por el Parlamento de Navarra. Esta diferencia es crucial para el ciudadano de Berriozar, ya que garantiza la continuidad de los servicios públicos esenciales que, de otro modo, se verían gravemente comprometidos por la falta de fondos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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