Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 528/2023, de 20 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 36/2014, de 24 de enero, por el que se regulan los títulos profesionales del sector pesquero, con el fin de establecer condiciones específicas para los titulados que lleven a cabo determinadas modalidades de pesca.

BOE-A-2023-14683Publicada: 21/06/2023MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** El Real Decreto 528/2023, de 20 de junio, modifica la normativa que regula los títulos profesionales de los pescadores en España (Real Decreto 36/2014). Concretamente, añade una disposición especial para dos pesquerías concretas: la del bonito del norte en la costa norte peninsular y la pesca de atunes y especies similares en las islas Canarias. **¿A quién afecta?** Afecta a los pescadores con títulos menores de pesca, en particular a los denominados "patrón local de pesca" y "patrón de pesca local", que faenan de forma estacional en el Cantábrico y en aguas canarias persiguiendo bancos de atunes y especies afines. **¿Qué cambia o establece?** La norma amplía temporalmente las zonas donde estos patrones pueden operar y los buques que pueden mandar. En verano (junio a septiembre), los patrones locales del Cantábrico podrán alejarse hasta 45 millas de la costa y faenar en aguas de hasta 140 millas para seguir los bancos de bonito. En Canarias, esa misma ampliación se aplica durante la primavera (marzo a junio), teniendo en cuenta que los vientos alisios hacen más difícil navegar en verano. Además, se autoriza a estos patrones a trabajar durante todo el año en los espacios marítimos situados entre determinadas islas del archipiélago canario, cuyos límites quedan definidos con coordenadas geográficas concretas.

💬 Contexto ciudadano

La pesca artesanal de bonito del norte en el Cantábrico y de atunes en Canarias son actividades pesqueras de gran tradición cultural y económica. Este real decreto modifica las condiciones de navegación para los patrones locales de pesca, ampliando temporalmente sus límites de actuación: hasta 45 millas de la costa y 140 millas en verano en el Cantábrico, y con franjas similares en primavera en Canarias. Antes de esta reforma, los patrones con titulación menor no podían alejarse lo suficiente para seguir los bancos estacionales de túnidos, afectando a la rentabilidad de la pesca artesanal. Comparado con el marco de titulaciones pesqueras en Portugal, con mayor flexibilidad para la pequeña pesca artesanal, o Francia donde la pesquería del bonito está igualmente regulada, España adapta la normativa a las realidades biológicas de las pesquerías tradicionales. La norma defiende la viabilidad económica de la pesca artesanal costera frente a las limitaciones de las titulaciones menores.

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