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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1384/1996, de 7 de junio, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de protección de menores.

BOE-A-1996-14849Publicada: 28/06/1996MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1384/1996, de 7 de junio, sobre ampliación de medios adscritos a lo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1384/1996, de 7 de junio, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre la ampliación de medios personales adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a la Comunidad Autónoma de Cantabria, con efectividad a partir del 1 de julio de 1996. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 236/1985, de 6 de febrero, traspasó a Cantabria las funciones y servicios de protección de menores del Estado, junto con los medios personales, materiales y presupuestarios correspondientes. La Ley 21/1987, de 11 de noviembre, modificó el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, otorgando a las Comunidades Autónomas con competencia en protección de menores funciones en tutela, guarda, acogimiento y adopción. El Real Decreto 1152/1982, de 28 de mayo, estableció el procedimiento para los traspasos de funciones al Estado a las autonomías. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía de Cantabria, adoptó un acuerdo en mayo de 1996, que fue aprobado mediante este Real Decreto. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1384/1996, de 7 de junio, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre la ampliación de medios personales adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Este acuerdo, adoptado en la reunión de la Comisión el 23 de mayo de 1996, fue aprobado por el Gobierno mediante este Real Decreto, en cumplimiento de la disposición transitoria séptima del Estatuto de Autonomía para Cantabria. El Real Decreto 236/1985, de 6 de febrero, había traspasado a Cantabria las funciones y servicios de protección de menores del Estado, junto con los medios personales, materiales y presupuestarios correspondientes. La Ley 21/1987, de 11 de noviembre, modificó el Código Civil y la Ley de Enjuiciamiento Civil, otorgando a las Comunidades Autónomas con competencia en protección de menores funciones en tutela, guarda, acogimiento y adopción. El Real Decreto 1152/1982, de 28 de mayo, estableció el procedimiento para los traspasos de funciones del Estado a las autonomías. El acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, aprobado en mayo de 1996, establece la ampliación de medios personales adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a Cantabria. El acuerdo incluye la entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados en un plazo de un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto. La entrega de los medios personales se realizará mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos ante una comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. El traspaso de medios tiene efectividad a partir del 1 de julio de 1996. El acuerdo también incluye la relación número 1, que detalla el personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los servicios traspasados, y la relación número 2, que valora el coste efectivo de la ampliación de medios de protección de menores, calculada con los datos estimados del presupuesto del Estado para 1996. El Real Decreto 1384/1996, de 7 de junio, se fundamenta en la disposición transitoria séptima del Estatuto de Autonomía para Cantabria, que establece la Comisión Mixta de Transferencias para la gestión de los traspasos de funciones y servicios del Estado a la Comunidad Autónoma. El acuerdo de la Comisión Mixta se aprobó en su reunión del 23 de mayo de 1996, y fue aprobado por el Gobierno en su reunión del 7 de junio de 1996. El Real Decreto 1384/1996, de 7 de junio, establece que el traspaso de medios tendrá efectividad a partir del 1 de julio de 1996. La entrega de los medios personales se realizará mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos ante una comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. La entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados se realizará en un plazo de un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto. El Real Decreto 1384/1996, de 7 de junio, también incluye la relación número 1, que detalla el personal y puestos de trabajo vacantes adscritos a los servicios traspasados, y la relación número 2, que valora el coste efectivo de la ampliación de medios de protección de menores, calculada con los datos estimados del presupuesto del Estado para 1996. Este Real Decreto se fundamenta en el derecho de las Comunidades Autónomas a gestionar funciones y servicios traspasados, en virtud de los principios de descentralización y autonomía territorial. La norma establece un marco legal para la transferencia de funciones y medios, garantizando la continuidad y eficacia de los servicios de protección de menores en la Comunidad Autónoma de Cantabria. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1384/1996 aprueba la ampliación de medios personales adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a Cantabria, con efectividad a partir del 1 de julio de 1996. La norma se fundamenta en el Estatuto de Autonomía de Cantabria y en los traspasos previstos en el Real Decreto 236/1985. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de medios personales**: Se aprueba la ampliación de medios adscritos a los servicios de protección de menores traspasados a Cantabria. ⚠️ **Efectividad del traspaso**: El traspaso de medios tiene efectividad a partir del 1 de julio de 1996. 📋 **Procedimiento de entrega**: La entrega de la documentación y expedientes se realizará en un plazo de un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto. ℹ️ **Relaciones complementarias**: Se incluyen relaciones que detallan el personal y el coste efectivo de la ampliación de medios. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1384/1996 - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 7 de junio de 1996 - **Materias**: Protección de menores, traspaso de funciones, autonomía territorial - **Relevancia**: ALTA Palabras totales: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1996, la Comunidad Autónoma de Cantabria ya había recibido las funciones y servicios estatales en materia de protección de menores mediante el Real Decreto 236/1985. Esta norma actualiza y amplía los medios personales y presupuestarios adscritos a dichas competencias, en línea con la encomienda de funciones relativas a tutela, guarda, acogimiento y adopción de menores que la Ley 21/1987 otorgó a las Comunidades Autónomas. La aprobación de este Real Decreto por el Gobierno central, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, formaliza un acuerdo previo de la Comisión Mixta de Transferencias, un órgano específico para Cantabria. Esta diferencia es importante para el ciudadano porque asegura que la Comunidad Autónoma disponga de los recursos necesarios para ejercer eficazmente sus competencias en protección de menores, garantizando así la continuidad y calidad de los servicios públicos que le afectan directamente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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