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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 1379/1996, de 7 de junio, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Colegios Oficiales o Profesionales.

BOE-A-1996-18004Publicada: 05/08/1996MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 1379/1996, de 7 de junio, sobre traspaso ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige dos erratas en el texto del Real Decreto 1379/1996, de 7 de junio, que regula el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Colegios Oficiales o Profesionales. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1379/1996 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 156, de 28 de junio de 1996. Este instrumento legal establece el traspaso de competencias en materia de Colegios Oficiales o Profesionales a la Comunidad Autónoma de Cantabria. Posteriormente, se detectaron errores en su texto, que afectaban a la precisión de su contenido. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige dos erratas específicas en el texto del Real Decreto 1379/1996. La primera errata se encuentra en la página 20877, primera columna, artículo 4, novena línea, donde se menciona «... de las Oficinas Presupuestarias...». Esta frase debe corregirse para incluir «... de los Ministerios competentes...», lo que aporta claridad sobre la competencia de los ministerios en la gestión de dichas oficinas. La segunda errata se localiza en la página 20878, primera columna, apartado H), segundo párrafo, cuarta línea, donde se menciona «... ámbito autonómico de creación,...». Esta frase debe corregirse para incluir «... ámbito autonómico, o de creación,...», lo que permite una interpretación más precisa sobre la creación de los Colegios Oficiales o Profesionales en el ámbito autonómico. Estas correcciones son relevantes para garantizar la exactitud del texto legal y su correcta aplicación. No se modifican las disposiciones generales del Real Decreto, sino solo las frases erróneas que afectan a su redacción. La corrección de estas erratas no introduce cambios sustanciales en el alcance o en las funciones transferidas, sino que solo busca una mayor precisión en la redacción. El Real Decreto 1379/1996 establece el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Autónoma de Cantabria en materia de Colegios Oficiales o Profesionales. En concreto, se establece que las funciones relacionadas con la creación, organización y gestión de dichos Colegios se trasladarán a la comunidad autónoma. Además, se establece que las Oficinas Presupuestarias de los Ministerios competentes estarán sujetas a la regulación establecida en este Real Decreto. La corrección de estas erratas no altera el marco jurídico general, sino que solo busca una mayor claridad en la redacción de las frases afectadas. Por tanto, el contenido jurídico del Real Decreto 1379/1996 sigue siendo aplicable y vigente, aunque con una redacción más precisa. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige dos erratas en el texto del Real Decreto 1379/1996, sin alterar su contenido general. Las correcciones buscan una mayor precisión en la redacción de las frases afectadas. No se modifican las funciones transferidas ni el marco jurídico general. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de erratas**: Se corrigen dos errores en el texto del Real Decreto 1379/1996. ⚠️ **No alteración sustancial**: Las correcciones no modifican el contenido general del Real Decreto. 📋 **Precisión en la redacción**: Las frases afectadas se corriguen para garantizar una mayor claridad. ℹ️ **Vigencia del texto**: El Real Decreto sigue vigente, aunque con una redacción más precisa. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado (BOE) - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 7 de junio de 1996 - **Materias**: Colegios Oficiales o Profesionales, traspaso de funciones, Administración del Estado - **Relevancia**: ALTA Palabras: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto, en su origen, formalizó el traspaso de competencias estatales a Cantabria en materia de colegios profesionales, un proceso habitual en la descentralización autonómica española, similar a lo ocurrido en otras comunidades autónomas y en línea con el marco de las directivas europeas sobre reconocimiento de cualificaciones profesionales. La corrección de erratas subsana imprecisiones técnicas en el texto original, garantizando la correcta atribución de funciones y la claridad en la redacción de los actos de creación de estos colegios. Para el ciudadano, esta distinción es relevante porque asegura que la regulación y supervisión de su profesión se realice por la administración competente, facilitando la comprensión de los procedimientos y la identificación de las autoridades a las que dirigirse. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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