Ley foral 18/1996, de 7 de octubre, de concesión de un crédito extraordinario para el Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley foral 18/1996, de 7 de octubre, de concesión de un crédito extraordinario pa ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Ley Foral 18/1996 concede un crédito extraordinario de 46.750.000 pesetas al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación de Navarra para financiar ayudas adicionales a los productos de terneros. 2. **CONTEXTO** La Ley Foral fue aprobada por el Parlamento de Navarra el 7 de octubre de 1996. Se publicó en el «Boletín Oficial de Navarra» el 11 de octubre del mismo año. La norma surge de la necesidad de financiar ayudas a los terneros con derecho a prima en el año 1995, derivadas de un Reglamento (CE) de 1996 que establece pagos adicionales para 1996. La norma se basa en el artículo 44 de la Ley Foral 8/1988 sobre la Hacienda Pública de Navarra. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Ley Foral 18/1996, de 7 de octubre, concede un crédito extraordinario de 46.750.000 pesetas al Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación de Navarra. Este crédito se destina a financiar ayudas adicionales a los productos de terneros, según el Proyecto 20003, Partida 71520-4809-5313, Línea 27445-1, del Presupuesto de Gastos de 1996. El crédito extraordinario se aplicará al Proyecto 20003, Partida 71520-4809-5313, Línea 27445-1, denominada «Ayudas adicionales a los productos de terneros», por importe de 46.750.000 pesetas. La financiación del crédito extraordinario se realizará con cargo a los créditos disponibles en la Partida Presupuestaria 71510-4700-7161, Proyecto 30000, Línea 27710-8, denominada «Bonificación de intereses L.F.A.», por importe de 46.750.000 pesetas. La norma se basa en el artículo 44 de la Ley Foral 8/1988, de 26 de diciembre, de la Hacienda Pública de Navarra, que establece la concesión de créditos extraordinarios en determinadas circunstancias. La Ley Foral entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra». El Presidente del Gobierno de Navarra, Miguel Sanz Sesma, promulga la Ley Foral en nombre del Rey, ordena su publicación en el «Boletín Oficial de Navarra» y su remisión al «Boletín Oficial del Estado». La norma se publicó en el «Boletín Oficial de Navarra» número 124, de 11 de octubre de 1996. La Ley Foral se basa en la necesidad de financiar ayudas a los terneros con derecho a prima en el año 1995, derivadas de un Reglamento (CE) número 1357/96, de 8 de julio de 1996, que dispone pagos adicionales para 1996 a las primas contempladas en el Reglamento (CEE) número 805/68, por el que se establece la organización común de mercados en el sector de la carne de bovino, y por el que se modifica el citado Reglamento. La norma se fundamenta en el derecho foral de Navarra, que permite la concesión de créditos extraordinarios cuando se producen necesidades específicas en determinados departamentos. La Ley Foral establece un mecanismo de financiación mediante la utilización de créditos disponibles en otra partida presupuestaria, lo que permite la movilización de recursos sin necesidad de aumentar el presupuesto general. La norma no establece nuevas obligaciones, sino que se limita a la redistribución de recursos dentro del marco presupuestario existente. La Ley Foral no establece sanciones ni responsabilidades, sino que se limita a la concesión de un crédito extraordinario para atender necesidades específicas del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley Foral 18/1996 concede un crédito extraordinario para financiar ayudas a los productos de terneros. Se basa en el derecho foral de Navarra y en la necesidad de atender obligaciones derivadas de regulaciones europeas. La norma se publicó en el «Boletín Oficial de Navarra» y entró en vigor al día siguiente. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito extraordinario**: Se concede un crédito de 46.750.000 pesetas para financiar ayudas a los productos de terneros. ⚠️ **Destino específico**: El crédito se destina a un proyecto específico del Departamento de Agricultura, Ganadería y Alimentación. 📋 **Financiación mediante redistribución**: El crédito se financia utilizando recursos de otra partida presupuestaria. ℹ️ **Base legal**: Se basa en el artículo 44 de la Ley Foral 8/1988 sobre la Hacienda Pública de Navarra. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Foral (Navarra) - **Fuente**: Ley Foral 18/1996 - **Tipo**: Ley Foral - **Fecha**: 7 de octubre de 1996 - **Materias**: Agricultura, Ganadería, Alimentación, Hacienda Pública, Presupuesto - **Relevancia**: ALTA (por su importancia en la gestión de recursos económicos en el ámbito foral) ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. 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💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Ley Foral de 1996, la financiación de ayudas agrícolas se regía por la normativa presupuestaria ordinaria y las directivas europeas existentes, como el Reglamento (CEE) 805/68 sobre la organización común de mercados en el sector de la carne de vacuno. Esta ley navarra, aprobada por el Parlamento de Navarra, se diferencia de otras Comunidades Autónomas y de la normativa estatal en que establece un crédito extraordinario específico, financiado internamente con cargo a otra partida presupuestaria, en lugar de depender de asignaciones presupuestarias generales o de fondos estatales específicos. Para el ciudadano, esta diferencia es relevante porque permite una respuesta más ágil y directa a necesidades imprevistas o urgentes en el sector, como las ayudas adicionales a los terneros, asegurando que los fondos lleguen de manera más rápida para cumplir con compromisos europeos y apoyar a los ganaderos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────