Saltar al contenido principal
Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Resolución de 9 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, sobre aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la Ordenación de la actividad de la Administración del Estado, en materia de Tratados Internacionales.

BOE-A-1996-26731Publicada: 29/11/1996MINISTERIO DE ASUNTOS EXTERIORES

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Resolución de 9 de octubre de 1996, de la Secretaría ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El presente documento corrige erratas en la Resolución de 9 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, sobre la aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, en materia de Tratados Internacionales. 2. **CONTEXTO** La Resolución de 1996 fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 257, de 24 de octubre de 1996. Durante su revisión, se detectaron errores en la inserción de dicha Resolución. Estas erratas afectan a la correcta aplicación de normas internacionales relacionadas con el transporte de mercancías peligrosas. El documento corrige estas inexactitudes para garantizar la precisión legal. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El documento corrige erratas en la Resolución de 9 de octubre de 1996, de la Secretaría General Técnica, sobre la aplicación del artículo 32 del Decreto 801/1972, relativo a la ordenación de la actividad de la Administración del Estado en materia de Tratados Internacionales. La Resolución fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 257, de 24 de octubre de 1996. Se identificaron dos errores específicos en el texto de dicha Resolución: - En la página 31888, se menciona el Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR), hecho en Ginebra el 30 de septiembre de 1957, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» de 19 de septiembre de 1995. En el Acuerdo Multilateral derogando el marginal ADR sobre el transporte de acumuladores, usados, estén o no deteriorados, en el punto 2.a), línea 9, se indica que debe decir «Carga eléctrica residual» en lugar de «Carga residual». - En la misma página 31888, en el último párrafo del Acuerdo Multilateral derogando el marginal ADR sobre el transporte de acumuladores nuevos o usados que no estén deteriorados, se indica que la fecha mencionada debe ser «1 de enero de 1997» en lugar de «1 de enero de 1996». Estas correcciones son fundamentales para la correcta aplicación de los tratados internacionales en materia de transporte de mercancías peligrosas, especialmente en lo referente a la normativa sobre acumuladores. El artículo 32 del Decreto 801/1972 establece que la Administración del Estado debe aplicar los tratados internacionales en el ámbito de su competencia, lo que incluye la regulación del transporte de mercancías peligrosas. Por tanto, la precisión de las fechas y términos en dichos tratados es clave para la correcta interpretación y aplicación de la normativa. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El documento corrige errores en una Resolución de 1996 para garantizar la precisión en la aplicación de tratados internacionales. Las correcciones afectan a la normativa sobre transporte de mercancías peligrosas, especialmente en relación con acumuladores. La precisión de los términos y fechas es crucial para la correcta aplicación de la normativa. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de erratas**: Se corrigen errores en una Resolución de 1996 para garantizar la precisión en la aplicación de tratados internacionales. ⚠️ **Relevancia de la normativa**: La normativa sobre transporte de mercancías peligrosas es clave para la aplicación de los tratados internacionales. 📋 **Aplicación del artículo 32**: El artículo 32 del Decreto 801/1972 establece la aplicación de tratados internacionales por parte de la Administración del Estado. ℹ️ **Fecha y términos precisos**: La corrección de fechas y términos es fundamental para la correcta interpretación de la normativa. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Corrección de erratas - **Fecha**: 24 de octubre de 1996 - **Materias**: Tratados internacionales, transporte de mercancías peligrosas, administración del Estado - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Resolución de 1996, Decreto 801/1972, artículo 32, transporte de mercancías peligrosas, acumuladores, erratas, Boletín Oficial del Estado ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta corrección de erratas de 1996 se refiere a la aplicación de una norma estatal de 1972 sobre tratados internacionales, específicamente al Acuerdo Europeo sobre Transporte Internacional de Mercancías Peligrosas por Carretera (ADR). Antes de esta corrección, la normativa estatal sobre la gestión de tratados internacionales, regulada por el Decreto 801/1972, ya existía y era de aplicación nacional, sin que las Comunidades Autónomas tuvieran competencias específicas en esta materia de ordenación de la actividad estatal en tratados. La corrección, aprobada por la Secretaría General Técnica del Ministerio de Asuntos Exteriores, aclara la redacción de un acuerdo multilateral relativo al transporte de acumuladores y ajusta una fecha de entrada en vigor. Para el ciudadano, estas precisiones son importantes porque garantizan la correcta interpretación y aplicación de normativas que afectan directamente a la seguridad en el transporte de mercancías peligrosas, evitando confusiones y asegurando el cumplimiento de los plazos establecidos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →