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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2655/1996, de 27 de diciembre, por el que se crea el Mando de la Fuerza de Maniobra del Ejército de Tierra.

BOE-A-1996-29018Publicada: 28/12/1996MINISTERIO DE DEFENSA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2655/1996, de 27 de diciembre, por el que se crea el Mando de la Fu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2655/1996 crea el Mando de la Fuerza de Maniobra del Ejército de Tierra, estableciendo su estructura, funciones y competencias, con el objetivo de garantizar la operatividad y coordinación de las unidades que lo componen. **2. CONTEXTO** La Ley Orgánica 6/1980 y la Ley Orgánica 1/1984 establecen que las Fuerzas Armadas deben ser funcionales, operativas y coordinadas, respetando las peculiaridades de cada ejército. El Real Decreto 1207/1989 detalla que la estructura de los ejércitos debe basarse en sus formas de acción y medios de actuación. La evolución internacional y presupuestaria llevó a la creación de una Fuerza Permanente y una Reserva Movilizable en el Ejército de Tierra, con la Fuerza de Maniobra como elemento fundamental. Para darle un órgano de mando, se aprobó este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2655/1996, de 27 de diciembre de 1996, crea el Mando de la Fuerza de Maniobra del Ejército de Tierra, con funciones y competencias definidas. Este Real Decreto se basa en la necesidad de estructurar la Fuerza Terrestre con una organización eficaz, operativa y coordinada, en línea con los principios establecidos en la Ley Orgánica 6/1980 y la Ley Orgánica 1/1984. Además, se incorpora a la estructura orgánica del Ministerio de Defensa, según el artículo 7 del Real Decreto 1883/1996, de 2 de agosto, que establece las funciones genéricas del Mando de la Fuerza de Maniobra. El artículo 1 del Real Decreto 2655/1996 establece que el Mando de la Fuerza de Maniobra ejercerá el mando de todas las unidades que formen parte de dicha Fuerza, en los términos que se determinen. Además, participará en el planeamiento de operaciones de proyección de fuerzas del Ejército de Tierra y en las operaciones en las que intervengan unidades de la Fuerza de Maniobra, así como realizará el posterior seguimiento y apoyo. También ejercerá el mando operativo de las organizaciones operativas que, en su caso, se determinen. En el artículo 2 se establecen las responsabilidades y competencias del Jefe de la Fuerza de Maniobra, que se fijarán por las disposiciones de desarrollo del presente Real Decreto. La disposición adicional primera establece que el Jefe de la Fuerza de Maniobra estará asimilado a los Generales Jefes de Región Militar en cuanto a precedencias en actos oficiales. La disposición adicional segunda incluye al General Jefe de la Fuerza de Maniobra entre las autoridades citadas en el artículo 43 del Reglamento de Honores Militares. La disposición transitoria única establece que, mientras subsista la actual organización territorial del Ejército de Tierra, el General Jefe de la Región Militar Levante ejercerá el cargo de Jefe de la Fuerza de Maniobra. La disposición derogatoria única deroga las disposiciones de igual o inferior rango que se opongan al presente Real Decreto. Finalmente, la disposición final primera establece que el Ministro de Defensa dictará las disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto, y la disposición final segunda indica que el Real Decreto entrará en vigor el 1 de enero de 1997. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2655/1996 crea el Mando de la Fuerza de Maniobra del Ejército de Tierra, estableciendo su estructura, funciones y competencias. Este Real Decreto se fundamenta en la necesidad de una organización eficaz y operativa, en línea con las leyes orgánicas vigentes. Además, establece procedimientos transitorios y derogatorios para su aplicación. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Mando de la Fuerza de Maniobra**: Se establece como órgano de mando para garantizar la operatividad y coordinación de las unidades. ⚠️ **Derogación de disposiciones anteriores**: Se derogan normas que se opongan al nuevo régimen. 📋 **Funciones del Jefe de la Fuerza de Maniobra**: Incluye mando operativo, planeamiento y seguimiento de operaciones. ℹ️ **Precedencias y reconocimiento**: El Jefe de la Fuerza de Maniobra se asimila a los Generales Jefes de Región Militar. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Militar - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de desarrollo - **Fecha**: 27 de diciembre de 1996 - **Materias**: Organización militar, Fuerzas Armadas, Ejército de Tierra - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Fuerza de Maniobra, Ejército de Tierra, Mando, Organización militar, Defensa nacional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1996, la organización del Ejército de Tierra se basaba en criterios de funcionalidad y operatividad, definidos por leyes orgánicas de 1980 y 1984, y desarrollada por el Real Decreto 1207/1989, que establecía la estructura básica de los ejércitos. La normativa estatal previa ya contemplaba la necesidad de coordinar y unificar estructuras militares, aunque la articulación específica de la "Fuerza de Maniobra" como tal, con un mando único y una mayor disponibilidad, surge como una respuesta a la evolución de la situación internacional y la estrategia de defensa, concretándose en un Acuerdo del Consejo de Ministros de 1994. Esta creación de un mando específico para la Fuerza de Maniobra, aprobado por el Consejo de Ministros, otorga al ciudadano una mayor claridad sobre la estructura de mando y la capacidad de respuesta rápida del Ejército de Tierra en misiones nacionales e internacionales, lo que podría traducirse en una mayor eficacia y previsibilidad en la actuación militar. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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