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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 2507/1996, de 5 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de casinos, juegos y apuestas.

BOE-A-1997-722Publicada: 15/01/1997MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 2507/1996, de 5 de diciembre, sobre traspaso de funciones y servici ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 2507/1996, de 5 de diciembre, aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre el traspaso de funciones y servicios relacionados con casinos, juegos y apuestas de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta. **2. CONTEXTO** El Estatuto de Autonomía de Ceuta, aprobado por Ley Orgánica 1/1995, otorga a la ciudad competencias en materia de casinos, juegos y apuestas, excluyendo las apuestas mutuas deportivo-beneficiosas. El Real Decreto 1411/1995 establece el procedimiento para el traspaso de funciones a Ceuta. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto, adoptó un acuerdo en 1996, que fue aprobado mediante este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 2507/1996, de 5 de diciembre, regula el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta en materia de casinos, juegos y apuestas. Este traspaso se realiza en cumplimiento de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Ceuta, aprobado por Ley Orgánica 1/1995, de 13 de marzo, que establece que la Ciudad de Ceuta ejerce competencias en dichas materias con exclusión de las apuestas mutuas deportivo-beneficiosas. El Real Decreto 1411/1995, de 4 de agosto, establece el procedimiento para el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta. De conformidad con este real decreto, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía de Ceuta, adoptó un acuerdo en su reunión del 28 de octubre de 1996, que fue aprobado mediante el presente Real Decreto. El Real Decreto 2507/1996 aprueba el acuerdo de la Comisión Mixta, que detalla las funciones y servicios que deben ser objeto de traspaso a la Ciudad de Ceuta en materia de casinos, juegos y apuestas. El acuerdo se transcribe como anexo al presente Real Decreto. En el artículo 2, se establece que quedan traspasados a la Ciudad de Ceuta las funciones y servicios, así como los bienes, derechos y obligaciones, personal y créditos presupuestarios que se relacionan en el referido acuerdo. En el artículo 3, se detalla que el traspaso de funciones y servicios tendrá efectividad a partir del día 1 de enero de 1997. Además, se establece que el ejercicio económico se realizará mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos ante una comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. En el artículo 4, se detalla la entrega de la documentación y expedientes de los servicios traspasados, que se realizará en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto que aprueba el acuerdo. Esta entrega se realiza de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 1411/1995. Además, se incluyen relaciones de inmuebles y valoración del coste de los servicios traspasados. La relación número 1 detalla que se reconoce como deuda 24,07 millones a favor de la Ciudad de Ceuta, afectos a las competencias en materia de juego y espectáculos públicos. La relación número 2 detalla el coste efectivo de los servicios traspasados, que asciende a 10.225.765 pesetas, distribuido en gastos de personal y gastos en bienes corrientes y servicios. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 2507/1996 establece el traspaso de funciones y servicios relacionados con casinos, juegos y apuestas de la Administración del Estado a la Ciudad de Ceuta. Este traspaso se realiza en cumplimiento del Estatuto de Autonomía de Ceuta y del Real Decreto 1411/1995. El acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias fue aprobado y se convierte en norma mediante este real decreto. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de funciones y servicios**: Se traspasan las funciones y servicios relacionados con casinos, juegos y apuestas a la Ciudad de Ceuta. ⚠️ **Exclusión de apuestas mutuas**: Las apuestas mutuas deportivo-beneficiosas no están incluidas en el traspaso. 📋 **Procedimiento legal**: El traspaso se realiza conforme a lo establecido en el Real Decreto 1411/1995 y en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Ceuta. ℹ️ **Efectividad del traspaso**: El traspaso tendrá efectividad a partir del 1 de enero de 1997. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso - **Fecha**: 5 de diciembre de 1996 - **Materias**: Autonomía, traspaso de funciones, casinos, juegos, apuestas - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 2507/1996, traspaso de funciones, Ceuta, casinos, juegos, apuestas, Estatuto de Autonomía, Comisión Mixta, Real Decreto 1411/1995. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, las competencias en materia de casinos, juegos y apuestas en Ceuta, como en el resto del territorio nacional, recaían en la Administración General del Estado. Si bien el Estatuto de Autonomía de Ceuta, aprobado en 1995, ya preveía el ejercicio de estas competencias por parte de la Ciudad, este Real Decreto de 1996 formaliza el traspaso efectivo de funciones y servicios, algo que no se ha producido de forma idéntica en todas las Comunidades Autónomas, manteniendo el Estado la titularidad en muchas de ellas. Para el ciudadano ceutí, esta diferencia es relevante porque implica que la regulación y supervisión de estos sectores, con la exclusión de las Apuestas Mutuas Deportivo-Benéficas, pasa a ser gestionada por su propio gobierno autonómico, lo que podría traducirse en normativas más adaptadas a su realidad territorial y una mayor agilidad en la tramitación de expedientes. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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