Ley OrdinariaNacionalvigente

Ley 6/2023, de 8 de junio, que regula la comunicación de información por los comercializadores de referencia a la Administración General de la Comunidad Autónoma de Euskadi para la gestión y pago del bono social térmico en el ámbito de la Comunidad Autónoma de Euskadi.

BOE-A-2023-15348Publicada: 03/07/2023COMUNIDAD AUTÓNOMA DEL PAÍS VASCO

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** La Ley 6/2023, de 8 de junio, del País Vasco, regula la obligación de las empresas comercializadoras de referencia de energía de enviar datos personales de sus clientes al Gobierno Vasco para que este pueda gestionar y pagar el bono social térmico. Esta ley fue necesaria porque el Tribunal Constitucional anuló en 2020 el artículo del decreto estatal que permitía esa transmisión de datos, dejando sin base legal el proceso en las comunidades autónomas. **¿A quién afecta?** Afecta directamente a las empresas comercializadoras de referencia de energía que operan en Euskadi, que quedan obligadas a remitir la información. De forma indirecta, afecta a los ciudadanos y ciudadanas de Euskadi que sean beneficiarios del bono social eléctrico, ya que sus datos personales serán transferidos al departamento autonómico de servicios sociales con el único fin de calcular y abonar la ayuda del bono social térmico. **¿Qué cambia o establece?** Establece que cada año, antes del 30 de enero, las comercializadoras deben enviar al Gobierno Vasco una lista en formato digital con los clientes vascos que fueran beneficiarios del bono social eléctrico a 31 de diciembre del año anterior. Esa lista debe incluir nombre, apellidos, DNI, domicilio completo, grado de vulnerabilidad, cuenta bancaria, teléfono y correo electrónico. Como excepción, los datos correspondientes a 31 de diciembre de 2021 debían enviarse en un plazo de 15 días desde la entrada en vigor de la ley.

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta ley, la transferencia de datos personales de beneficiarios del bono social eléctrico al Gobierno Vasco se amparaba en un decreto estatal, hasta que el Tribunal Constitucional lo anuló en 2020, generando un vacío legal que impedía a las comunidades autónomas acceder a los datos necesarios para gestionar el bono social térmico. Esta situación obligó a las CCAA a legislar por sí solas; Euskadi lo hace con esta ley, mientras que otras comunidades han recurrido a soluciones similares o han quedado limitadas en sus prestaciones. La importancia radica en que regulariza legalmente una transferencia de datos que es vital para que ciudadanos vulnerables accedan a ayudas energéticas esenciales, balanceando protección de datos personales con derechos sociales fundamentales, una tensión que la normativa estatal aún no resuelve homogéneamente.

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¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

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