Real Decreto 79/1997, de 24 de enero, por el que se modifica la composición y estructura del Grupo Interministerial para la ejecución del Plan Nacional Sobre Drogas.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 79/1997, de 24 de enero, por el que se modifica la composición y es ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 79/1997 modifica la composición y estructura del Grupo Interministerial para la ejecución del Plan Nacional sobre Drogas, adaptándolo a la nueva estructura ministerial y mejorando su operatividad. **2. CONTEXTO** El Congreso de los Diputados encomendó al Gobierno la elaboración de un Plan Nacional de prevención contra la droga, incluyendo la reinserción social de los drogadictos. Para ello, se creó un Grupo Interministerial coordinado por el Ministerio de Sanidad y Consumo. Posteriormente, se aprobó el Plan Nacional sobre Drogas mediante el Real Decreto 1677/1985, que estableció una estructura de coordinación interministerial. Con el tiempo, se realizaron modificaciones en la composición del Grupo, incluyendo la incorporación de nuevos ministerios. La necesidad de adaptar la estructura a la nueva organización ministerial y mejorar su eficacia llevó a la aprobación del Real Decreto 79/1997. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 79/1997, de 24 de enero de 1997, modifica la composición y estructura del Grupo Interministerial para la ejecución del Plan Nacional sobre Drogas, con el objetivo de adaptarla a la nueva organización ministerial y mejorar su operatividad. El Real Decreto establece que el Grupo Interministerial está integrado por los Ministros de los Departamentos con implicación directa en el tema, y se le atribuyen funciones específicas según el régimen jurídico de las Administraciones Públicas (Real Decreto 1992/1992, de 26 de noviembre). En el artículo 3, se establece que en los Ministerios del Interior, de Justicia, de Educación y Cultura, de Sanidad y Consumo, de Trabajo y Asuntos Sociales, de Economía y Hacienda, de la Presidencia y de Defensa, se nombrará un coordinador interno, con rango de Subdirector general, para efectos del Plan Nacional sobre Drogas. Además, se nombrará un coordinador en el Gabinete de la Presidencia del Gobierno. El Real Decreto incluye una disposición derogatoria única que deroga el Real Decreto 1677/1985, de 11 de septiembre, y el Real Decreto 541/1994, de 25 de marzo, que modificaba el anterior. También establece una disposición final primera que habilita al Ministro del Interior para dictar disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto. En la disposición final segunda, se menciona que el Ministerio de Economía y Hacienda efectuará las modificaciones presupuestarias necesarias. Finalmente, la disposición final tercera establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. El Real Decreto 79/1997 se fundamenta en el Real Decreto 1992/1992, de 26 de noviembre, que establece el régimen jurídico de las Administraciones Públicas y el procedimiento administrativo común. Según dicho Real Decreto, al Delegado del Gobierno para el Plan Nacional sobre Drogas le corresponden las funciones a las que se alude en el artículo 6.1 y 6.2 del Real Decreto 1885/1996, de 2 de agosto, de estructura orgánica básica del Ministerio del Interior, así como las demás que le atribuyan la legislación vigente. Este Real Decreto busca mejorar la coordinación interministerial en materia de drogas, adaptando la estructura del Grupo Interministerial a la nueva organización ministerial y facilitando una mejor ejecución del Plan Nacional sobre Drogas. La derogación de los anteriores Real Decreto 1677/1985 y 541/1994 permite una actualización de la normativa vigente, asegurando que el Grupo Interministerial se ajuste a las nuevas realidades institucionales y operativas. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 79/1997 modifica la estructura del Grupo Interministerial para la ejecución del Plan Nacional sobre Drogas, adaptándola a la nueva organización ministerial. Establece la figura de los coordinadores departamentales y deroga normas anteriores. Es una norma de relevancia alta por su impacto en la coordinación interministerial en materia de drogas. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de la estructura del Grupo Interministerial**: Se adapta a la nueva organización ministerial y mejora su operatividad. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: El Real Decreto 1677/1985 y 541/1994 son derogados para actualizar la normativa vigente. 📋 **Creación de coordinadores departamentales**: Se establece la figura de coordinadores en los ministerios relevantes para la ejecución del Plan Nacional sobre Drogas. ℹ️ **Habilitación normativa**: El Ministro del Interior está habilitado para dictar disposiciones necesarias para el desarrollo del Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de organización - **Fecha**: 24 de enero de 1997 - **Materias**: Plan Nacional sobre Drogas, coordinación interministerial, estructura orgánica - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 1997, la coordinación para la ejecución del Plan Nacional sobre Drogas se articulaba a través de un Grupo Interministerial cuya composición y estructura habían sido modificadas progresivamente desde su creación en 1985, ampliándose para incluir a diversos ministerios. Esta normativa estatal, de ámbito nacional, se enmarca en un esfuerzo continuo por adaptar la estructura gubernamental a las necesidades de lucha contra la droga, un objetivo que también ha sido abordado por las Comunidades Autónomas con sus propias normativas y por directivas de la Unión Europea que promueven la cooperación en políticas de salud pública y seguridad. La aprobación de este Real Decreto recae en el Gobierno, y su importancia para el ciudadano radica en la optimización de los recursos y la eficacia de las políticas de prevención y reinserción social en materia de drogas, buscando una actuación más ágil y coordinada de las administraciones públicas implicadas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────