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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 20 de febrero de 1997 por la que se constituye la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento.

BOE-A-1997-4581Publicada: 04/03/1997MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 20 de febrero de 1997 por la que se constituye la Comisión de Informáti ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La Orden de 20 de febrero de 1997 crea la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento, adaptando su estructura a la reestructuración ministerial y regulando su funcionamiento y competencias. 2. **CONTEXTO** La Orden de 7 de junio de 1995 estableció la Comisión de Informática del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, bajo el Real Decreto 2291/1983. Con la reestructuración ministerial mediante el Real Decreto 758/1996, se creó el Ministerio de Fomento. La necesidad de adaptar la Comisión de Informática a esta nueva estructura llevó a la aprobación de esta Orden. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 20 de febrero de 1997 constituye la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento como órgano colegiado adscrito a la Subsecretaría del Departamento, con fines de coordinación, mantenimiento de inventarios informáticos y promoción de medidas para la eficacia en el tratamiento de la información. La Comisión podrá actuar en Pleno o mediante su Comité Ejecutivo, y podrá crear ponencias técnicas y grupos de trabajo para estudios específicos. Los coordinadores de informática de los centros directivos y organismos pueden ser convocados a reuniones, pero carecen de voto. La Comisión podrá solicitar datos e informes a los órganos y entes autónomos del Departamento. Su funcionamiento se regirá por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Subsecretario de Fomento dictará instrucciones de ejecución. La Orden derogó la Orden de 7 de junio de 1995, que regulaba la Comisión de Informática del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente. La Orden entró en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». La Comisión de Informática tiene como objetivos principales la coordinación de los trabajos de los órganos administrativos y organismos autónomos del Departamento, así como el mantenimiento del inventario de recursos informáticos, identificando los recursos asociados a cada puesto de trabajo. Además, debe elaborar y promover medidas para la eficacia y rentabilidad de los sistemas de tratamiento de la información. La Comisión podrá actuar en Pleno o mediante su Comité Ejecutivo, y podrá crear ponencias técnicas y grupos de trabajo para estudios específicos. Los coordinadores de informática de los centros directivos y organismos pueden ser convocados a reuniones, pero carecen de voto. La Comisión podrá solicitar datos e informes a los órganos y entes autónomos del Departamento. Su funcionamiento se regirá por la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común. El Subsecretario de Fomento dictará instrucciones de ejecución. La Orden derogó la Orden de 7 de junio de 1995, que regulaba la Comisión de Informática del Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente. La Orden entró en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1997 crea y regula la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento, adaptando su estructura a la nueva organización ministerial. La Comisión tiene funciones de coordinación, mantenimiento de inventarios y promoción de medidas para la eficacia en la gestión de la información. Su funcionamiento se rige por la Ley 30/1992. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento** ⚠️ **Derogación de la Orden de 1995** 📋 **Funcionamiento mediante Pleno o Comité Ejecutivo** ℹ️ **Regulación por la Ley 30/1992** 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Orden Ministerial - **Tipo**: Orden de Ministerio - **Fecha**: 20 de febrero de 1997 - **Materias**: Administración pública, informática, organización ministerial - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Comisión de Informática, Ministerio de Fomento, Real Decreto 2291/1983, Ley 30/1992, gestión de información ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1997, la Comisión de Informática del Ministerio de Fomento existía bajo la denominación del anterior Ministerio de Obras Públicas, Transportes y Medio Ambiente, regulada por una Orden de 1995 y enmarcada en el Real Decreto 2291/1983 que creaba el Consejo Superior de Informática. Esta normativa estatal, que sentaba las bases para la organización de la informática en la administración pública, no se diferencia sustancialmente de otras Comunidades Autónomas que también han desarrollado sus propias estructuras de gestión informática, ni de las directivas europeas que impulsan la modernización tecnológica. La aprobación de esta Orden recae en el Ministro de Fomento, con el visto bueno del Ministro de Administraciones Públicas, y su importancia para el ciudadano radica en asegurar una gestión eficiente y coordinada de los sistemas de información y tecnologías del Ministerio, lo que indirectamente impacta en la calidad y agilidad de los servicios públicos que este departamento presta. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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