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Ley 6/1996, de 17 de diciembre, de suplemento de crédito.

BOE-A-1997-4273Publicada: 28/02/1997COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Ley 6/1996, de 17 de diciembre, de suplemento de crédito. ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Ley 6/1996, de 17 de diciembre, de suplemento de crédito, concede un suplemento de crédito de 900.000.000 de pesetas para financiar actuaciones relacionadas con la continuidad de la actividad empresarial y la formación de activos y desempleados en Cantabria. **2. CONTEXTO** La Ley fue aprobada en el marco del Acuerdo de concertación social para 1996 suscrito entre el Gobierno de Cantabria y agentes económicos y sociales. Este acuerdo contemplaba medidas para apoyar empresas en dificultades y garantizar la formación de recursos humanos. La vigente Ley de Presupuestos mostraba una insuficiencia en estas líneas de apoyo, lo que justificó la necesidad de un suplemento de crédito. La Ley entró en vigor el día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Ley 6/1996, de 17 de diciembre, de suplemento de crédito, establece un mecanismo financiero para apoyar a empresas en dificultades y promover la formación de recursos humanos en Cantabria. El texto legal se estructura en varios artículos que detallan la concesión del crédito, su distribución presupuestaria y su financiación. En el **Artículo 1**, se establece que se concede un suplemento de crédito por un importe de 900.000.000 de pesetas, destinado a financiar dos actuaciones específicas: - **03.4.7241.742/1**: «Sodercan, Sociedad Anónima». - **03.4.7242.472/1**: Formación y Reciclaje de Activos y Desempleados. En el **Artículo 2**, se detallan las aplicaciones presupuestarias correspondientes a cada actuación: - **03.4.7241.742/1**: 750.000.000 de pesetas. - **03.4.7242.472/1**: 150.000.000 de pesetas. El **Artículo 3** establece que la financiación del suplemento de crédito se efectuará con cargo al remanente de tesorería, por su importe total. Se especifica que la aplicación del remanente de tesorería será: **870: 900.000.000 de pesetas**. La **Disposición final única** establece que la presente Ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial de Cantabria». La norma se publicó en el «Boletín Oficial de Cantabria» número 258, de 25 de diciembre de 1996, y fue firmada por el Presidente de la Diputación Regional de Cantabria, José Joaquín Martínez Sieso. Esta Ley se fundamenta en el **Artículo 15.2 del Estatuto de Autonomía para Cantabria**, que otorga al Parlamento regional la competencia para legislar en materia de presupuesto y financiación. La norma se enmarca en el marco de la **Ley de Presupuestos** vigente, que no proporcionaba suficiente apoyo a las medidas previstas en el Acuerdo de concertación social. La Ley refleja la necesidad de una intervención inmediata para garantizar la continuidad de la actividad empresarial y la formación de los recursos humanos, aspectos clave para el desarrollo económico de la región. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Ley 6/1996, de 17 de diciembre, de suplemento de crédito, concede un crédito de 900.000.000 de pesetas para apoyar empresas en dificultad y promover la formación de recursos humanos. La norma se publicó en el Boletín Oficial de Cantabria y entró en vigor el mismo día. Su objetivo es garantizar la continuidad de la actividad empresarial y la formación de activos y desempleados. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Concesión de crédito**: Se otorga un suplemento de crédito de 900.000.000 de pesetas para financiar actuaciones específicas. ⚠️ **Insuficiencia presupuestaria**: La vigente Ley de Presupuestos no cubría las necesidades previstas en el Acuerdo de concertación social. 📋 **Destinación del crédito**: Se destina a dos actuaciones: apoyo a empresas y formación de recursos humanos. ℹ️ **Vigencia**: La Ley entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Autonómica (Cantabria) - **Fuente**: Boletín Oficial de Cantabria, número 258, de 25 de diciembre de 1996 - **Tipo**: Ley Ordinaria - **Fecha de entrada en vigor**: 17 de diciembre de 1996 - **Materias**: Presupuesto, financiación, apoyo a empresas, formación de recursos humanos - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: suplemento de crédito, apoyo a empresas, formación, recursos humanos, Cantabria ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Ley 6/1996, las medidas de apoyo a empresas en dificultades y la formación de recursos humanos en Cantabria se contemplaban en la Ley de Presupuestos vigente, pero resultaron insuficientes. Esta norma, aprobada por la Asamblea Regional de Cantabria, concede un suplemento de crédito de 900 millones de pesetas para financiar estas actuaciones específicas, proveniente del remanente de tesorería. A diferencia de otras comunidades autónomas que podrían tener mecanismos presupuestarios más flexibles o específicos para este tipo de contingencias, o de la normativa estatal que establece marcos generales, esta ley cántabra responde a un acuerdo de concertación social local y a una necesidad detectada en el territorio. La diferencia es crucial para el ciudadano cántabro, ya que garantiza la disponibilidad de fondos para mantener la actividad empresarial y asegurar la formación de trabajadores, aspectos directamente ligados a la estabilidad económica y el empleo en la región. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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