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Real Decreto 163/1997, de 7 de febrero, por el que se fija la cuantía de los módulos base que deberán aplicarse para el cálculo de la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas en el año 1997.

BOE-A-1997-3980Publicada: 25/02/1997MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 163/1997, de 7 de febrero, por el que se fija la cuantía de los mód ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 163/1997 fija la cuantía de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas en el año 1997, manteniendo la misma cantidad que en 1996 debido a la situación presupuestaria del año. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se enmarca en el marco de regulación de la indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas, establecida en el Real Decreto 466/1990. Anteriores normas, como los Reales Decretos de 1993, 1994, 1995 y 1996, fijaron las cuantías de los módulos base para años anteriores. En 1997, la situación presupuestaria no permitió revalorizar los importes, por lo que se mantuvo la cuantía de 1996. El Real Decreto también se ajusta a la normativa europea, especialmente al Reglamento (CE) 2328/91, y se dicta en virtud de la competencia estatal en materia de planificación económica. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 163/1997, de 7 de febrero de 1997, establece que la cuantía de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas en el año 1997 será la misma que la fijada en el Real Decreto 659/1996, de 19 de abril, que correspondió al año 1996. Esta decisión se basa en la situación presupuestaria del año 1997, que no permitió continuar con la revalorización anual de los importes. De conformidad con el artículo 29 del Reglamento (CE) 2328/91, el Real Decreto fue comunicado a la Comisión Europea, lo que garantiza la coherencia con la normativa comunitaria. El Real Decreto se dicta en virtud de la competencia estatal en materia de bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica, prevista en el artículo 149.1.13.ª de la Constitución. En su virtud, a propuesta de la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 7 de febrero de 1997, se dispone lo siguiente: **Artículo único. Fijación de la cuantía de los módulos base.** La cuantía de los módulos base que deben aplicarse en el año 1997 para el cálculo de la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas, regulada en el Real Decreto 466/1990, será la establecida en el artículo único del Real Decreto 659/1996, de 19 de abril, por el que se fija la cuantía de los módulos base que deberán aplicarse para el cálculo de la indemnización compensatoria básica en determinadas zonas desfavorecidas en el año 1996 y afectará a las mismas zonas desfavorecidas que se incluyen en dicho Real Decreto. **Disposición final única. Entrada en vigor.** El presente Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Este Real Decreto se publicó en el Boletín Oficial del Estado el 10 de febrero de 1997, y fue firmado por el Rey Juan Carlos I y por la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, Loyola de Palacio del Valle-Lersundi. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 163/1997 fija la cuantía de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria básica en 1997, manteniendo la misma que en 1996. Se dictó en virtud de la competencia estatal en materia de planificación económica y se ajusta a la normativa europea. El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Fijación de módulos base**: Se mantiene la cuantía de 1996 debido a la situación presupuestaria. ⚠️ **No revalorización**: No se realiza revalorización anual en 1997. 📋 **Normativa europea**: Se cumple el trámite de comunicación a la Comisión Europea. ℹ️ **Vigencia**: El Real Decreto entra en vigor al día siguiente de su publicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Estatal - **Fuente**: Real Decreto 163/1997 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 7 de febrero de 1997 - **Materias**: Indemnización compensatoria, zonas desfavorecidas, planificación económica - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: indemnización compensatoria, módulos base, zonas desfavorecidas, Real Decreto, 1997 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1997, el Gobierno español venía aprobando anualmente, desde 1990, la cuantía de los módulos base para el cálculo de la indemnización compensatoria en zonas desfavorecidas, siguiendo la pauta marcada por el Real Decreto 466/1990 y refrendada por normativas posteriores como las de 1993, 1994, 1995 y 1996. Esta práctica se alinea con la competencia estatal en bases y coordinación de la planificación económica, y se ha comunicado a la Comisión Europea conforme al Reglamento UE 2328/91. A diferencia de años anteriores, la situación presupuestaria de 1997 impidió una revalorización, fijando los módulos en la misma cuantía que el año previo, lo que significa que los agricultores de estas zonas desfavorecidas no vieron incrementada su ayuda compensatoria, afectando directamente a su renta y competitividad en comparación con posibles mejoras en otras CCAA o directivas europeas que sí contemplaran actualizaciones. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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