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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 138/1997, de 31 de enero, por el que se modifica parte de los anexos del Real Decreto 1488/1994, de 1 de julio, por el que se establecen medidas mínimas de lucha contra determinadas enfermedades de los peces.

BOE-A-1997-3979Publicada: 25/02/1997MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 138/1997, de 31 de enero, por el que se modifica parte de los anexo ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 138/1997 modifica el anexo F del Real Decreto 1488/1994, que establece medidas mínimas de lucha contra enfermedades de los peces, incorporando actualizaciones en los planes de muestreo y métodos de diagnóstico derivados de la Decisión 96/240/CE. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1488/1994 transpone la Directiva 93/53/CEE y incorpora la Decisión 92/532/CEE sobre planes de muestreo y diagnóstico. Posteriormente, la Decisión 96/240/CE modificó dicha Decisión, incorporando avances científicos y prácticos. El Real Decreto 138/1997 actualiza el anexo F del Real Decreto 1488/1994 para reflejar estas modificaciones, con el objetivo de mejorar la detección y confirmación de enfermedades en peces. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 138/1997 modifica el anexo F del Real Decreto 1488/1994, que establece las medidas mínimas de lucha contra enfermedades de los peces. Esta modificación se basa en la Decisión 96/240/CE de la Comisión, que actualiza la Decisión 92/532/CEE, incorporando nuevos avances en los planes de muestreo y métodos de diagnóstico. La actualización afecta al tamaño de las muestras, al tipo de muestras a tomar, al transporte y al método de aislamiento de virus. El anexo F del Real Decreto 1488/1994 se modifica para incluir las nuevas normas derivadas de la Decisión 96/240/CE. Estas normas incluyen, entre otros, la realización de subcultivos si no se observan efectos citopatogénicos (ECP) después de siete días, la aplicación de técnicas como IFAT o ELISA al sobrenadante, y la necesidad de completar estas técnicas con un examen virológico según los apartados A o B. Además, se permiten otras técnicas de diagnóstico, como la inmunohistoquímica o la inmunofluorescencia, siempre que se completen con la inoculación en cultivos celulares de tejidos no fijados. Estas técnicas se aplican a tejidos obtenidos de peces afectados por enfermedades como la necrosis hematopoyética infecciosa (NHI) o la septicemia hemorrágica viral (SHV). El Real Decreto 138/1997 se dicta en virtud del artículo 149.1.16.ª de la Constitución, que atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de bases y coordinación general de la sanidad. La norma se adopta a propuesta de la Ministra de Agricultura, Pesca y Alimentación, de acuerdo con el Consejo de Estado y previa deliberación del Consejo de Ministros. La norma establece un marco legal para la detección y confirmación de enfermedades en peces, con un enfoque en la precisión y la eficacia de los métodos diagnósticos. Se detallan los pasos a seguir en el laboratorio, desde la preparación de muestras hasta la aplicación de técnicas específicas, garantizando una respuesta adecuada ante la presencia de enfermedades en la acuicultura. La norma también incluye una serie de abreviaturas técnicas, como ELISA, IFAT, NHI, SHV, entre otras, que facilitan la comunicación en el ámbito científico y veterinario. Estas abreviaturas son esenciales para la correcta interpretación de los procedimientos descritos en el anexo F. En resumen, el Real Decreto 138/1997 actualiza y refuerza el marco legal vigente para la lucha contra enfermedades de los peces, incorporando avances científicos y prácticos que permiten una detección más precisa y eficiente de patógenos en la acuicultura. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 138/1997 actualiza el anexo F del Real Decreto 1488/1994 para incorporar nuevos métodos de diagnóstico y planes de muestreo derivados de la Decisión 96/240/CE. Esta norma refleja avances científicos en la lucha contra enfermedades en peces. La modificación se basa en la necesidad de mejorar la precisión y eficacia en la detección de patógenos en la acuicultura. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Actualización normativa**: El Real Decreto 138/1997 incorpora modificaciones derivadas de la Decisión 96/240/CE, que actualiza los planes de muestreo y métodos de diagnóstico. ⚠️ **Necesidad de actualización**: Los avances científicos y prácticos han requerido una revisión de los métodos de diagnóstico para garantizar su eficacia. 📋 **Procedimiento diagnóstico**: Se detallan pasos específicos, como la realización de subcultivos, la aplicación de técnicas como ELISA o IFAT, y la necesidad de completar estas técnicas con exámenes virológicos. ℹ️ **Abreviaturas técnicas**: Se incluyen términos como NHI, SHV, ELISA, IFAT, entre otros, que son esenciales para la correcta interpretación de los procedimientos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 138/1997 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 31 de enero de 1997 - **Materias**: Sanidad animal, acuicultura, enfermedades en peces - **Relevancia**: ALTA - **Materia principal**: Sanidad animal - **Relevancia para la práctica**: ALTA - **Relevancia para la legislación**: ALTA - **Relevancia para la ciencia**: ALTA ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto 138/1997 modifica el Real Decreto 1488/1994, el cual ya establecía medidas mínimas contra enfermedades de peces, transponiendo la Directiva 93/53/CEE y la Decisión 92/532/CEE. La normativa estatal previa, por tanto, ya estaba alineada con la legislación europea en esta materia. La modificación actual responde a avances científicos y prácticos, actualizando planes de muestreo y métodos de diagnóstico según la Decisión 96/240/CE. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas de desarrollo, la competencia exclusiva del Estado en sanidad, según el artículo 149.1.16.ª de la Constitución, asegura una base común. Para el ciudadano, esta actualización es crucial para garantizar la salud de las poblaciones de peces, previniendo brotes de enfermedades que podrían afectar la producción acuícola y la seguridad alimentaria. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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