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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 490/1997, de 14 de abril, por el que se modifica el Código de la Circulación y se determinan los pesos y dimensiones máximos de los vehículos.

BOE-A-1997-8205Publicada: 17/04/1997MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 490/1997, de 14 de abril, por el que se modifica el Código de la Ci ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 490/1997 modifica el Código de la Circulación y establece nuevos límites para los pesos y dimensiones de los vehículos, adaptándose a la Directiva 96/53/CE de la Unión Europea. **2. CONTEXTO** La Directiva 96/53/CE establece normas sobre dimensiones y pesos máximos de vehículos en la Comunidad Europea. Esta normativa exige que los países miembros adapten sus leyes internas. En España, las normas previas se encontraban en el Real Decreto 1317/1991 y su posterior modificación por el Real Decreto 1467/1995. El nuevo Real Decreto 490/1997 busca armonizar la legislación nacional con la europea, introduciendo cambios significativos en los límites de los vehículos. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 490/1997, de 14 de abril de 1997, modifica el Código de la Circulación y establece nuevos límites para los pesos y dimensiones de los vehículos, adaptándose a la Directiva 96/53/CE. El Real Decreto 1317/1991, de 2 de agosto de 1991, modificó los artículos 55, 57 y 58 del Código de la Circulación, estableciendo límites para los pesos y dimensiones de los vehículos, con la finalidad de adecuarlos a la normativa comunitaria. Posteriormente, el Real Decreto 1467/1995, de 1 de septiembre de 1995, modificó el artículo 55 del Código de la Circulación, adecuando los pesos y dimensiones de los vehículos a la normativa comunitaria. La Directiva 96/53/CE establece que los vehículos de carretera deben cumplir con ciertos límites de dimensiones y pesos, con el fin de garantizar la seguridad y la eficiencia del transporte en la Comunidad Europea. El nuevo Real Decreto 490/1997 introduce modificaciones importantes, entre ellas el aumento de la anchura máxima de los vehículos a 2,55 metros y la longitud máxima de los trenes de carretera a 18,75 metros. Además, se permite una longitud de 20,55 metros para los trenes de carretera especializados en el transporte de vehículos, cuando circulen con carga. Esta medida busca mejorar la adaptación entre las necesidades de la demanda y la oferta de transporte, acorde con el funcionamiento del mercado en otros países europeos. También se establece que los autobuses urbanos, según la clasificación del Reglamento número 36 anejo al Acuerdo de Ginebra de 20 de marzo de 1958, pueden circular con una anchura máxima de 2,55 metros, independientemente del combustible utilizado. La Directiva 96/53/CE no exige la modificación de todas las normas previas, pero se ha optado por reunir en un texto único las normas sobre pesos y dimensiones de los vehículos, derogando los Reales Decretos mencionados. En su virtud, se derogan los Reales Decretos 1317/1991 y 1467/1995, así como otras disposiciones de igual o inferior rango que se opongan a lo dispuesto en el nuevo Real Decreto. Además, se autoriza al Ministro de Industria y Energía para determinar las condiciones relativas a la equivalencia entre determinadas suspensiones no neumáticas y las suspensiones neumáticas para el eje motor o los ejes motores del vehículo conforme a la normativa comunitaria. El Real Decreto entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 490/1997 adapta la normativa española sobre vehículos a la Directiva 96/53/CE. Se modifica el Código de la Circulación y se derogan disposiciones anteriores. Se establecen nuevos límites para los vehículos, con el objetivo de mejorar la eficiencia y seguridad del transporte. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Adaptación a la Directiva 96/53/CE**: El Real Decreto 490/1997 modifica el Código de la Circulación para adecuarlo a la normativa europea. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: Se derogaron los Reales Decretos 1317/1991 y 1467/1995, entre otros, para crear un texto único. 📋 **Nuevos límites**: Se establecen nuevos límites para la anchura, longitud y peso de los vehículos. ℹ️ **Aplicación a autobuses urbanos**: Los autobuses urbanos pueden circular con anchura máxima de 2,55 metros, independientemente del combustible utilizado. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 490/1997 - **Tipo**: Norma de aplicación general - **Fecha**: 14 de abril de 1997 - **Materias**: Transporte, seguridad vial, normativa comunitaria - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de la aprobación del Real Decreto 490/1997, la normativa española sobre pesos y dimensiones máximos de los vehículos se regía por el Código de la Circulación y diversas modificaciones, como el Real Decreto 1317/1991 y el 1467/1995, que ya buscaban adecuarla a la normativa comunitaria. Esta nueva regulación nacional se alinea con la Directiva 96/53/CE, que establece límites para el tráfico nacional e internacional en la Unión Europea, elevando la anchura máxima a 2,55 metros y la longitud de los trenes de carretera a 18,75 metros, además de permitir autobuses de hasta 15 metros y trenes especializados de 20,55 metros. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, a propuesta de varios ministerios. Esta armonización es crucial para el ciudadano, ya que facilita la circulación transfronteriza de mercancías y personas, promueve la eficiencia en el transporte y permite una mayor capacidad y rentabilidad en los vehículos, beneficiando tanto a empresas como a usuarios. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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