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Orden MinisterialNacionalvigente

Corrección de erratas de la Orden de 10 de abril de 1997 por la que se aprueban determinadas tarifas del servicio de alquiler de circuitos nacionales.

BOE-A-1997-8878Publicada: 25/04/1997MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas de la Orden de 10 de abril de 1997 por la que se aprueban ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** La norma corrige una errata en la publicación de la Orden de 10 de abril de 1997, que establecía tarifas para el servicio de alquiler de circuitos nacionales. 2. **CONTEXTO** La Orden de 10 de abril de 1997 establecía tarifas para el servicio de alquiler de circuitos nacionales. Dicha disposición fue publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 93, de 18 de abril de 1997. Posteriormente se detectó una errata en la publicación de dicha Orden. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** La norma corrige una errata en la publicación de la Orden de 10 de abril de 1997, que establecía tarifas para el servicio de alquiler de circuitos nacionales. La errata afecta al texto publicado en el «Boletén Oficial del Estado» número 93, de 18 de abril de 1997, específicamente en la página 12253, en el punto 2.1, en el recuadro «Cuota de abono mensual», tercera línea, donde se mencionaba: «Ver cuadro 2.1.1». Esta frase debe ser corregida para decir: «Ver cuadro 2.1.3». La corrección se realiza mediante una Orden Ministerial, que se publica en el mismo «Boletín Oficial del Estado» para garantizar la precisión y la correcta aplicación de las tarifas establecidas. La errata no afecta el contenido sustancial de la Orden original, sino únicamente una referencia a un cuadro dentro del texto. La corrección busca evitar malentendidos o errores en la aplicación de las tarifas, especialmente en la cuota de abono mensual, que es una de las tarifas más relevantes para los usuarios del servicio de alquiler de circuitos nacionales. La norma no introduce nuevos elementos jurídicos, sino que se limita a corregir una errata en la publicación de una disposición ya vigente. Por tanto, no hay cambios en los derechos ni obligaciones de los sujetos que estaban sujetos a la Orden original. La corrección se realiza en el marco de la regulación de tarifas públicas, que se rige por el derecho administrativo y la normativa específica sobre servicios públicos. La errata fue detectada y corregida de forma oportuna, lo que refleja el compromiso del Estado con la transparencia y la precisión en la publicación de normas jurídicas. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma corrige una errata en la publicación de una Orden Ministerial de 1997. No modifica el contenido sustancial de la norma original, sino solo una referencia a un cuadro. La corrección se realiza para garantizar la precisión en la aplicación de las tarifas establecidas. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige una errata en la publicación de la Orden de 1997. ⚠️ **No modificación sustancial**: La corrección no altera el contenido jurídico principal de la norma. 📋 **Referencia a cuadro**: La errata afecta una referencia a un cuadro dentro del texto. ℹ️ **Publicación en B.O.E.**: La corrección se publica en el mismo Boletín Oficial del Estado para garantizar su validez. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 18 de abril de 1997 (publicación original), corregida en la misma fecha - **Materias**: Servicios públicos, tarifas, derecho administrativo - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: errata, tarifas, servicios públicos, Boletín Oficial del Estado, orden ministerial ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta corrección de erratas a una Orden Ministerial de 1997, que aprueba tarifas para el alquiler de circuitos nacionales, se refiere a una rectificación meramente formal en la referencia a un cuadro dentro de la propia Orden. A diferencia de normativas más complejas que establecen derechos u obligaciones, esta disposición no modifica el contenido sustantivo de las tarifas ni introduce cambios significativos en comparación con otras normativas autonómicas, estatales o directivas europeas de la época, que en 1997 ya regulaban el sector de las telecomunicaciones. La aprobación recayó en el Ministerio correspondiente, y la diferencia, aunque mínima, importa al ciudadano en cuanto garantiza la correcta interpretación y aplicación de las tarifas vigentes, evitando confusiones o disputas derivadas de referencias erróneas en el texto oficial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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