Real Decreto 491/1997, de 14 de abril, sobre ampliación de los medios personales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de medios personales al servicio de la Administración de Justicia por el Real Decreto 1950/1996, de 23 de agosto.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 491/1997, de 14 de abril, sobre ampliación de los medios personales ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 491/1997, de 14 de abril, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre la ampliación de los medios personales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de medios personales al servicio de la Administración de Justicia, por el Real Decreto 1950/1996, de 23 de agosto. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1950/1996 estableció el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Valenciana en materia de medios personales al servicio de la Administración de Justicia, conforme a la distribución competencial establecida en los artículos 149.1.5.a de la Constitución y 39 y 23.2 del Estatuto de Autonomía de la Comunidad Valenciana. El Real Decreto 4015/1982 regula el procedimiento de traspaso de funciones y servicios del Estado a la Generalidad Valenciana. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria cuarta del Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en su reunión del 14 de enero de 1997, que fue aprobado por el Gobierno mediante este Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 491/1997, de 14 de abril, aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias sobre la ampliación de los medios personales adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Valenciana en materia de medios personales al servicio de la Administración de Justicia, por el Real Decreto 1950/1996, de 23 de agosto. Este Acuerdo se transcribe como anexo al presente Real Decreto. En el artículo 1 se establece que se aprueba el Acuerdo adoptado por el Pleno de la Comisión Mixta en su sesión del 14 de enero de 1997. El Acuerdo establece la ampliación de los medios personales que se traspasaron a la Comunidad Valenciana, incluyendo la asignación de un puesto de trabajo vacante en la Gerencia Territorial de la Comunidad Valenciana, con el cargo de General Auxiliar de Nivel 11, con una retribución básica de 1.101.114 pesetas y complementaria de 392.916 pesetas, totalizando 1.494.030 pesetas anuales. En el artículo 2, se establece que la ampliación de medios tendrá efectividad a partir del día 1 de marzo de 1997. En el artículo 3, se detalla que el coste total de la ampliación se financiará mediante la consolidación en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado de los créditos relativos a los distintos componentes del coste, por los importes que se determinen, susceptibles de actualización por los mecanismos generales previstos en cada Ley de Presupuestos. En el artículo 4, se establece que las posibles diferencias que se produzcan durante el período transitorio, respecto de la financiación de los servicios transferidos, serán objeto de regularización al cierre del ejercicio económico, mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos correspondientes ante una comisión de liquidación que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. En el artículo 5, se detalla que la entrega de la documentación y expedientes de los medios personales que se traspasan se realizará en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto por el que se apruebe este Acuerdo, y de conformidad con lo establecido en el artículo 8 del Real Decreto 4015/1982, de 21 de diciembre. En el artículo 6, se establece que el Acuerdo se publica en el Boletín Oficial del Estado, y que la Comisión Mixta, representada por sus secretarios Antonio Bueno Rodríguez y Catalina Escuín Palop, certifica la validez del documento. En la relación número 1 se detalla el puesto de trabajo vacante que se amplía, mientras que en la relación número 2 se detalla el valoración del coste efectivo de los medios que se amplían, con un total de 1.494.030 pesetas en el año 1996. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 491/1997 aprueba la ampliación de medios personales en materia de Administración de Justicia en la Comunidad Valenciana, tras el traspaso establecido en el Real Decreto 1950/1996. La ampliación se efectiva a partir del 1 de marzo de 1997. El coste se financiará mediante la consolidación en los Presupuestos Generales del Estado. La documentación se entregará en un mes desde la publicación del Real Decreto. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de medios personales**: Se aprueba la ampliación de un puesto de trabajo vacante en la Gerencia Territorial de la Comunidad Valenciana. ⚠️ **Financiación del coste**: El coste total se financiará mediante la consolidación en los Presupuestos Generales del Estado. 📋 **Efectividad**: La ampliación tendrá efectividad a partir del 1 de marzo de 1997. ℹ️ **Entrega de documentación**: La entrega de la documentación y expedientes se realizará en un mes desde la publicación del Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 491/1997 - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 14 de abril de 1997 - **Materias**: Administración pública, traspaso de funciones, medios personales, Administración de Justicia - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 491/1997, Comisión Mixta de Transferencias, traspaso de funciones, medios personales, Administración de Justicia, Comunidad Valenciana. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. 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💬 Contexto ciudadano
Este Real Decreto de 1997 formaliza una ampliación de los medios personales ya transferidos a la Comunidad Valenciana en 1996, relativos a la Administración de Justicia. Anteriormente, estas funciones y servicios dependían directamente del Estado, y los traspasos se regían por normativas como el Real Decreto 4015/1982. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que ya habían completado o estaban en procesos distintos de transferencia, la Comunidad Valenciana, a través de este Real Decreto, consolida y amplía los recursos humanos adscritos a la justicia. La aprobación recae en el Gobierno central, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas, y la Comisión Mixta de Transferencias. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que una dotación de personal adecuada y ampliada impacta directamente en la eficiencia y agilidad de los servicios judiciales que recibe. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────