Real Decreto 618/1997, de 25 de abril, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura, Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 618/1997, de 25 de abril, sobre traspaso a la Comunidad Autónoma de ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 618/1997, de 25 de abril, establece el traspaso a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares de los medios adscritos a la gestión encomendada en materia de agricultura y Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA), en cumplimiento de los acuerdos entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma. **2. CONTEXTO** La Constitución Española, en el artículo 149.1.13.a, atribuye al Estado la competencia sobre las bases y coordinación de la planificación general de la actividad económica. Sin embargo, el Estatuto de Autonomía de las Islas Baleares, en su artículo 10.8, otorga a la Comunidad Autónoma la competencia exclusiva en materia de agricultura y ganadería. Para ello, se estableció un convenio de encomienda de gestión entre el Ministerio de Agricultura y la Comunidad Autónoma. El Real Decreto 1958/1983 regula el traspaso de funciones y servicios a las Comunidades Autónomas. En este contexto, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en marzo de 1997, que fue aprobado por el Gobierno. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 618/1997, de 25 de abril, regula el traspaso de medios personales, materiales y presupuestarios a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares para la gestión en materia de agricultura y FEGA. Este traspaso se lleva a cabo en cumplimiento del convenio de encomienda de gestión acordado entre el Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación y la Comunidad Autónoma. Según el artículo 15 de la Ley 30/1992, de 26 de noviembre, de Régimen Jurídico de las Administraciones Públicas y del Procedimiento Administrativo Común, los convenios de encomienda de gestión son instrumentos jurídicos que permiten la delegación de funciones a una Administración Autonómica. En este caso, el Ministerio de Agricultura encomienda a la Comunidad Autónoma la gestión de ciertas actuaciones, como la intervención y regulación de mercados. El Real Decreto 1958/1983, de 29 de junio, establece el marco legal para el traspaso de funciones y servicios de la Administración del Estado a las Comunidades Autónomas. Este Real Decreto establece que los traspasos deben ajustarse a determinadas normas y procedimientos, y que la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, debe velar por la correcta ejecución de dichos traspasos. El Real Decreto 618/1997 establece que el traspaso de medios se realizará en cumplimiento de los acuerdos previos y que se completará con el personal necesario para el ejercicio de las competencias autonómicas en materia de agricultura. Además, se incluyen detalles sobre la dotación de medios, como vehículos y personal, que se detallan en las relaciones adjuntas. En cuanto a los gastos, el Real Decreto 618/1997 establece que el coste de la ampliación de medios del FEGA se distribuye en dos capítulos: gastos de personal y gastos en bienes corrientes y servicios. Los gastos de personal incluyen las retribuciones básicas, complementarias y de seguridad social, así como el total de los mismos. Los gastos en bienes corrientes y servicios incluyen gastos relacionados con el funcionamiento de los servicios traspasados. En la relación número 2, se detalla el personal funcionario y laboral, incluyendo sus retribuciones, seguridad social y otros datos relevantes. En la relación número 3, se detalla el coste de la ampliación de medios del FEGA, con un total de 11.976.286 pesetas. El Real Decreto 2155/1996, de 27 de septiembre, amplía los medios adscritos a los servicios traspasados a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de agricultura y FEGA, dejando sin efecto el reconocimiento de deuda operado en virtud del Real Decreto 618/1997. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 618/1997 establece el traspaso de medios a la Comunidad Autónoma de las Islas Baleares en materia de agricultura y FEGA. Este traspaso se realiza en cumplimiento de acuerdos previos y se detalla el personal y los gastos asociados. El Real Decreto 2155/1996 amplía este traspaso y deja sin efecto ciertos reconocimientos de deuda. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de medios**: Se traspasan medios personales, materiales y presupuestarios a la Comunidad Autónoma. ⚠️ **Convenio de encomienda**: El traspaso se realiza en cumplimiento de un convenio entre el Ministerio de Agricultura y la Comunidad Autónoma. 📋 **Detalles de personal**: Se detalla el personal funcionario y laboral, incluyendo retribuciones y seguridad social. ℹ️ **Coste de la ampliación**: Se detalla el coste de la ampliación de medios del FEGA, con un total de 11.976.286 pesetas. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso - **Fecha**: 25 de abril de 1997 - **Materias**: Agricultura, FEGA, traspaso de funciones, Comunidades Autónomas - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 1997, la gestión de las materias relacionadas con el Fondo Español de Garantía Agraria (FEGA) en las Islas Baleares recaía principalmente en la Administración General del Estado, a pesar de que el Estatuto de Autonomía de las Baleares otorgaba a la Comunidad Autónoma competencias exclusivas en agricultura. Esta situación se compara con otras Comunidades Autónomas que ya habían asumido competencias similares, y se enmarca en el contexto de las directivas de la Unión Europea sobre política agraria común. La aprobación de este Real Decreto, mediante un Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias ratificado por el Gobierno, formaliza el traspaso de medios personales, materiales y presupuestarios, permitiendo a las Baleares ejercer plenamente sus competencias. Para el ciudadano balear, esta diferencia es crucial porque implica una gestión más cercana y adaptada a sus necesidades específicas en materia agraria, mejorando la eficiencia y la eficacia de las políticas públicas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────