Reglamento UENacionalvigente

Acuerdo de 7 de mayo de 1997, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, por el que se aprueba el Reglamento 1/1997, del Centro de Documentación Judicial.

BOE-A-1997-11001Publicada: 23/05/1997CONSEJO GENERAL DEL PODER JUDICIAL

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Acuerdo de 7 de mayo de 1997, del Pleno del Consejo General del Poder Judicial, ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Acuerdo de 7 de mayo de 1997 del Pleno del Consejo General del Poder Judicial establece el Reglamento 1/1997 del Centro de Documentación Judicial, con el objetivo de crear una estructura organizativa que permita la obtención, difusión y gestión de la documentación jurídica necesaria para el Poder Judicial. **2. CONTEXTO** La producción de información jurídica ha crecido significativamente, tanto a nivel nacional como internacional, lo que ha generado una demanda constante de dicha información. Además, el desarrollo de sistemas informáticos y telemáticos ha permitido la centralización y accesibilidad de la jurisprudencia y publicaciones jurídicas. El Consejo General del Poder Judicial, consciente de la necesidad de evitar la dispersión de la información, decide crear un Centro de Documentación Judicial para garantizar el acceso directo y eficiente a la documentación jurídica. Este Reglamento establece la organización, funciones y recursos del Centro, así como su integración en el presupuesto del Consejo General. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Reglamento 1/1997 del Centro de Documentación Judicial, aprobado por el Pleno del Consejo General del Poder Judicial el 7 de mayo de 1997, establece una estructura organizativa destinada a la obtención, difusión y gestión de la documentación jurídica necesaria para el Poder Judicial. El objetivo principal del Centro es ofrecer información jurídica actualizada al Consejo General, a sus órganos, a los órganos de gobierno del Poder Judicial y a los órganos jurisdiccionales, asegurando la conexión con los Juzgados y Tribunales. El Reglamento detalla que el Centro de Documentación Judicial será gestionado por una Unidad de Gerencia delegada de la Gerencia del Consejo General del Poder Judicial. Además, el Interventor al servicio del Consejo General del Poder Judicial desempeñará funciones de intervención en el Centro. En cuanto al presupuesto, el Centro se integrará en el del Consejo General como un programa presupuestario específico. Los recursos del Centro pueden provenir de diversas fuentes, incluyendo el producto de las ventas de publicaciones o servicios, subvenciones o donaciones, y otros recursos atribuidos. El Reglamento también establece disposiciones adicionales, transitorias y derogatorias. La Sección de Publicaciones del Centro se considera complementaria a la Escuela Judicial en materia de formación inicial. Mientras no se aprueba el nuevo Reglamento de Organización y Funcionamiento del Consejo General, el Centro desarrollará sus funciones bajo la dirección de la Comisión de Escuela Judicial y Publicaciones. Finalmente, se derogarán todas las normas de igual o inferior rango que se opongan al presente Reglamento. El texto fue aprobado por el Presidente del Consejo General del Poder Judicial, Delgado Barrío, en Madrid el 7 de mayo de 1997. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Reglamento 1/1997 crea el Centro de Documentación Judicial como una estructura organizativa para la gestión de la información jurídica. Establece su organización, funciones, recursos y presupuesto, así como disposiciones transitorias y derogatorias. El objetivo es garantizar el acceso eficiente a la documentación jurídica necesaria para el Poder Judicial. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación del Centro de Documentación Judicial**: Para centralizar y gestionar la información jurídica necesaria para el Poder Judicial. ⚠️ **Integración en el presupuesto del Consejo General**: El Centro se incluye como un programa presupuestario específico. 📋 **Recursos del Centro**: Provenientes de ventas, subvenciones, donaciones y otros recursos atribuidos. ℹ️ **Funciones complementarias**: La Sección de Publicaciones del Centro no sustituye a la Escuela Judicial en materia de formación inicial. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Acuerdo del Pleno del Consejo General del Poder Judicial - **Tipo**: Reglamento - **Fecha**: 7 de mayo de 1997 - **Materias**: Documentación judicial, organización del Poder Judicial, gestión de información - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 685 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Reglamento de 1997, la gestión y difusión de la información jurídica en España era probablemente más fragmentada y menos sistematizada, sin una estructura centralizada específica para la documentación judicial. Si bien la normativa estatal y las directivas europeas han ido impulsando la modernización y el acceso a la información a lo largo del tiempo, este acuerdo del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) representa un paso concreto y autónomo de este órgano para abordar la creciente complejidad y volumen de la información jurídica. La aprobación recae exclusivamente en el CGPJ, sin que existan otras Comunidades Autónomas con normativas comparables en ese momento específico, ni una directiva europea que dictara explícitamente la creación de un centro de documentación judicial con estas características. Para el ciudadano, esta iniciativa importa porque sienta las bases para un acceso más ágil y eficiente a la jurisprudencia y a la legislación, lo cual es fundamental para la seguridad jurídica y la defensa de sus derechos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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