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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de mayo de 1997 por la que se actualizan los anexos I y V de la Orden de 14 de junio de 1991, sobre productos fertilizantes y afines.

BOE-A-1997-11535Publicada: 30/05/1997MINISTERIO DE AGRICULTURA, PESCA Y ALIMENTACIÓN

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de mayo de 1997 por la que se actualizan los anexos I y V de la Orde ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden de 29 de mayo de 1997 actualiza los anexos I y V de la Orden de 14 de junio de 1991, modificando la clasificación y características de ciertos productos fertilizantes y afines destinados al consumo agrícola. **2. CONTEXTO** Esta norma se basa en el Real Decreto 72/1988, de 5 de febrero, que establece la autoridad del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación para definir listas de fertilizantes y afines, previa aprobación de los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Industria y Energía. Además, se incorpora la Directiva 96/28/CE, que obliga a transponer al Derecho interno normas técnicas para armonizar la legislación sobre abonos. Esta transposición requiere la modificación de los anexos I y V de la Orden de 1991. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden de 29 de mayo de 1997 modifica los anexos I y V de la Orden de 14 de junio de 1991, con el objetivo de actualizar la clasificación y especificaciones de ciertos productos fertilizantes y afines. La modificación se realiza previa aprobación de los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Industria y Energía, según lo establecido en el Real Decreto 72/1988 y en la Directiva 96/28/CE. En el **Artículo primero**, se establece que el anexo I de la Orden de 1991, actualizado posteriormente por la Orden de 11 de julio de 1994, se modifica al añadir al apartado "Abonos minerales con elementos principales (sólidos). Abonos simples. Abonos nitrogenados" el abono que figura en el anexo I de la presente Orden. Asimismo, se añaden los abonos que figuran en el anexo II de la misma Orden al apartado "Abonos minerales con elementos fertilizantes secundarios". En el **Artículo segundo**, se modifica el apartado I del cuadro 1 del anexo V de la Orden de 1991, incorporando el producto "sulfato de amonio-urea" con una tolerancia de 0,5. Este producto se describe como un abono obtenido químicamente a partir de urea y sulfato de amonio, con un contenido mínimo de nitrógeno del 30 por 100, y especificaciones sobre nitrógeno amoniacal, azufre y bluret. En el **Artículo tercero**, se establece que la presente Orden entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. Los anexos I y II de la Orden de 1991 incluyen especificaciones técnicas sobre los productos fertilizantes, como el "sulfato de amonio-urea" y el "hidróxido de magnesio", con indicaciones sobre su composición, forma de obtención y requisitos mínimos de contenido en elementos fertilizantes. Por ejemplo, el "sulfato de amonio-urea" debe tener un contenido mínimo de nitrógeno del 30 por 100, con especificaciones sobre nitrógeno amoniacal (4 por 100), azufre (12 por 100) y bluret (máximo 0,9 por 100). El "hidróxido de magnesio" debe tener un contenido mínimo de MgO del 60 por 100, y la suspensión de hidróxido de magnesio debe tener un contenido mínimo de MgO del 24 por 100. Esta norma establece una regulación técnica y específica para los productos fertilizantes, garantizando su calidad, seguridad y adecuación para su uso en la agricultura. La transposición de la Directiva 96/28/CE refleja la necesidad de adaptar la legislación nacional a los estándares comunitarios, asegurando la coherencia y la aplicación uniforme de las normas en el ámbito europeo. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1997 actualiza los anexos I y V de la Orden de 1991 para incorporar nuevos productos fertilizantes y afines, en cumplimiento de la Directiva 96/28/CE. Establece especificaciones técnicas y requisitos mínimos para garantizar la calidad y seguridad de los productos. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de anexos I y V**: Se incorporan nuevos productos y especificaciones técnicas. ⚠️ **Transposición de la Directiva 96/28/CE**: Se adapta la legislación nacional a los estándares comunitarios. 📋 **Requisitos mínimos y tolerancias**: Se establecen parámetros técnicos para garantizar la calidad de los productos. ℹ️ **Autorización previa**: La modificación se realiza previa aprobación de los Ministerios de Sanidad y Consumo y de Industria y Energía. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 29 de mayo de 1997 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de mayo de 1997 - **Materias**: Agricultura, fertilizantes, normativa técnica, etiquetado, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: fertilizantes, abonos, normativa, transposición, Directiva 96/28/CE, calidad, seguridad, etiquetado, anexos, Ministerio de Agricultura, Sanidad y Consumo, Industria y Energía ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Esta Orden Ministerial de 1997 actualiza los anexos de una normativa previa de 1991, que a su vez se basaba en Reales Decretos de 1988 y 1991, para listar y regular los productos fertilizantes. Su principal novedad es la transposición de una Directiva europea de 1996, que adaptaba al progreso técnico una legislación comunitaria anterior sobre abonos, buscando armonizar las normativas de los Estados miembros. Antes de esta orden, la regulación española se basaba en disposiciones nacionales, pero la necesidad de cumplir con el marco de la Unión Europea impulsó esta actualización. La diferencia es crucial para el ciudadano, ya que garantiza que los fertilizantes disponibles en el mercado español cumplen con estándares europeos de calidad y seguridad, facilitando el comercio y protegiendo tanto al agricultor como al consumidor final. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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