Orden de 21 de mayo de 1997 por la que se modifican las referencias a las normas UNE que figuran en el anexo al Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 21 de mayo de 1997 por la que se modifican las referencias a las normas ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, se modifica mediante el Orden de 21 de mayo de 1997, incorporando nuevas normas UNE en su anexo para regular la homologación de cementos en la fabricación de hormigones y morteros. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1313/1988 establece la obligatoriedad de la homologación de cementos para la fabricación de hormigones y morteros. Dicha norma faculta a los Ministros de Industria y Energía y Obras Públicas y Urbanismo para modificar las referencias a las normas UNE. Debido a modificaciones en la normativa UNE, derivadas de la adopción de normas europeas sobre cementos, se considera necesario su incorporación al Real Decreto para garantizar la armonización técnica. La modificación se realiza siguiendo el procedimiento de información previsto en el Real Decreto 1168/1995. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1313/1988, de 28 de octubre, establece la obligatoriedad de la homologación de cementos para la fabricación de hormigones y morteros, y faculta a los Ministros de Industria y Energía y Obras Públicas y Urbanismo para modificar las referencias a las normas UNE que figuran en su anexo. En virtud de esta facultad, y tras el procedimiento de información previsto en el Real Decreto 1168/1995, de 7 de julio, se modifica el anexo del Real Decreto 1313/1988 incorporando nuevas normas UNE. La modificación se lleva a cabo mediante el Orden de 21 de mayo de 1997, que sustituye los apartados 1 y 2 del anexo original. El apartado 1, referido a las especificaciones técnicas y conformidad de la producción, incorpora las normas UNE 80 301:96 a UNE 80 403:96, que establecen requisitos técnicos para diversos tipos de cementos, como cementos comunes, resistentes a sulfatos, blancos, de bajo calor de hidratación, etc. Estas normas detallan composición, especificaciones, criterios de conformidad y métodos de evaluación. El apartado 2, referido a la toma de muestras y métodos de ensayo, incorpora normas UNE-EN 196-1:96 a UNE 80 401:91, que establecen procedimientos para la determinación de resistencias mecánicas, análisis químico, evaluación del tiempo de fraguado, puzolanicidad, blancura, calor de hidratación, humedad, y análisis cuantitativo de componentes. Estas normas garantizan la uniformidad en los métodos de ensayo, lo que permite una evaluación objetiva de la calidad de los cementos. La modificación entra en vigor el 16 de junio de 1997, lo que permite la aplicación de las nuevas normas en la práctica. Esta norma refleja la adaptación de la legislación española a los estándares europeos, buscando la armonización técnica y la mejora de la calidad de los materiales utilizados en la construcción. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1313/1988 se modifica incorporando nuevas normas UNE para regular la homologación de cementos. La modificación se realiza en cumplimiento de un procedimiento europeo y busca la armonización técnica. La nueva normativa establece requisitos técnicos y métodos de ensayo para garantizar la calidad de los cementos utilizados en la construcción. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de normas UNE**: Se incorporan nuevas normas UNE al Real Decreto 1313/1988 para regular la homologación de cementos. ⚠️ **Procedimiento europeo**: La modificación se realiza siguiendo el procedimiento de información previsto en el Real Decreto 1168/1995. 📋 **Especificaciones técnicas**: Se establecen requisitos detallados para diversos tipos de cementos. ℹ️ **Entrada en vigor**: La modificación entra en vigor el 16 de junio de 1997. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden de 21 de mayo de 1997 - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 21 de mayo de 1997 - **Materias**: Construcción, normativa técnica, cementos, homologación - **Relevancia**: ALTA - **Tipo de norma**: Nacional ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden de 1997, el Real Decreto 1313/1988 ya establecía la obligatoriedad de homologación de los cementos, basándose en normas UNE. La presente Orden actualiza esas referencias normativas, incorporando especificaciones técnicas y métodos de ensayo que ya habían sido adoptados por el Comité Europeo de Normalización (CEN), en línea con el objetivo de armonización técnica comunitaria promovido por directivas europeas como la 83/189/CEE. Esta modificación, aprobada conjuntamente por los Ministerios de Industria y Energía y Fomento, se alinea con la normativa estatal y europea vigente, a diferencia de posibles normativas autonómicas que pudieran existir o desarrollarse. Para el ciudadano, esta actualización importa porque garantiza que los cementos utilizados en la construcción cumplen con estándares técnicos armonizados a nivel europeo, lo que repercute en la seguridad, durabilidad y calidad de las obras y productos prefabricados. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────