Real Decreto 728/2023, de 22 de agosto, por el que se modifica el Real Decreto 502/2022, de 27 de junio, por el que se regula el ejercicio de la pesca en los caladeros nacionales, para incorporar el mecanismo de optimización en la gestión de las posibilidades de pesca, y por el que se regulan ciertos aspectos de la pesquería de patudo (Thunnus obesus) en el Océano Atlántico.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un Real Decreto aprobado el 22 de agosto de 2023 que modifica la normativa sobre pesca en caladeros nacionales. Introduce dos novedades principales: un mecanismo general para gestionar de forma más flexible las posibilidades de pesca asignadas a los barcos, y nuevas reglas específicas para la pesca del patudo (un tipo de atún) en el Océano Atlántico. **¿A quién afecta?** Afecta a los armadores y tripulantes de barcos pesqueros españoles que operan en caladeros nacionales e internacionales, especialmente a las flotas autorizadas a pescar patudo en el Atlántico: atuneros cerqueros congeladores, atuneros cañeros (tanto en aguas africanas como canarios), la flota artesanal canaria, los barcos de palangre de superficie y otras flotas incluidas en el Censo Específico de Buques Autorizados a la Pesca de Patudo (CEPA). **¿Qué cambia o establece?** Por un lado, crea un marco legal general para que órdenes ministeriales puedan aplicar mecanismos de flexibilidad en el reparto de cuotas de pesca, adaptándolos a cada pesquería. Por otro, regula dos situaciones concretas para el patudo atlántico: permite que barcos que fueron exportados y luego reimportados vuelvan a incorporarse al censo de autorizados, y permite que determinados barcos del censo del Océano Índico y Pacífico intercambien su plaza con barcos del censo atlántico, con excepciones para aquellos que en su día renunciaron expresamente a sus derechos de pesca en el Atlántico. Además, obliga a los solicitantes de autorizaciones en esta pesquería a relacionarse con la Administración exclusivamente por medios electrónicos.
💬 Contexto ciudadano
El Real Decreto 728/2023 completa el marco regulatorio que estableció el RD 502/2022, introduciendo mecanismos de flexibilidad que antes no existían en la gestión de cuotas pesqueras nacionales. Mientras la Unión Europea fija los límites globales de captura (TAC) mediante la Política Común de Pesca, España ahora introduce herramientas para distribuirlos de manera más dinámica entre armadores. Esta es una competencia exclusivamente estatal, ya que las CCAA carecen de jurisdicción sobre caladeros nacionales e internacionales, aunque pueden regular actividades en aguas interiores. La importancia radica en que otorga a los pescadores españoles mayor adaptabilidad frente a fluctuaciones del mercado y cambios en stocks pesqueros, mejorando la viabilidad económica de la flota dentro del marco comunitario vinculante.