Real Decreto 1045/1997, de 27 de junio, sobre ampliación de funciones y servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña por el Real Decreto 1963/1982, de 30 de julio.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1045/1997, de 27 de junio, sobre ampliación de funciones y servicio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1045/1997 amplía las funciones y servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña en materia de enseñanza profesional náutico-pesquera, incluyendo la expedición de tarjetas de Patrón de Pesca Local, Mecánico de Litoral y Patrón de 2ª Clase de Pesca Litoral. **2. CONTEXTO** El Real Decreto 1963/1982, de 30 de julio, traspasó a la Generalidad de Cataluña las funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de enseñanza profesional náutico-pesquera. En la actualidad, se procede a ampliar dichas funciones con nuevas competencias relacionadas con la expedición de tarjetas específicas. La Comisión Mixta, prevista en el Estatuto de Autonomía de Cataluña, adoptó un acuerdo en su sesión del 3 de junio de 1997. El Real Decreto 1045/1997 se aprobó en cumplimiento de dicha disposición, con la aprobación del Consejo de Ministros el 27 de junio de 1997. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1045/1997, de 27 de junio, regula la ampliación de funciones y servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña en materia de enseñanza profesional náutico-pesquera. En concreto, se amplían las competencias relacionadas con la expedición de tarjetas de Patrón de Pesca Local, Mecánico de Litoral y Patrón de 2ª Clase de Pesca Litoral. En el artículo 1, se aprueba el Acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias, adoptado el 3 de junio de 1997, que establece las nuevas funciones y servicios que se traspasan a la Generalidad de Cataluña. Este acuerdo se basa en la disposición transitoria sexta del Estatuto de Autonomía de Cataluña, que permite la transferencia de funciones a las comunidades autónomas. En el artículo 2, se establece que los créditos presupuestarios correspondientes a las nuevas funciones y servicios se traspasan a la Generalidad de Cataluña, en los términos que se detallan en el Acuerdo de la Comisión Mixta y en las relaciones anexas. En el artículo 3, se establece que la ampliación de funciones y servicios tendrá efectividad a partir del día señalado en el Acuerdo de la Comisión Mixta, que corresponde al 1 de septiembre de 1997. En la relación número 1, se detalla la valoración del coste efectivo de las funciones y servicios que se amplían, con un total de 387.474 euros. El coste efectivo se financiará transitoriamente mediante la consolidación en la Sección 32 de los Presupuestos Generales del Estado, con la posibilidad de actualización por los mecanismos generales en cada Ley de Presupuestos. Las posibles diferencias durante el período transitorio se regularán al cierre del ejercicio económico, mediante la presentación de las cuentas y estados justificativos ante una Comisión de liquidación, que se constituirá en el Ministerio de Economía y Hacienda. En cuanto a la documentación y expedientes de los servicios traspasados, se establece que su entrega se realizará en el plazo de un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto que aprueba el Acuerdo, acompañada de una acta de entrega y recepción. El Real Decreto se expide en Madrid, a 3 de junio de 1997, firmado por los Secretarios de la Comisión Mixta, Rosa Rodríguez Pascual y Jaume Vilalta i Vilella. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1045/1997 amplía las funciones y servicios traspasados a la Generalidad de Cataluña en materia de enseñanza profesional náutico-pesquera. Se establecen nuevos créditos presupuestarios y se fija la fecha de efectividad de la ampliación. La documentación y expedientes se entregan en un plazo de un mes, y el coste efectivo se financia transitoriamente. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de funciones**: Se traspasan nuevas competencias relacionadas con la expedición de tarjetas de Patrón de Pesca Local, Mecánico de Litoral y Patrón de 2ª Clase de Pesca Litoral. ⚠️ **Fecha de efectividad**: La ampliación entra en vigor el 1 de septiembre de 1997. 📋 **Presupuesto**: Se detalla un coste efectivo de 387.474 euros, financiado transitoriamente mediante la consolidación en los Presupuestos Generales del Estado. ℹ️ **Documentación**: La entrega de la documentación y expedientes se realiza en un plazo de un mes desde la entrada en vigor del Real Decreto. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto 1045/1997 - **Tipo**: Norma de traspaso de funciones - **Fecha**: 27 de junio de 1997 - **Materias**: Autonomía, funciones traspasadas, enseñanza profesional náutico-pesquera - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 1045/1997, Generalidad de Cataluña, funciones traspasadas, enseñanza profesional náutico-pesquera, Comisión Mixta, presupuesto, coste efectivo, fecha de efectividad. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto de 1997, la Generalidad de Cataluña ya gestionaba la enseñanza profesional náutico-pesquera desde 1982, pero la expedición de ciertas tarjetas de cualificación para pesca local y litoral, como las de Patrón de Pesca Local o Mecánico de Litoral, aún recaía en la administración estatal. Esta ampliación de competencias, aprobada por la Comisión Mixta de Transferencias y posteriormente por el Consejo de Ministros, alinea la normativa catalana con la tendencia general de descentralización de competencias a las Comunidades Autónomas, aunque la gestión específica de estas titulaciones podía variar en otras CCAA o seguir bajo control estatal. Para el ciudadano catalán, esta diferencia implica que ahora puede obtener estas tarjetas directamente de su comunidad autónoma, agilizando trámites y adaptando la formación a las necesidades del sector pesquero local, sin depender de organismos estatales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────