Ley 9/2023, de 12 de abril, de Creación del Colegio Oficial de Profesionales del Turismo de la Comunidad de Madrid.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es una ley de la Comunidad de Madrid que crea el Colegio Oficial de Profesionales del Turismo de la Comunidad de Madrid. Se trata de una corporación de derecho público, es decir, un organismo con reconocimiento legal que agrupa a profesionales de un mismo sector. Su aprobación responde a que, según la legislación autonómica, la única forma de constituir un colegio profesional en Madrid es mediante una ley de la Asamblea. **¿A quién afecta?** Afecta a los profesionales del turismo que cuenten con una titulación oficial reconocida en el ámbito de esta actividad y ejerzan su profesión en la Comunidad de Madrid. La adscripción al colegio es voluntaria, por lo que nadie está obligado a colegiarse para ejercer, pero quienes deseen integrarse deberán cumplir los requisitos de titulación establecidos. **¿Qué cambia o establece?** Crea una organización formal que representa y defiende los intereses de los profesionales del turismo, establece normas deontológicas para el ejercicio de la profesión y actúa como interlocutor ante las administraciones públicas. El legislador justifica su creación en el peso estratégico del turismo en la economía madrileña, el crecimiento en volumen y complejidad del sector, y la necesidad de garantizar calidad y rigor en los servicios que estos profesionales prestan a ciudadanos y consumidores.
💬 Contexto ciudadano
Antes de 2023, Madrid carecía de un colegio profesional específico para el turismo, limitándose a asociaciones sectoriales sin capacidad reguladora. A diferencia de comunidades como Cataluña o Andalucía que disponían de estructuras colegiadas, Madrid mantenía un enfoque más fragmentado. La normativa estatal de Colegios Profesionales de 1974 permite pero no obliga a las autonomías a crear estas entidades, generando un panorama desigual en España. Aunque la UE regula la prestación de servicios y cualificaciones, no prescribe colegios profesionales. Esta diferencia resulta relevante porque un colegio oficial otorga a los turismólogos madrileños estatus regulador, deontología enforzable y capacidad de interlocución institucional que otras regiones ya poseen, mejorando así la protección del consumidor y la garantía de calidad en servicios turísticos.