Real Decreto 1042/1997, de 27 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 2207/1994, de 16 de noviembre, por el que se aprueba la lista de sustancias permitidas para la fabricación de materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con los alimentos y se regulan determinadas condiciones de ensayo.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1042/1997, de 27 de junio, por el que se modifica el Real Decreto 2 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1042/1997 modifica el Real Decreto 2207/1994, incorporando la Directiva 96/11/CE de la Comisión, que establece nuevas normas sobre la migración de sustancias en materiales plásticos destinados a entrar en contacto con alimentos. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 2207/1994 incorporó a la legislación española las Directivas 93/8/CEE y 93/9/CEE, que regulan la seguridad de materiales plásticos en contacto con alimentos. Posteriormente, el Real Decreto 510/1996 incorporó la Directiva 95/3/CE. La presente norma incorpora la Directiva 96/11/CE, que introduce nuevas sustancias y condiciones de ensayo. La modificación se justifica por nuevos conocimientos científicos sobre ciertas sustancias y la necesidad de actualizar las normas vigentes. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1042/1997, de 27 de junio de 1997, modifica el Real Decreto 2207/1994, de 16 de noviembre de 1994, incorporando la Directiva 96/11/CE de la Comisión, de 5 de marzo, que establece normas sobre la migración de componentes de materiales plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios. La Directiva 96/11/CE modifica la Directiva 90/128/CEE, relativa a los materiales y objetos plásticos destinados a entrar en contacto con productos alimenticios. En el Real Decreto 2207/1994, el apartado 2 del artículo 5 establece que la lista de monómeros y otras sustancias de partida autorizadas para la fabricación de materiales plásticos puede ser modificada por nuevos datos científicos o revisiones existentes. Esta posibilidad fue ya utilizada mediante el Real Decreto 510/1996, que incorporó la Directiva 95/3/CE. El presente Real Decreto incorpora la Directiva 96/11/CE, que introduce nuevas sustancias y condiciones de ensayo. En el anexo II, se incluyen nuevas sustancias autorizadas, como la wollastonita (código 95920), la goma xantana (95935), el hidróxido de cinc (96190), el óxido de cinc (96240) y el sulfuro de cinc (96320). La disposición adicional primera establece que, a partir del 1 de enero de 2002, solo se podrán utilizar los monómeros y sustancias de partida enumeradas en la sección A del anexo II, con las restricciones allí especificadas. Las sustancias de la sección B podrán suprimirse antes de esa fecha si no se facilitan los datos necesarios para su incorporación a la sección A. La disposición adicional segunda indica que el Real Decreto tiene carácter de norma básica, dictado al amparo del artículo 149.1.16.a de la Constitución y de acuerdo con los artículos 40.2 y 40.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. La disposición transitoria única permite la importación, comercialización y uso de materiales plásticos no adaptados al nuevo Real Decreto, siempre que cumplan con la normativa vigente en la fecha de entrada en vigor, hasta el 1 de enero de 1999. La disposición derogatoria única deroga cuantas disposiciones de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto. La disposición final única establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1042/1997 modifica el Real Decreto 2207/1994 para incorporar la Directiva 96/11/CE, que actualiza las normas sobre materiales plásticos en contacto con alimentos. Establece nuevas sustancias autorizadas y condiciones de uso. La norma se dicta bajo la autoridad constitucional y legal, y establece transitorios y derogatorios. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de normas**: El Real Decreto incorpora la Directiva 96/11/CE, que actualiza las normas sobre materiales plásticos en contacto con alimentos. ⚠️ **Nuevas sustancias**: Se incluyen nuevas sustancias como la wollastonita, la goma xantana, el hidróxido de cinc, el óxido de cinc y el sulfuro de cinc. 📋 **Regulación de uso**: A partir del 1 de enero de 2002, solo se podrán utilizar las sustancias autorizadas en la sección A del anexo II. ℹ️ **Transitorios y derogatorios**: Se permite la importación y uso de materiales no adaptados hasta el 1 de enero de 1999, y se derogaron disposiciones contrarias. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1042/1997 - **Tipo**: Norma básica - **Fecha**: 27 de junio de 1997 - **Materias**: Alimentación, seguridad alimentaria, materiales plásticos - **Relevancia**: ALTA Palabras: 698 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la normativa española sobre materiales plásticos en contacto con alimentos se basaba en el Real Decreto 2207/1994, que a su vez transponía directivas europeas. Esta regulación se ha ido actualizando para incorporar avances científicos y nuevas directivas comunitarias, como la Directiva 96/11/CE, que es la que este Real Decreto 1042/1997 implementa. La normativa estatal, por tanto, se alinea con la legislación de la Unión Europea, garantizando una armonización que no siempre existía con normativas autonómicas previas o la ausencia de regulación específica. Para el ciudadano, esta evolución es crucial porque asegura que los plásticos que entran en contacto con sus alimentos cumplen con requisitos de seguridad cada vez más estrictos, limitando la migración de sustancias potencialmente perjudiciales y protegiendo así su salud. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────