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Orden MinisterialNacionalvigente

Orden de 29 de julio de 1997 por la que se reemplaza el anexo 2 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol).

BOE-A-1997-17823Publicada: 07/08/1997MINISTERIO DE FOMENTO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Orden de 29 de julio de 1997 por la que se reemplaza el anexo 2 del Decreto 1675 ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** La Orden Ministerial de 29 de julio de 1997 modifica el anexo 2 del Decreto 1675/1972, sustituyéndolo por nuevas tarifas para vuelos que cumplen con ciertas condiciones, entrando en vigor el 1 de agosto de 1997. **2. CONTEXTO** La Orden se emite en cumplimiento del Acuerdo multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea, firmado en Bruselas en 1981 y ratificado por España en 1987. Se busca actualizar las tarifas en función de las decisiones de Eurocontrol. El anexo 1 del Decreto 1675/1972 se mantiene, mientras que el anexo 2 es reemplazado por la nueva normativa. **3. CONTENIDO JURÍDICO** La Orden Ministerial de 29 de julio de 1997, publicada en el *Boletín Oficial del Estado* número 11 de 13 de enero de 1997, modifica el anexo 2 del Decreto 1675/1972, de 26 de junio, relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea (Eurocontrol). Esta modificación se realiza en cumplimiento del Acuerdo multilateral firmado en Bruselas el 12 de febrero de 1981, ratificado por España mediante Instrumento de 14 de abril de 1987. En particular, se aplican los párrafos 1.a) y 2.e) del artículo 3, y el párrafo 1.a) del artículo 6 de dicho Acuerdo, así como la Decisión número 37 de la Comisión Ampliada de Eurocontrol del 16 de julio de 1997. La Orden establece que el anexo 2 del Decreto 1675/1972 se sustituye por el contenido de la Orden, manteniéndose el anexo 1 del citado Decreto, que fue sustituido previamente por la Orden del Ministerio de Fomento de 30 de diciembre de 1996. El nuevo anexo 2 incluye tarifas para vuelos que cumplen con las condiciones establecidas en el apartado sexto del anexo 1, aplicándose a aeronaves cuyos coeficientes de peso sean igual a uno (50 toneladas métricas). Las tarifas se aplican a aeropuertos de salida o de primer destino situados en ciertos países, como Santiago de Compostela, Shannon, Stuttgart, Tenerife, Toulouse-Blagnac, Viena, Zürich, entre otros. Cada aeropuerto tiene una tarifa específica, calculada en base a las tarifas unitarias aplicadas a los diferentes países participantes en el sistema. Por ejemplo, Bélgica-Luxemburgo tiene una tarifa unitaria de 68,39 ECU, Alemania de 72,89 ECU, Francia de 61,89 ECU, Reino Unido de 75,01 ECU, Países Bajos de 55,76 ECU, Irlanda de 21,20 ECU, Suiza de 80,39 ECU, Portugal-Lisboa de 36,19 ECU, Austria de 59,72 ECU, España-Continente de 51,65 ECU, España-Canarias de 48,50 ECU, Portugal-Santa María de 12,72 ECU, Grecia de 35,15 ECU, Turquía de 48,57 ECU, Malta de 43,66 ECU, Italia de 65,21 ECU, Chipre de 22,90 ECU, Hungría de 21,54 ECU, Noruega de 50,96 ECU, Dinamarca de 54,66 ECU, Eslovenia de 76,33 ECU, República Checa de 49,09 ECU, Suecia de 46,80 ECU y República Eslovaca de 68,67 ECU. La nueva Orden entra en vigor el 1 de agosto de 1997, de conformidad con la Decisión número 37 de Eurocontrol. Esta norma establece una regulación específica sobre las tarifas aplicables a ciertos vuelos, en función de los países y aeropuertos involucrados, con el objetivo de garantizar la aplicación uniforme de las tarifas establecidas en el marco multilateral. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** La Orden de 1997 modifica las tarifas aplicables a ciertos vuelos en la Red de Ayudas a la Navegación Aérea (Eurocontrol), entrando en vigor el 1 de agosto de 1997. Se basa en el Acuerdo multilateral de 1981 y en la decisión de Eurocontrol de 1997. La norma establece tarifas específicas para aeropuertos y países participantes. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de tarifas**: Se sustituye el anexo 2 del Decreto 1675/1972 por nuevas tarifas. ⚠️ **Cumplimiento multilateral**: La norma se basa en el Acuerdo de 1981 y en la decisión de Eurocontrol. 📋 **Tarifas específicas**: Cada aeropuerto y país tiene una tarifa unitaria calculada. ℹ️ **Entrada en vigor**: La nueva Orden entra en vigor el 1 de agosto de 1997. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Orden Ministerial de 29 de julio de 1997 - **Tipo**: Orden Ministerial - **Fecha**: 29 de julio de 1997 - **Materias**: Navegación aérea, tarifas, Eurocontrol, transporte aéreo - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de esta Orden de 1997, la normativa principal sobre tarifas por ayudas a la navegación aérea en España se regía por el Decreto 1675/1972, que establecía un marco tarifario. Esta Orden de 1997 no crea un sistema nuevo, sino que modifica el anexo 2 de dicho decreto, actualizando las tarifas aplicables. La normativa española en este ámbito se alinea con el Acuerdo multilateral relativo a las tarifas por ayudas a la navegación aérea de Eurocontrol, ratificado por España, y con decisiones específicas de la Comisión Ampliada de Eurocontrol, lo que indica una armonización con estándares europeos. A diferencia de otras CCAA que no tienen competencias directas en esta materia, la aprobación recae en el ámbito nacional a través de una Orden Ministerial, lo que garantiza una aplicación uniforme en todo el territorio. Esta diferencia es relevante para el ciudadano, ya que impacta directamente en los costes operativos de las aerolíneas, que a su vez pueden repercutirse en el precio de los billetes aéreos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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