Orden DSA/934/2023, de 19 de julio, por la que se modifican los baremos que figuran como Anexos I, II, III, IV, V y VI del Real Decreto 888/2022, de 18 de octubre, por el que se establece el procedimiento para el reconocimiento, declaración y calificación del grado de discapacidad.
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** La Orden DSA/934/2023, de 19 de julio, es una norma del Ministerio de Derechos Sociales que corrige errores detectados en los baremos (tablas de puntuación) que se utilizan para medir y calificar el grado de discapacidad de una persona. Esos baremos estaban recogidos en los Anexos I al VI del Real Decreto 888/2022 y, al aplicarlos, se comprobó que contenían fallos que podían llevar a valoraciones incorrectas. Esta orden los sustituye por los textos correctos, que son los que en su día acordaron los órganos consultivos competentes. **¿A quién afecta?** Afecta a cualquier persona que solicite o ya tenga reconocido un grado de discapacidad en España, así como a los equipos de valoración de las comunidades autónomas que aplican estos baremos. También tiene relevancia para quienes pudieran haber recibido una calificación errónea como consecuencia de los fallos que existían en los anexos anteriores. **¿Qué cambia o establece?** La orden reemplaza íntegramente los seis anexos del Real Decreto 888/2022 con los contenidos correctos. Estos anexos recogen los criterios técnicos para evaluar las funciones y estructuras corporales, las limitaciones en la actividad, las restricciones en la participación y los factores del entorno, siguiendo el modelo de la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la OMS. El objetivo es garantizar que la calificación del grado de discapacidad sea uniforme y fiable en todo el territorio nacional, evitando que errores en los baremos provoquen reconocimientos incorrectos.
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta orden correctiva, el Real Decreto 888/2022 establecía los baremos para evaluar discapacidad con errores materiales en sus anexos que comprometían la uniformidad de valoraciones en todo el territorio español. A diferencia de otros sistemas europeos más descentralizados, España mantiene criterios técnicos unificados basados en la Clasificación Internacional del Funcionamiento de la ONU, alineado con la Directiva europea de accesibilidad (2019/882), aunque su implementación administrativa recae en comunidades autónomas. Esta orden, aprobada por el Ministerio de Derechos Sociales, no introduce cambios sustantivos sino correcciones de erratas que otros países ya habían evitado en procesos de consulta más extensos. La importancia para el ciudadano es fundamental: los errores previos generaban calificaciones dispares que afectaban directamente acceso a prestaciones, empleo protegido y derechos de participación social, perpetuando desigualdades territoriales. Esta rectificación restablece la fiabilidad del sistema y garantiza que el grado reconocido corresponda realmente a la situación funcional evaluada.