Real Decreto-leyNacionalvigente

Real Decreto-ley 13/1997, de 1 de agosto, por el que se autoriza la celebración de un sorteo de la Lotería Nacional a favor de las víctimas del terrorismo.

BOE-A-1997-18424Publicada: 16/08/1997JEFATURA DEL ESTADO

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto-ley 13/1997, de 1 de agosto, por el que se autoriza la celebración ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto-ley 13/1997 autoriza la celebración de un sorteo de la Lotería Nacional a favor de las víctimas del terrorismo, con el objetivo de proporcionar una ayuda económica a sus familiares directos o a quienes hayan sufrido lesiones como consecuencia de actos terroristas. 2. **CONTEXTO** Desde la entrada en vigor del Real Decreto-ley 3/1979, se estableció un sistema de resarcimiento para víctimas de delitos terroristas. Con la Ley 13/1996, se amplió la cobertura para estas víctimas. A pesar de las restricciones presupuestarias, la sociedad española ha exigido una respuesta más amplia y sensible ante los atentados terroristas. El Real Decreto-ley 13/1997 busca responder a esta demanda social mediante un mecanismo de solidaridad colectiva. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto-ley 13/1997, de 1 de agosto de 1997, autoriza al Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado a celebrar un sorteo de la Lotería Nacional durante el año 1997, destinado a las víctimas del terrorismo. Este sorteo se realiza con el fin de obtener beneficios que se destinarán a las víctimas, con atención preferente a aquellas que no han recibido indemnización o se encuentran en situación de necesidad económica. El sorteo se regula en el artículo 1, que establece que el Organismo Nacional de Loterías y Apuestas del Estado podrá celebrar el sorteo durante el ejercicio 1997, en el porcentaje de los beneficios y de acuerdo con las normas que dicte el Ministerio de Economía y Hacienda. En el artículo 2, se establece que los beneficios obtenidos del sorteo serán distribuidos por el Ministerio del Interior y se destinarán a los familiares directos del fallecido que dependan económicamente de él, o a quienes hayan sufrido lesiones físicas o psíquicas como consecuencia de actos terroristas. El artículo 3 establece que el Gobierno, a propuesta conjunta de los Ministros de Economía y Hacienda y del Interior, dictará los criterios de distribución de las ayudas, así como el procedimiento aplicable. La disposición final única establece que el Real Decreto-ley entrará en vigor el mismo día de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». Este Real Decreto-ley se fundamenta en el artículo 86 de la Constitución, que establece que el Presidente del Gobierno puede promulgar normas de urgente aplicación, previa deliberación del Consejo de Ministros. El Real Decreto-ley se emitió a propuesta del Vicepresidente segundo del gobierno y Ministro de Economía y Hacienda, y fue aprobado en la reunión del Consejo de Ministros del día 1 de agosto de 1997. El Real Decreto-ley busca garantizar una respuesta inmediata a las demandas sociales generadas por los últimos acontecimientos terroristas, y se fundamenta en el principio constitucional de solidaridad. El sorteo se realiza con la finalidad de obtener recursos económicos que permitan a las víctimas del terrorismo recibir una ayuda, especialmente aquellas que no han sido resarcidas por la normativa vigente. El Ministerio del Interior se encarga de la gestión de los gastos derivados del sorteo, con la asistencia y dirección técnico-presupuestaria del Ministerio de Economía y Hacienda. Este mecanismo se considera una medida de solidaridad colectiva, en línea con el principio constitucional de solidaridad, que establece que el Estado debe garantizar la protección de los derechos de los ciudadanos, especialmente en situaciones de vulnerabilidad. El Real Decreto-ley se emitió en Palma de Mallorca el 1 de agosto de 1997, y fue firmado por el Presidente del Gobierno, Juan Carlos I, y el Ministro José María Aznar López. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto-ley 13/1997 autoriza un sorteo de la Lotería Nacional a favor de las víctimas del terrorismo. Este mecanismo busca proporcionar una ayuda económica a los familiares directos o a quienes hayan sufrido lesiones como consecuencia de actos terroristas. El Real Decreto-ley se fundamenta en el principio constitucional de solidaridad y se emitió como medida de urgente aplicación. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Autorización de sorteo**: El Real Decreto-ley autoriza la celebración de un sorteo de la Lotería Nacional a favor de las víctimas del terrorismo. ⚠️ **Destino de los beneficios**: Los beneficios obtenidos del sorteo se destinan a los familiares directos o a quienes hayan sufrido lesiones como consecuencia de actos terroristas. 📋 **Procedimiento de distribución**: El Ministerio del Interior se encarga de la distribución de los beneficios, con la asistencia del Ministerio de Economía y Hacienda. ℹ️ **Fundamento constitucional**: El Real Decreto-ley se fundamenta en el artículo 86 de la Constitución, que permite la promulgación de normas de urgente aplicación. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto-ley - **Tipo**: Ley - **Fecha**: 1 de agosto de 1997 - **Materias**: Derecho administrativo, Derecho penal, Derecho de la víctima - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: víctimas del terrorismo, solidaridad, Lotería Nacional, indemnización, derecho administrativo ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto-ley de 1997, el marco de resarcimiento a las víctimas del terrorismo se basaba en el Real Decreto-ley 3/1979, complementado por la Ley 13/1996, que ampliaba la cobertura. Esta normativa estatal, aunque ha ido evolucionando con creciente sensibilidad, se enfrentaba a la necesidad de equilibrar las restricciones presupuestarias, a veces influenciadas por compromisos internacionales y mercados financieros, con la imperiosa demanda social tras los últimos atentados. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener sus propias iniciativas de apoyo, este Real Decreto-ley, aprobado por el Gobierno central, introduce un sorteo específico de la Lotería Nacional para financiar la atención a las víctimas, especialmente a aquellas sin cobertura normativa previa o en situación de necesidad económica. Esta diferencia es crucial para el ciudadano, ya que asegura una respuesta institucional directa y solidaria, gestionada por el Ministerio del Interior, para paliar las consecuencias de actos terroristas, demostrando un compromiso estatal para proteger y asistir a este colectivo vulnerable. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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