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Decreto 8/2023, de 2 de octubre, por el que se convocan elecciones parciales a la Presidencia de aquellas entidades locales menores de la Comunidad Autónoma de Cantabria en las que no se presentaron candidaturas en las pasadas elecciones locales del 28 de mayo de 2023.

BOE-A-2023-20502Publicada: 03/10/2023COMUNIDAD AUTÓNOMA DE CANTABRIA

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es un decreto de la Presidenta de la Comunidad Autónoma de Cantabria, firmado el 2 de octubre de 2023, que convoca elecciones parciales para elegir presidente en diez entidades locales menores de Cantabria. Estas elecciones se celebrarán el domingo 26 de noviembre de 2023, con una campaña electoral de quince días, del 10 al 24 de noviembre de 2023. **¿A quién afecta?** Afecta a los vecinos con derecho a voto de diez entidades locales menores de Cantabria donde nadie se presentó como candidato en las elecciones locales del 28 de mayo de 2023. Estas entidades son: Padierniga (Voto), Coroneles (Valderredible), Revelillas (Valderredible), Agüero (Marina de Cudeyo), Perrozo (Cabezón de Liébana), Obargo (Pesaguero), Muñorrodero (Val de San Vicente), Barrio (Vega de Liébana), Bores (Vega de Liébana) y Tudes (Vega de Liébana). **¿Qué cambia o establece?** Establece una nueva convocatoria electoral para cubrir la presidencia de esas diez entidades locales menores que quedaron sin representación por falta de candidatos. La ley obliga a repetir las elecciones en un plazo máximo de seis meses cuando esto ocurre, por lo que este decreto cumple ese mandato fijando una fecha concreta de votación. El decreto entra en vigor el mismo día de su publicación en el Boletín Oficial de Cantabria y debe difundirse en los medios de comunicación de la región en un plazo máximo de cinco días.

💬 Contexto ciudadano

Antes de este decreto, la LOREG (Ley Orgánica 5/1985) ya establecía la obligación de convocar nuevas elecciones en plazo máximo de seis meses cuando una entidad local no tiene candidatos, pero correspondía a cada comunidad autónoma ejecutar ese mandato mediante decretos específicos. Cantabria cumple así un requisito estatal que todas las CCAA deben seguir, alineándose con estándares europeos de representación democrática local. Esta convocatoria resulta crítica para los ciudadanos porque evita que diez entidades locales menores queden durante cuatro años sin presidencia ni gestión local, afectando servicios básicos en municipios pequeños; aunque el impacto territorial sea limitado, subraya cómo la administración garantiza representatividad incluso en territorios menos poblados.

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