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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio, por el que se regula la organización y funcionamiento del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales.

BOE-A-1997-19430Publicada: 06/09/1997MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio, por el que se ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1269/1997, que regula la organización y funcionamiento del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1269/1997 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) número 188 del 7 de agosto de 1997. Posteriormente, se detectó una errata en el texto del artículo 4, apartado 3, d), último párrafo, tercera línea. Esta errata afecta a la redacción de una frase referente a la extensión de documentos por el Presidente del Consejo. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1269/1997, de 24 de julio, que regula la organización y funcionamiento del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. La errata se encuentra en la página 24079, primera columna, artículo 4, apartado 3, d), último párrafo, tercera línea. En dicha línea, se menciona que «... y por el Presidente del Consejo se extenderá...», lo cual debe corregirse para decir «... y por el Presidente del Consejo de Estado se extenderá...». Esta corrección busca garantizar la precisión en la redacción de la norma, evitando ambigüedades o errores en la denominación del órgano que realiza la extensión de documentos. La errata afecta a la redacción de un párrafo que describe la responsabilidad del Presidente del Consejo en la extensión de documentos oficiales relacionados con el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. La corrección no modifica el contenido sustancial de la norma, sino que corrige un error tipográfico o de redacción. La errata se detectó en el texto publicado en el BOE, lo que justifica la necesidad de una corrección oficial. La corrección se realiza mediante una transcripción de la rectificación oportuna, que se incorpora al texto original del Real Decreto. Esta corrección es relevante para garantizar la precisión de la norma y su correcta aplicación en la gestión del Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. La errata no afecta a los derechos ni obligaciones de los sujetos que se rigen por esta norma, ya que se trata de una corrección formal y no de una modificación sustancial. Por tanto, la corrección no genera nuevos efectos jurídicos, sino que asegura la coherencia y exactitud del texto legal. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1269/1997. La errata afecta a la redacción de un párrafo en el artículo 4, apartado 3, d). La corrección no modifica el contenido sustancial de la norma, sino que garantiza su precisión. La errata fue detectada en el texto publicado en el BOE y se corrigió mediante una transcripción de la rectificación oportuna. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Corrección de errata**: Se corrige un error en el texto del Real Decreto 1269/1997. ⚠️ **No modificación sustancial**: La corrección no altera el contenido jurídico principal de la norma. 📋 **Redacción precisa**: La errata afecta a la redacción de un párrafo en el artículo 4, apartado 3, d). ℹ️ **Relevancia formal**: La corrección es relevante para garantizar la exactitud del texto legal. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Corrección de errata - **Fecha**: 7 de agosto de 1997 (publicación original), corregido posteriormente - **Materias**: Organización y funcionamiento de instituciones públicas, administración pública - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: Real Decreto 1269/1997, Centro de Estudios Políticos y Constitucionales, errata, corrección, redacción legal ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La norma analizada es una corrección de erratas de un Real Decreto de 1997 que regula el Centro de Estudios Políticos y Constitucionales. Antes de esta corrección, existía una imprecisión en el texto original que podía generar dudas sobre quién extendía ciertos documentos, específicamente atribuyéndolo al "Presidente del Consejo" en lugar de al "Presidente del Consejo de Estado". Esta situación, aunque puntual, es relevante porque la claridad en la atribución de funciones a órganos estatales es fundamental para la seguridad jurídica. A diferencia de normativas que establecen competencias generales o directivas europeas con un alcance más amplio, esta corrección se centra en un detalle procedimental interno de un organismo nacional. La aprobación de este tipo de correcciones recae en el propio órgano que emitió la norma original, en este caso, el Gobierno a través de un Real Decreto, y no ha sido objeto de aprobación o rechazo por otras Comunidades Autónomas ni por la UE. Para el ciudadano, la importancia radica en la certeza de saber qué autoridad es competente para realizar determinadas actuaciones, evitando así confusiones y garantizando la validez de los actos administrativos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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