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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1373/1997, de 29 de agosto, por el que se prohibe utilizar determinadas sustancias de efecto hormonal y tireostático y sustancias beta-agonistas de uso en la cría de ganado.

BOE-A-1997-19127Publicada: 30/08/1997MINISTERIO DE LA PRESIDENCIA

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1373/1997, de 29 de agosto, por el que se prohibe utilizar determin ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1373/1997 prohíbe el uso de sustancias de efecto hormonal, tireostáticas y beta-agonistas en la cría de ganado, con el objetivo de proteger la salud pública y la seguridad alimentaria. 2. **CONTEXTO** La utilización ilegal de sustancias anabolizantes en la cría de animales plantea riesgos para la salud de los consumidores y la calidad de los productos alimenticios. La Comunidad Europea, mediante diversas directivas, ha regulado el uso de estas sustancias, pero se necesitaba una normativa más actualizada y efectiva. El Real Decreto 1373/1997 transpone la Directiva 96/22/CE, que prohíbe el uso de ciertas sustancias en la cría de ganado y deroga normativas anteriores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1373/1997, de 29 de agosto de 1997, establece una prohibición general del uso de sustancias de efecto hormonal, tireostáticas y beta-agonistas en la cría de ganado, con el fin de garantizar la seguridad alimentaria y la salud pública. La norma se basa en la Directiva 96/22/CE del Consejo, de 29 de abril, que prohíbe el uso de estas sustancias en la cría de ganado y deroga las Directivas 81/602/CEE, 88/146/CEE y 88/299/CEE. El Real Decreto 1373/1997 deroga los Reales Decretos 1423/1987 y 570/1990, que habían establecido normas sobre sustancias de acción hormonal y tireostática de uso en los animales, así como sobre el intercambio de animales tratados con sustancias hormonales y su carne. Estas normas anteriores permitían excepciones en ciertos casos, lo que generaba incertidumbre y riesgos sanitarios. La norma establece que se prohíbe la posesión, la administración, con fines anabolizantes, a los animales de todas las especies y de los medicamentos veterinarios que contengan estas sustancias. Además, se establece que los responsables de la producción, transformación, distribución o comercialización de estos productos pueden ser sancionados conforme a la normativa vigente, incluyendo el Real Decreto 1945/1983, de 22 de junio, que regula las infracciones y sanciones en materia de defensa del consumidor y de la producción agroalimentaria. El Real Decreto 1373/1997 se dicta al amparo de los artículos 149.1.10.a y 16.a de la Constitución, que atribuyen al Estado la competencia exclusiva en materia de comercio exterior, bases y coordinación general de la sanidad, así como de lo establecido en los artículos 38 y 40.2 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad. La norma establece una disposición adicional única que define los títulos habilitantes para su promulgación. Además, incluye una disposición derogatoria única que deroga los Reales Decretos 1423/1987 y 570/1990, así como cualquier otra norma de igual o menor rango que se oponga a lo dispuesto en el presente Real Decreto. Finalmente, se establecen dos disposiciones finales: una que faculta a los Ministros de Agricultura, Pesca y Alimentación y de Sanidad y Consumo para dictar las disposiciones necesarias para el cumplimiento de la norma, y otra que establece que el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el «Boletín Oficial del Estado». 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1373/1997 prohíbe el uso de sustancias hormonales y beta-agonistas en la cría de ganado. Deroga normativas anteriores y establece medidas de control y sanción. Es una norma clave para la protección de la salud pública y la seguridad alimentaria. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Prohibición general**: Se prohíbe el uso de sustancias hormonales, tireostáticas y beta-agonistas en la cría de ganado. ⚠️ **Derogación normativa**: Se derogaron los Reales Decretos 1423/1987 y 570/1990, que permitían excepciones. 📋 **Control sanitario**: Se establecen medidas de control y sanción para garantizar la seguridad alimentaria. ℹ️ **Fundamento legal**: Se basa en la Directiva 96/22/CE y en la Constitución Española. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Normativa de aplicación - **Fecha**: 29 de agosto de 1997 - **Materias**: Salud pública, seguridad alimentaria, control de sustancias en animales - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: sustancias hormonales, beta-agonistas, seguridad alimentaria, salud pública, control sanitario ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1997, la normativa española ya había transcurrido por varias etapas para prohibir o regular el uso de sustancias hormonales y tireostáticas en la cría de ganado, reflejando la evolución de las directivas europeas. Inicialmente, el Real Decreto 378/1984 introdujo prohibiciones basadas en la Directiva 81/602/CEE, que luego fue sustituida por el Real Decreto 1423/1987, transponiendo directivas más recientes. El Real Decreto 570/1990 introdujo excepciones para el comercio intracomunitario e importaciones de animales tratados. La diferencia clave con la normativa anterior y otras CCAA, que se alinean con la Directiva 96/22/CE, es la prohibición explícita de sustancias beta-agonistas con fines anabolizantes, además de las hormonales y tireostáticas, para proteger la salud pública y la calidad alimentaria. Esta prohibición es crucial para el ciudadano, ya que garantiza una mayor seguridad en el consumo de productos de origen animal, al eliminar el riesgo de residuos de estas sustancias que pueden ser perjudiciales. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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