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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española de Patentes y Marcas.

BOE-A-1997-19126Publicada: 30/08/1997Ministerio de la Presidencia

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, por el que se regula la Oficina Española ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1270/1997 regula la estructura orgánica de la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), modificando su organización interna y derogando normas anteriores que ya no son aplicables. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se emitió en 1997 con el objetivo de adaptar la estructura de la OEPM a la nueva organización del Ministerio de Industria y Energía. Anteriormente, la OEPM estaba regulada por el Reglamento Orgánico aprobado en 1977, que fue modificado en 1993. La Ley 21/1992 modificó la denominación y funciones de la OEPM, lo que generó la necesidad de una nueva regulación. El Real Decreto 1270/1997 introduce cambios significativos en la organización interna de la OEPM, incluyendo la supresión de un Departamento y una nueva regulación del Consejo de Dirección. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1270/1997, de 24 de julio, establece una nueva estructura orgánica para la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM), que se encuentra adscrita al Ministerio de Industria y Energía. La norma introduce modificaciones en la organización interna de la OEPM, con el objetivo de simplificar su estructura y adaptarla a la nueva configuración del Ministerio. Entre los cambios principales se encuentra la supresión de un Departamento existente, así como una nueva regulación del Consejo de Dirección, que se convierte en el órgano superior de gobierno de la OEPM. El Real Decreto establece que las unidades y puestos de trabajo con nivel orgánico inferior a Subdirección General continuarán subsistentes y serán retribuidos con cargo a los mismos créditos presupuestarios hasta que se aprueben las relaciones de puestos de trabajo adaptadas a la nueva estructura. La adaptación no podrá suponer incremento de gasto público. Las unidades y puestos de trabajo encuadrados en los órganos suprimidos se adscribirán provisionalmente a los órganos regulados en el Real Decreto, en función de las atribuciones que éstos tengan asignados. En materia de derogación, el Real Decreto establece que quedan derogadas cuantas normas de igual o inferior rango se opongan a lo dispuesto en el presente Real Decreto, incluyendo el Reglamento Orgánico de la OEPM aprobado en 1977 y modificado en 1993. Además, se autoriza al Ministerio de Industria y Energía para adoptar las medidas necesarias para el desarrollo y ejecución del Real Decreto. Por su parte, el Ministerio de Economía y Hacienda se encargará de llevar a cabo las modificaciones presupuestarias necesarias. Finalmente, el Real Decreto entrará en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1270/1997 modifica la estructura orgánica de la OEPM, simplificando su organización interna y derogando normas anteriores. La norma establece una nueva regulación del Consejo de Dirección y suprime un Departamento. Además, se autoriza al Ministerio de Industria y Energía para adoptar medidas de desarrollo y se establecen modificaciones presupuestarias. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Modificación de estructura orgánica**: Se simplifica la organización interna de la OEPM, suprimiendo un Departamento y modificando el Consejo de Dirección. ⚠️ **Derogación de normas anteriores**: El Reglamento Orgánico de la OEPM aprobado en 1977 y modificado en 1993 queda derogado. 📋 **Autorización de desarrollo**: El Ministerio de Industria y Energía puede adoptar medidas necesarias para la aplicación del Real Decreto. ℹ️ **Entrada en vigor**: El Real Decreto entra en vigor el día siguiente a su publicación en el Boletín Oficial del Estado. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Reglamento Orgánico - **Fecha**: 24 de julio de 1997 - **Materias**: Propiedad Industrial, Patentes, Marcas, Organización Administrativa - **Relevancia**: ALTA - **Palabras clave**: OEPM, estructura orgánica, Reglamento Orgánico, Consejo de Dirección, derogación, Ministerio de Industria y Energía ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1997, la Oficina Española de Patentes y Marcas (OEPM) se regía por el Reglamento Orgánico del Registro de la Propiedad Industrial de 1977, modificado por la Ley de Industria de 1992 y el Real Decreto de 1993. Esta normativa estatal, que evolucionó desde la Ley de 1975, configuraba al Registro como organismo autónomo con una estructura definida. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que no tienen competencias directas en esta materia, la regulación de la OEPM es nacional. La aprobación recae en el Consejo de Ministros, a propuesta de los ministerios implicados y con el visto bueno del Consejo de Estado. Para el ciudadano, esta evolución normativa importa porque busca simplificar la estructura y mejorar la gobernanza de la OEPM, lo que puede traducirse en una gestión más eficiente de las patentes y marcas, trámites más ágiles y una mayor seguridad jurídica en el ámbito de la propiedad industrial. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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