Real Decreto 1382/1997, de 29 de agosto, sobre ampliación de los medios adscritos a los servicios traspasados a la Ciudad de Melilla en materia de cultura.
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1382/1997, de 29 de agosto, sobre ampliación de los medios adscrito ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1382/1997, de 29 de agosto, establece la ampliación de los medios adscritos a los servicios de cultura traspasados a la Ciudad de Melilla, en cumplimiento de los acuerdos previos entre la Administración del Estado y la Ciudad de Melilla. **2. CONTEXTO** La Constitución Española, en su artículo 149.1.28.a, atribuye al Estado la competencia exclusiva en materia de defensa del patrimonio cultural, artístico y monumental, así como en la gestión de museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal. Sin embargo, el Estatuto de Autonomía de Melilla, aprobado por Ley Orgánica 2/1995, de 13 de marzo, otorga a la Ciudad de Melilla competencias en materia de museos, archivos, bibliotecas y conservatorios de interés local, que no sean de titularidad estatal. El Acuerdo de traspaso de funciones y servicios a la Ciudad de Melilla en materia de cultura establece que la Ciudad ejercerá las funciones que venía realizando la Administración del Estado sobre gestión de archivos, bibliotecas, museos y demás centros análogos de titularidad estatal, según los convenios suscritos. El Real Decreto 1412/1995, de 4 de agosto, regula el procedimiento de traspaso de funciones y servicios a la Ciudad de Melilla. La Comisión Mixta de Transferencias, prevista en el Estatuto de Autonomía, adoptó un acuerdo en su reunión del 23 de julio de 1997, que necesitaba su aprobación mediante Real Decreto. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1382/1997, de 29 de agosto, tiene por objeto la ampliación de los medios adscritos a los servicios de cultura traspasados a la Ciudad de Melilla, en cumplimiento de los acuerdos previos. El Real Decreto establece que la Ciudad de Melilla ejercerá las funciones que venía realizando la Administración del Estado sobre gestión de archivos, bibliotecas, museos y demás centros análogos de titularidad estatal, según los convenios suscritos entre ambas Administraciones. El Real Decreto 1412/1995, de 4 de agosto, establece las normas y el procedimiento a que han de ajustarse los traspasos de funciones y servicios de la Administración del Estado a la Ciudad de Melilla. De conformidad con este Real Decreto, la Comisión Mixta de Transferencias, prevista en la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Melilla, adoptó un acuerdo en su reunión del 23 de julio de 1997, que necesitaba su aprobación mediante Real Decreto. El Real Decreto 1382/1997, de 29 de agosto, se emite en virtud de la disposición transitoria segunda del Estatuto de Autonomía de Melilla, a propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 29 de agosto de 1997. El Real Decreto incluye una relación de personal y una valoración del coste efectivo correspondiente a los servicios que se traspasan a la Ciudad de Melilla. La relación de personal incluye nombres, números de identificación, cargos, remuneraciones y otros datos. La valoración del coste efectivo se refiere a los servicios de la Biblioteca Pública, con un total de 61.946.845 pesetas en 1997. El Real Decreto establece que el señor Carrillo Alarcón, en su Servicio Social Sustitutorio, se encuentra sustituido por el temporal don Juan López Gómez hasta el 22 de junio de 1997. Los emolumentos del señor Carrillo van reflejados al 100 por 100. El Real Decreto 1382/1997, de 29 de agosto, se emite en cumplimiento de los acuerdos previos y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión de los servicios de cultura en la Ciudad de Melilla. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1382/1997, de 29 de agosto, establece la ampliación de los medios adscritos a los servicios de cultura traspasados a la Ciudad de Melilla. Se emite en cumplimiento de los acuerdos previos y con el fin de garantizar la continuidad de la gestión de los servicios de cultura en la Ciudad de Melilla. El Real Decreto incluye una relación de personal y una valoración del coste efectivo correspondiente a los servicios que se traspasan. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Ampliación de medios**: El Real Decreto establece la ampliación de los medios adscritos a los servicios de cultura traspasados a la Ciudad de Melilla. ⚠️ **Traspaso de funciones**: La Ciudad de Melilla ejerce funciones que venía realizando la Administración del Estado sobre gestión de archivos, bibliotecas, museos y demás centros análogos de titularidad estatal. 📋 **Relación de personal**: El Real Decreto incluye una relación de personal con datos de identificación, cargos y remuneraciones. ℹ️ **Valoración del coste**: Se incluye una valoración del coste efectivo correspondiente a los servicios que se traspasan a la Ciudad de Melilla. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma - **Fecha**: 29 de agosto de 1997 - **Materias**: Cultura, Administración pública, Traspaso de funciones - **Relevancia**: ALTA **Palabras clave**: Real Decreto 1382/1997, traspaso de funciones, servicios de cultura, Ciudad de Melilla, gestión de archivos, bibliotecas, museos, Constitución Española, Estatuto de Autonomía de Melilla, Comisión Mixta de Transferencias. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de este Real Decreto, la competencia exclusiva del Estado sobre el patrimonio cultural español y la gestión de museos, bibliotecas y archivos de titularidad estatal estaba claramente definida por la Constitución. El Estatuto de Autonomía de Melilla, aprobado en 1995, ya otorgaba a la Ciudad competencias sobre centros de interés local no estatales. Este Real Decreto aprueba un acuerdo de la Comisión Mixta de Transferencias que amplía los medios adscritos a los servicios culturales ya traspasados a Melilla, incluyendo personal y créditos. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que ya ejercen amplias competencias culturales, Melilla, como ciudad autónoma, ve así reforzada su capacidad de gestión sobre centros de titularidad estatal, lo que importa al ciudadano melillense al permitirle una administración cultural más cercana y adaptada a sus necesidades específicas, sin detrimento de la competencia estatal en la defensa del patrimonio. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────