Saltar al contenido principal
Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1430/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba la reglamentación técnico-sanitaria específica de los productos alimenticios destinados a ser utilizados en dietas de bajo valor energético para reducción de peso.

BOE-A-1997-20317Publicada: 24/09/1997Ministerio de la Presidencia

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1430/1997, de 15 de septiembre, por el que se aprueba la reglamenta ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1430/1997 establece la reglamentación técnico-sanitaria específica para los productos alimenticios destinados a dietas de bajo valor energético con el fin de reducir el peso, asegurando su seguridad y eficacia. 2. **CONTEXTO** Este Real Decreto se dicta como respuesta a la Directiva 96/8/CE de la Comisión Europea, que establece normas para productos alimenticios destinados a dietas de bajo valor energético. La normativa previa, como el Real Decreto 2685/1976, fue modificada en múltiples ocasiones para adaptarse a los nuevos estándares. El objetivo es garantizar que los productos cumplen con criterios sanitarios y nutricionales que permitan una reducción de peso sin riesgos para la salud. La norma se fundamenta en la Constitución Española y en la Ley General de Sanidad, y se elaboró tras escuchar a los sectores afectados y emitir un informe de la Comisión Interministerial para la Ordenación Alimentaria. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1430/1997, de 15 de septiembre, regula los productos alimenticios destinados a dietas de bajo valor energético para la reducción de peso. Se basa en la Directiva 96/8/CE de la Comisión Europea, que establece requisitos mínimos para estos productos, y en la Directiva 89/398/CEE, que establece la necesidad de una regulación específica. El Real Decreto se fundamenta en los artículos 149.1.10.ª y 16.ª de la Constitución Española, que otorgan al Estado la competencia para regular la salud pública y la seguridad alimentaria, y en los artículos 38, 40.2 y 40.4 de la Ley 14/1986, de 25 de abril, General de Sanidad, que regulan la protección de la salud pública y la seguridad de los alimentos. El Real Decreto establece que los productos alimenticios destinados a dietas de bajo valor energético deben cumplir con requisitos específicos de composición, como el contenido de nutrientes, la relación entre proteínas y carbohidratos, y la ausencia de sustancias peligrosas. En el Anexo I del Real Decreto se detalla la composición mínima de nutrientes que deben tener estos productos, incluyendo vitaminas y minerales esenciales. Por ejemplo, se establece que deben contener al menos 100 mg de vitamina C por 100 g de producto, 1,2 mg de vitamina B1, 0,4 mg de vitamina B2, 1,5 µg de vitamina B12, y otros minerales como hierro, zinc, cobre, yodo, selenio, sodio, magnesio y manganeso. Estos valores están basados en las necesidades nutricionales establecidas por la Organización Mundial de la Salud y se ajustan a las recomendaciones internacionales. En el Anexo II se detalla la tabla de necesidades de aminoácidos, que establece los niveles mínimos de cistina + metionina, histidina, isoleucina, leucina, lisina, fenilalanina + tirosina, treonina y triptófano por cada 100 g de proteína. Estos valores están basados en el informe de la OMS de 1985, que establece las necesidades de energía y proteínas para una dieta equilibrada. El Real Decreto también establece que los productos deben ser elaborados bajo condiciones higiénicas y sanitarias, y deben cumplir con las normas de seguridad alimentaria vigentes. Además, el Real Decreto establece que los productos deben ser etiquetados de forma clara y precisa, indicando su composición, uso recomendado, y posibles efectos secundarios. También se establece que los productos deben ser sometidos a controles periódicos para garantizar su calidad y seguridad. La norma se aplica a todos los productos alimenticios destinados a dietas de bajo valor energético, incluyendo aquellos utilizados en programas de pérdida de peso, dietas controladas y regímenes especiales. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1430/1997 establece una normativa específica para productos alimenticios destinados a dietas de bajo valor energético. Establece requisitos mínimos de nutrientes, condiciones de elaboración y etiquetado, y se fundamenta en normativas europeas y nacionales. La norma busca garantizar la seguridad y eficacia de estos productos. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Reglamentación específica**: El Real Decreto establece una normativa específica para productos alimenticios destinados a dietas de bajo valor energético. ⚠️ **Cumplimiento de normas europeas**: La norma se basa en la Directiva 96/8/CE y en la Directiva 89/398/CEE, que establecen requisitos mínimos para estos productos. 📋 **Requisitos nutricionales**: Establece niveles mínimos de vitaminas, minerales y aminoácidos que deben tener los productos. ℹ️ **Control sanitario**: Los productos deben cumplir con condiciones higiénicas y sanitarias, y ser sometidos a controles periódicos. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: España - **Fuente**: Real Decreto 1430/1997 - **Tipo**: Reglamento técnico-sanitario - **Fecha**: 15 de septiembre de 1997 - **Materias**: Alimentación, salud pública, nutrición, seguridad alimentaria - **Relevancia**: ALTA - **Nota**: La norma establece una regulación específica para productos alimenticios destinados a dietas de bajo valor energético, con el objetivo de garantizar su seguridad y eficacia. Es relevante para la industria alimentaria, los profesionales de la salud y los consumidores que utilizan estos productos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto de 1997, la normativa española sobre preparados alimenticios para dietas especiales se regía por el Real Decreto 2685/1976 y sus posteriores modificaciones, que abarcaban una gama más amplia de productos. La presente norma surge como una adaptación necesaria a la Directiva 96/8/CE de la Comisión Europea, que buscaba armonizar la regulación de los productos para dietas de bajo valor energético para la reducción de peso, dada su importancia para la salud pública. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que podrían tener normativas más específicas o estar en proceso de adaptación, este Real Decreto establece un marco nacional. Su aprobación, impulsada por varios ministerios y con informes preceptivos, es crucial para el ciudadano porque garantiza que estos productos, al ser consumidos para perder peso, cumplan requisitos de composición y etiquetado que aseguren un déficit energético controlado y un aporte nutricional equilibrado, minimizando riesgos para la salud. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

Comparte:🦋 Bluesky𝕏 Twitterin LinkedIn

¿Esta ley afecta a tu empresa o clientes?

Consulta el articulado completo con jurisprudencia del Tribunal Supremo, doctrina DGT y resoluciones TEAC en Atlas Iuris.

Explorar Atlas Iuris →