Acuerdo entre el Gobierno del Reino de España representado por el Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana/Dirección General de la Marina Mercante y el Gobierno del Reino Hachemí de Jordania representado por el Ministerio de Transportes/la Comisión Marítima de Jordania, relativo al reconocimiento de títulos conforme a lo dispuesto en el Convenio internacional sobre normas de formación, titulación y guardia de la gente de mar, 1978, en su forma enmendada, hecho en Madrid el 19 de juni
¿Qué dice esta ley?
**¿Qué es?** Es un acuerdo bilateral firmado el 19 de junio de 2023 entre España (a través de la Dirección General de la Marina Mercante) y Jordania (a través de la Comisión Marítima de Jordania) para el reconocimiento mutuo de los títulos profesionales de la gente de mar. El acuerdo se enmarca en el Convenio internacional STCW de 1978, que fija las normas mundiales de formación y titulación para quienes trabajan a bordo de buques. **¿A quién afecta?** Afecta a los marinos profesionales —capitanes, oficiales y operadores de radio— que posean títulos expedidos por España o por Jordania y deseen trabajar en buques bajo la autoridad del otro país. También afecta a las administraciones marítimas de ambos Estados, que quedan obligadas a cumplir los procedimientos de reconocimiento, verificación e intercambio de información establecidos en el acuerdo. **¿Qué cambia o establece?** El acuerdo establece que cada país reconocerá oficialmente los títulos del otro mediante un documento llamado refrendo, siempre que la Organización Marítima Internacional haya confirmado que ambas administraciones cumplen plenamente el Convenio STCW. Obliga a ambas partes a compartir información sobre la validez y autenticidad de los títulos cuando la otra lo solicite, a permitir inspecciones de sus instalaciones de formación y a comunicar cualquier cambio relevante en sus sistemas de enseñanza en un plazo de noventa días. Si un refrendo se suspende o revoca, la otra parte debe ser informada. El acuerdo tiene una vigencia inicial indefinida con renovación automática cada cinco años, y puede darse por terminado con seis meses de preaviso.
💬 Contexto ciudadano
El Convenio STCW de 1978 —y sus enmiendas de Manila de 2010— establece los estándares mínimos de formación y certificación para la gente de mar, exigiendo acuerdos bilaterales de reconocimiento para que los titulados de un país trabajen en buques de otro. España tiene firmados varios de estos acuerdos con países de gran tradición marinera como Filipinas, Ucrania e India, que nutren habitualmente la flota española. El acuerdo con Jordania responde a la demanda de marinos jordanos para trabajar en buques bajo bandera española en el marco de la cooperación técnica euromediterránea, reforzando las relaciones bilaterales en un contexto de vecindad estratégica. El mecanismo de inspección cruzada de instalaciones de formación previsto en el acuerdo introduce un nivel de verificación más robusto que el contemplado en acuerdos anteriores, elevando los estándares de control de calidad en la formación marítima mutua.