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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1325/1997, de 1 de agosto, sobre ampliación de medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado traspasados a la Comunidad Foral de Navarra por el Real Decreto 1393/1988, de 18 de noviembre.

BOE-A-1997-20865Publicada: 01/10/1997MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1325/1997, de 1 de agosto, sobre ampliación de medios adscritos a l ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1325/1997, de 1 de agosto, aprueba el acuerdo de la Junta de Transferencias de 3 de julio de 1997, que modifica el anexo II del Real Decreto 1393/1988, de 18 de noviembre, con el fin de traspasar a la Comunidad Foral de Navarra los medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado que le corresponden. **2. CONTEXTO** La Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, establece que la transferencia de servicios a la Comunidad Foral de Navarra se realizará mediante acuerdo entre el Gobierno de la Nación y la Diputación Foral. El Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, regula esta transferencia, y la Junta de Transferencias, creada en su artículo 2, considera necesario modificar el anexo II del Real Decreto 1393/1988. El Real Decreto 1393/1988, de 18 de noviembre, trasfiere servicios a la Comunidad Foral, pero no incluye ciertos bienes inmuebles, como el almacén en la calle Gorriti, 24, bajo, de Pamplona. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1325/1997, de 1 de agosto, se fundamenta en la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, que establece la transferencia de servicios a la Comunidad Foral de Navarra mediante acuerdo entre el Gobierno de la Nación y la Diputación Foral. El Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, regula esta transferencia y establece la creación de la Junta de Transferencias, cuya reunión del 3 de julio de 1997 adopta un acuerdo para modificar el anexo II del Real Decreto 1393/1988, de 18 de noviembre. Este acuerdo se aprueba mediante el presente Real Decreto, que se fundamenta en la propuesta del Ministro de Administraciones Públicas y en la deliberación del Consejo de Ministros del 1 de agosto de 1997. El Real Decreto 1325/1997 aprueba el acuerdo de la Junta de Transferencias de 3 de julio de 1997, que modifica el anexo II del Real Decreto 1393/1988, de 18 de noviembre, con el fin de traspasar a la Comunidad Foral de Navarra los medios a que se refiere dicho acuerdo. En consecuencia, se traspasan los medios mencionados en el acuerdo, en los términos y condiciones que allí se especifican. El traspaso se efectúa de acuerdo con los artículos 9 y 10 del Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, que regulan la transferencia de bienes, derechos y obligaciones. El Real Decreto 1325/1997 establece que el traspaso de los medios patrimoniales tendrá efectividad a partir del 1 de septiembre de 1997. Además, se menciona que el inmueble en cuestión, el almacén situado en la calle Gorriti, 24, bajo, de Pamplona, fue objeto de un expediente de compra por parte del Estado, que ha finalizado y está inscrito en el Registro de la Propiedad a favor del Estado y en el Inventario General de Bienes del Estado. En consecuencia, se procede al traspaso definitivo del inmueble a la Comunidad Foral de Navarra y a la cancelación de la deuda de superficie reconocida en el Real Decreto 1393/1988, de 18 de noviembre. En la relación número 1, se detalla el inmueble que se traspasa, con su superficie, nombre y uso, localidad y dirección, situación jurídica y observaciones. El inmueble en cuestión es un almacén de 95 metros cuadrados, propiedad del Estado, situado en la calle Gorriti, 24, bajo, de Pamplona. La cancelación de la deuda de superficie se efectúa en compensación por la retrocesión del inmueble a favor del Estado. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1325/1997 aprueba el acuerdo de la Junta de Transferencias que modifica el anexo II del Real Decreto 1393/1988, con el fin de traspasar a la Comunidad Foral de Navarra los medios patrimoniales correspondientes. El traspaso se efectúa de acuerdo con el Real Decreto 2356/1984, y tiene efectividad a partir del 1 de septiembre de 1997. Se traspasa el inmueble de 95 metros cuadrados en la calle Gorriti, 24, bajo, de Pamplona, y se cancela la deuda de superficie reconocida en el Real Decreto 1393/1988. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Traspaso de medios patrimoniales**: Se traspasan a la Comunidad Foral de Navarra los medios adscritos a los servicios de la Administración del Estado que le corresponden. ⚠️ **Cancelación de deuda de superficie**: Se cancela la deuda de superficie reconocida en el Real Decreto 1393/1988, en compensación por la retrocesión del inmueble a favor del Estado. 📋 **Fecha de efectividad**: El traspaso tiene efectividad a partir del 1 de septiembre de 1997. ℹ️ **Relación de bienes traspasados**: Se detalla en la relación número 1 el inmueble que se traspasa, con su superficie, ubicación y situación jurídica. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma de traspaso de bienes - **Fecha**: 1 de agosto de 1997 - **Materias**: Transferencia de bienes, derechos y obligaciones, Comunidad Foral de Navarra, Administración del Estado - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Este Real Decreto de 1997 formaliza la ampliación de medios adscritos a servicios ya transferidos a Navarra, basándose en la disposición transitoria cuarta de su Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral. Previamente, el Real Decreto 1393/1988 estableció las bases de estas transferencias, y el presente norma actualiza un anexo de aquel. A diferencia de otras Comunidades Autónomas que operan bajo un régimen de transferencia de competencias más genérico, Navarra tiene un procedimiento específico derivado de su singularidad foral, aprobado por el Gobierno central y la Diputación Foral a través de la Junta de Transferencias. Esta diferencia es crucial para el ciudadano navarro, ya que garantiza la continuidad y adaptación de los servicios públicos transferidos, asegurando que se prestan con los recursos adecuados y conforme a las competencias forales, evitando así posibles déficits o desajustes en la provisión de servicios públicos. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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