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Real DecretoNacionalvigente

Real Decreto 1324/1997, de 1 de agosto, sobre ampliación de funciones y servicios traspasados a la Comunidad Foral de Navarra en materia de juventud (TIVE).

BOE-A-1997-20864Publicada: 01/10/1997MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Real Decreto 1324/1997, de 1 de agosto, sobre ampliación de funciones y servicio ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ **1. QUÉ RESUELVE** El Real Decreto 1324/1997, de 1 de agosto, aprueba el acuerdo de la Junta de Transferencias de 3 de julio de 1997, mediante el cual se amplían las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados en materia de juventud (TIVE) a la Comunidad Foral de Navarra. **2. CONTEXTO** Este Real Decreto se inscribe en el marco de la transferencia de competencias y servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra, según la Ley Orgánica 13/1982, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra. La transferencia se realiza mediante acuerdo entre el Gobierno de la Nación y la Diputación Foral, y se promulga mediante Real Decreto. El Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, establece las normas reguladoras de dicha transferencia, incluyendo la constitución de la Junta de Transferencias, que aprueba el acuerdo de ampliación de funciones en materia de juventud. **3. CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto 1324/1997, de 1 de agosto, regula la ampliación de funciones y servicios de la Administración del Estado en materia de juventud (TIVE) a la Comunidad Foral de Navarra. La transferencia se lleva a cabo en cumplimiento de la disposición transitoria cuarta de la Ley Orgánica 13/1992, de 10 de agosto, de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra, que establece que la transferencia de servicios se realizará previo acuerdo con la Diputación Foral y se promulgará mediante Real Decreto. El Real Decreto 2356/1984, de 19 de diciembre, establece las normas reguladoras de la transferencia de servicios de la Administración del Estado a la Comunidad Foral de Navarra. En su artículo 2, se prevé la constitución de la Junta de Transferencias, que, tras considerar la conveniencia y legalidad de realizar la ampliación de los traspasos en materia de juventud (TIVE), adoptó en su reunión del día 3 de julio de 1997 el oportuno acuerdo, que para su efectividad exige la aprobación mediante Real Decreto. En virtud de ello, el Real Decreto 1324/1997, de 1 de agosto, aprueba el acuerdo de la Junta de Transferencias de 3 de julio de 1997, mediante el cual se amplían las funciones y servicios de la Administración del Estado traspasados en materia de juventud a la Comunidad Foral de Navarra. El acuerdo se incluye como anexo del Real Decreto. En el artículo 2, se establece que los traspasos a que se refiere el Real Decreto tendrán efectividad a partir de la fecha señalada en el acuerdo de la Junta de Transferencias, sin perjuicio de que el Ministerio de Trabajo y Asuntos Sociales traspase los servicios en el plazo de un mes desde la publicación del Real Decreto que lo aprueba, y de conformidad con el artículo 8 del Real Decreto 1958/1983, de 29 de junio. En el artículo 7, se establece que la ampliación de funciones y servicios objeto de este acuerdo tendrá efectividad a partir del día 1 de septiembre de 1997. Además, se incluyen relaciones detalladas de bienes, derechos y obligaciones del Estado adscritos a los servicios que se traspasan, como el inventario de inmuebles, la relación de personal y puestos de trabajo vacantes, y el coste total anual asociado al traspaso. El Real Decreto 1324/1997, de 1 de agosto, se publica en el Boletín Oficial del Estado el 1 de agosto de 1997, y se expide en Madrid el 3 de julio de 1997, firmado por los Secretarios de la Junta de Transferencias, Rosa Rodríguez Pascual y José Antonio Razquin Lizarraga. **4. CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto 1324/1997, de 1 de agosto, aprueba el acuerdo de ampliación de funciones y servicios en materia de juventud (TIVE) a la Comunidad Foral de Navarra. La transferencia se realiza en cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982 y se efectiva a partir del 1 de septiembre de 1997. El acuerdo incluye una relación detallada de bienes, personal y costes asociados al traspaso. **5. PUNTOS CLAVE** ✅ **Transferencia de funciones y servicios en materia de juventud (TIVE)** a la Comunidad Foral de Navarra. ⚠️ **Cumplimiento de la Ley Orgánica 13/1982** y el acuerdo entre el Estado y la Diputación Foral. 📋 **Incluye relaciones detalladas de bienes, personal y costes** asociados al traspaso. ℹ️ **Efectividad del traspaso a partir del 1 de septiembre de 1997**. **6. FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Real Decreto - **Tipo**: Norma reguladora - **Fecha**: 1 de agosto de 1997 - **Materias**: Transferencia de servicios, juventud, Comunidad Foral de Navarra - **Relevancia**: ALTA **Palabras totales**: 680 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

Antes de este Real Decreto, las competencias en materia de juventud en Navarra estaban gestionadas por la Administración del Estado, tal como se establecía en la Ley Orgánica de Reintegración y Amejoramiento del Régimen Foral de Navarra y regulado por un Real Decreto de 1984. Esta norma actualiza y amplía las funciones y servicios ya traspasados a la Comunidad Foral, siguiendo el procedimiento de acuerdo entre la Diputación Foral y el Gobierno de la Nación, y formalizado mediante Real Decreto. A diferencia de otras comunidades autónomas que pudieron haber recibido transferencias de forma más general o en momentos distintos, Navarra sigue un proceso específico derivado de su régimen foral. Esta diferencia es relevante para el ciudadano navarro, ya que determina qué administración pública es la responsable directa de la gestión de las políticas y servicios de juventud, afectando a la proximidad y especificidad de las mismas. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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