Ley OrdinariaAutonómicovigente

Ley 4/2023, de 6 de julio, de ordenación y gestión integrada del litoral de Galicia.

BOE-A-2023-19356Publicada: 14/09/2023Comunidad Autónoma de Galicia

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** Es una ley de la Comunidad Autónoma de Galicia que establece un marco propio para ordenar y gestionar de forma integrada su litoral. Galicia cuenta con más de 2.500 kilómetros de costa —incluyendo perímetro costero, islas y marismas— y esta ley recoge esa realidad geográfica excepcional, con sus rías, acantilados y ecosistemas marino-costeros, como punto de partida para una regulación específica y adaptada al territorio gallego. **¿A quién afecta?** Afecta a todas las personas que viven, trabajan o desarrollan actividades en el litoral gallego: pescadores, mariscadores, empresas del sector marítimo-pesquero, personas dedicadas a la acuicultura, quienes operan en puertos autonómicos y, en general, cualquier ciudadano con intereses o actividades vinculados a la costa. También incumbe a los municipios costeros y a las administraciones que actúan en ese espacio. **¿Qué cambia o establece?** La ley ejerce las competencias que el Estatuto de Autonomía de Galicia reconoce a la comunidad en materia de ordenación del territorio y del litoral, pesca en aguas interiores, marisqueo, acuicultura, puertos autonómicos y protección del medio ambiente. Frente a la dispersión normativa anterior, la ley articula en un único texto la regulación de los espacios costeros que pertenecen al territorio autonómico, al tiempo que fija las bases para proteger la sostenibilidad ambiental, social y económica del litoral y preservar su patrimonio natural y cultural.

💬 Contexto ciudadano

Galicia posee el litoral más complejo de la Península Ibérica —más de 2.500 kilómetros de costa con rías, estuarios y marismas— y un sector marisquero y de acuicultura de importancia estratégica para la economía autonómica. Antes de esta ley, la gestión del litoral gallego se regía por la Ley de Costas estatal de 1988 y múltiples normas autonómicas sectoriales sin integración, lo que generaba solapamientos competenciales y dificultades de coordinación. La nueva ley ejerce competencias propias reconocidas en el Estatuto de Autonomía —pesca en aguas interiores, puertos autonómicos, ordenación del territorio— para crear un marco coordinado que la legislación estatal no cubre suficientemente. Comparativamente, Portugal cuenta con instrumentos de gestión integrada de la costa y Francia con la Loi Littoral de 1986, ambos con mayor tradición institucional. La convergencia con los principios de la Directiva Marco de Estrategia Marina de la UE es un elemento diferenciador positivo respecto a leyes de costas de otras comunidades autónomas.

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