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Ley 3/2023, de 4 de julio, reguladora de los juegos de Galicia.

BOE-A-2023-19355Publicada: 14/09/2023Comunidad Autónoma de Galicia

¿Qué dice esta ley?

**¿Qué es?** La Ley 3/2023, de 4 de julio, es la nueva ley de Galicia que regula los juegos de azar y las apuestas en esa comunidad autónoma. Sustituye a la anterior ley de 1985, que había quedado obsoleta ante los cambios tecnológicos y sociales del sector. Galicia tiene competencia exclusiva en esta materia según su Estatuto de autonomía, con la única excepción de las apuestas mutuas deportivo-benéficas. **¿A quién afecta?** Afecta a cualquier persona que quiera acceder o explotar establecimientos de juego en Galicia —casinos, salas de bingo, salones de juego y tiendas de apuestas—, así como a los ciudadanos que los frecuentan, especialmente los menores de edad y las personas con problemas de adicción al juego, que reciben una protección reforzada. **¿Qué cambia o establece?** La ley fija un número máximo de establecimientos autorizables en todo el territorio gallego: 4 casinos, 4 salas adicionales de casino, 12 bingos, 118 salones de juego y 41 tiendas de apuestas. Todas las autorizaciones, tanto las ya existentes como las futuras, tendrán una duración de quince años y se concederán mediante concurso público. Se exige autorización administrativa previa para ejercer cualquier actividad de juego, y el silencio administrativo tiene efecto desestimatorio (es decir, si la Administración no responde, se entiende denegada la solicitud). Estas medidas se justifican en la protección de la salud, el orden público y la lucha contra el fraude.

💬 Contexto ciudadano

La Ley gallega de juegos de azar de 2023 sustituye a la norma de 1985, reflejando cuatro décadas de transformaciones en el sector: proliferación de terminales de apuesta deportiva, irrupción del juego online y creciente reconocimiento del juego problemático como problema de salud pública. El modelo adoptado —con número máximo de establecimientos fijado por ley y concesiones de 15 años mediante concurso público— es más restrictivo que el vigente en comunidades como la Comunitat Valenciana o Andalucía, que operan con mayor flexibilidad de oferta. Comparativamente, el modelo gallego se aproxima al sistema de licencias tasadas de los Países Bajos o Dinamarca, que limitan deliberadamente el número de operadores para facilitar la supervisión y reducir la exposición social al juego problemático. El efecto desestimatorio del silencio administrativo —una rareza en la regulación económica española post-Directiva de Servicios— refuerza el control preventivo frente a la proliferación de establecimientos.

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