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Real DecretoNacionalvigente

Corrección de erratas del Real Decreto 1473/1997, de 19 de septiembre, por el que se crea la Misión Diplomática permanente de España en la República de Bosnia-Herzegovina.

BOE-A-1997-21716Publicada: 14/10/1997MINISTERIO DE ADMINISTRACIONES PÚBLICAS

¿Qué dice esta ley?

═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-06-01 Fuente original: ES-BOE — Corrección de erratas del Real Decreto 1473/1997, de 19 de septiembre, por el qu ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1473/1997, que establece la creación de la Misión Diplomática permanente de España en Bosnia-Herzegovina. 2. **CONTEXTO** El Real Decreto 1473/1997 fue publicado en el Boletín Oficial del Estado el 27 de septiembre de 1997. Posteriormente, se detectó una errata en el texto del mismo, relacionada con la referencia a una ley. Esta errata fue corregida mediante el presente Real Decreto, que se publica en el mismo Boletín Oficial del Estado. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1473/1997, de 19 de septiembre, por el que se crea la Misión Diplomática permanente de España en la República de Bosnia-Herzegovina. La errata afecta a la página 28332, primera columna, párrafo tercero, línea segunda, donde se menciona la Ley 6/1996, de 14 de abril, en lugar de la Ley 6/1997, de 14 de abril. La corrección se realiza para garantizar la precisión legal y la correcta aplicación de la norma. La errata se produce en el texto del Real Decreto 1473/1997, que establece la creación de la Misión Diplomática permanente de España en Bosnia-Herzegovina. La corrección se refiere a la referencia a la Ley 6/1996, de 14 de abril, que se debe sustituir por la Ley 6/1997, de 14 de abril. Esta corrección es fundamental para garantizar que la norma se aplique correctamente y que no haya ambigüedad en la base legal de la creación de la Misión Diplomática. La errata se corrigió mediante el presente Real Decreto, que se publica en el Boletín Oficial del Estado, en la misma fecha en que se publicó el Real Decreto original. Esta corrección no modifica el contenido esencial del Real Decreto 1473/1997, sino que corrige un error tipográfico o de redacción. La corrección se realiza en el texto del Real Decreto, en la página 28332, primera columna, párrafo tercero, línea segunda. La corrección se realiza en el marco de la normativa vigente sobre la creación de misiones diplomáticas, que establece que los Estados pueden establecer misiones diplomáticas en otros países, siempre que se respeten los principios de la diplomacia internacional. La errata no afecta la vigencia del Real Decreto 1473/1997, sino que garantiza su correcta interpretación y aplicación. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** El Real Decreto corrige una errata en el texto del Real Decreto 1473/1997, que establece la creación de la Misión Diplomática permanente de España en Bosnia-Herzegovina. La corrección se realiza para garantizar la precisión legal y la correcta aplicación de la norma. No se modifica el contenido esencial del Real Decreto, sino que se corrige un error tipográfico o de redacción. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ Corrección de errata en el Real Decreto 1473/1997. ⚠️ Errata detectada en la referencia a la Ley 6/1996, que debe ser sustituida por la Ley 6/1997. 📋 Corrección en la página 28332, primera columna, párrafo tercero, línea segunda. ℹ️ No modifica el contenido esencial del Real Decreto, solo corrige un error de redacción. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Nacional - **Fuente**: Boletín Oficial del Estado - **Tipo**: Real Decreto - **Fecha**: 27 de septiembre de 1997 - **Materias**: Diplomacia, errata, normativa internacional - **Relevancia**: ALTA Palabras: 650 ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

💬 Contexto ciudadano

La norma analizada, una corrección de erratas a un Real Decreto de 1997, no introduce cambios sustantivos en la creación de la Misión Diplomática en Bosnia-Herzegovina, sino que rectifica una referencia a una ley anterior. Antes de esta corrección, la ley citada erróneamente era la Ley 6/1996, mientras que la correcta es la Ley 6/1997. Esta distinción es relevante porque la Ley 6/1997, de 14 de abril, es la que regula la organización y funcionamiento de la Administración General del Estado, incluyendo la diplomacia. La corrección, aprobada por el Gobierno central, asegura la precisión jurídica del Real Decreto, evitando posibles interpretaciones erróneas sobre el marco legal que sustenta la misión diplomática. Para el ciudadano, esto garantiza la seguridad jurídica y la correcta aplicación de la normativa que rige las relaciones exteriores de España. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────

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