Orden de 11 de noviembre de 1997 por la que se crea una Oficina Consular Honoraria en Tirana (Albania).
¿Qué dice esta ley?
═══════════════════════════════════════════════════════════════════ IURISWATCH — Resumen generado por inteligencia artificial © Susan Cabot SLU (NIF B75682989) — Estructura editorial registrada Criterios editoriales: Susan Cabot, asesora fiscal y contable Jurisdicción: ES Fecha de generación: 2026-05-31 Fuente original: ES-BOE — Orden de 11 de noviembre de 1997 por la que se crea una Oficina Consular Honorar ⚠ Este resumen ha sido elaborado mediante inteligencia artificial aplicando criterios editoriales humanos propietarios. No sustituye al documento oficial original ni constituye asesoramiento jurídico o fiscal. Consulte siempre el texto íntegro en la fuente oficial. ═══════════════════════════════════════════════════════════════════ 1. **QUÉ RESUELVE** El texto establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Tirana (Albania) con el objetivo de fortalecer la colaboración entre España y Albania en ámbitos económicos y culturales. 2. **CONTEXTO** España participó en la Fuerza Multinacional de Protección en Albania, lo que generó vínculos especiales con este país. Para mantener y fomentar dichas relaciones, se decidió crear una institución que promueva la colaboración entre ambos países. La norma fue aprobada mediante un Orden Ministerial emitido por el Ministerio de Asuntos Exteriores. 3. **CONTENIDO JURÍDICO** El texto establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Tirana, con circunscripción territorial en toda la República de Albania. Esta Oficina tendrá categoría de Consulado Honorario y dependerá de la Embajada de España en Roma. El Jefe de dicha Oficina tendrá categoría de Cónsul Honorario, según el artículo 9 del Convenio de Viena de 24 de abril de 1963, sobre relaciones consulares. El Convenio de Viena establece en su artículo 9 que los consulados honorarios pueden ser establecidos por los Estados en otro Estado, con el fin de facilitar la protección de los intereses consulares. Además, el artículo 11 del mismo Convenio establece que los consulados honorarios pueden ser designados por el Estado que los establece, y que su funcionamiento se regirá por las normas vigentes en el Estado receptor. El texto también menciona que la creación de la Oficina Consular Honoraria se realiza a iniciativa de la Dirección General del Servicio Exterior, de conformidad con la propuesta formulada por la Embajada de España en Roma y previo informe favorable de la Dirección General de Asuntos Jurídicos y Consulares. Esto refleja un proceso de aprobación interna que garantiza la conformidad con la legislación vigente y con los principios de la cooperación internacional. La norma se emite mediante un Orden Ministerial, lo que indica que se trata de una disposición de rango inferior al de una ley, pero con efectos legales directos. La Oficina Consular Honoraria no tiene personalidad jurídica propia, sino que actúa en nombre del Estado español, bajo la supervisión de la Embajada de España en Roma. En cuanto a la organización, la Oficina Consular Honoraria se encargará de prestar servicios consulares básicos, como la emisión de certificaciones, la información sobre trámites consulares, y la promoción de la colaboración entre ambos países. La norma no establece una estructura detallada, pero se refiere a la dependencia de la Embajada, lo que sugiere que se rige por las normas generales de funcionamiento de consulados honorarios. La norma no menciona la duración de la Oficina Consular Honoraria, lo que implica que su existencia se considera permanente, salvo que se disponga lo contrario. Además, no se establecen mecanismos de evaluación o revisión de su funcionamiento, lo que podría indicar que su supervisión se realizará de forma continua por parte de las autoridades competentes. 4. **CONCLUSIÓN SIMPLE** La norma establece la creación de una Oficina Consular Honoraria en Tirana con el objetivo de fortalecer la relación entre España y Albania. Se basa en el Convenio de Viena y se emite mediante un Orden Ministerial. La Oficina actúa bajo la supervisión de la Embajada de España en Roma. 5. **PUNTOS CLAVE** ✅ **Creación de Oficina Consular Honoraria en Tirana**: Se establece una institución que promueve la colaboración entre España y Albania. ⚠️ **Dependencia de la Embajada en Roma**: La Oficina actúa bajo la supervisión de la Embajada, lo que refleja una estructura de gobierno centralizado. 📋 **Categoría de Cónsul Honorario**: El Jefe de la Oficina tiene categoría de Cónsul Honorario según el Convenio de Viena. ℹ️ **Base normativa**: Se basa en el Convenio de Viena de 1963 y en el procedimiento interno del Ministerio de Asuntos Exteriores. 6. **FICHA** - **Jurisdicción**: Internacional (relaciones consulares) - **Fuente**: Orden Ministerial de 11 de noviembre de 1997 - **Tipo**: Norma de rango ministerial - **Fecha**: 11 de noviembre de 1997 - **Materias**: Relaciones consulares, cooperación internacional, servicios consulares - **Relevancia**: ALTA - **Relevancia**: La norma tiene relevancia alta debido a su impacto en la relación bilateral entre España y Albania y su vinculación con el Convenio de Viena. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026 El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa de propiedad intelectual aplicable. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────
💬 Contexto ciudadano
Antes de esta Orden Ministerial de 1997, la presencia consular española en Albania era inexistente o muy limitada, dada la coyuntura política y las relaciones bilaterales de la época. Esta norma, aprobada por el Ministerio de Asuntos Exteriores, crea una Oficina Consular Honoraria en Tirana, dependiente de la Embajada en Roma, lo que supone un paso adelante en la formalización de la representación diplomática española en Albania. A diferencia de otros países con relaciones más consolidadas, o de la normativa estatal general sobre el servicio exterior, esta medida responde a una iniciativa específica para fortalecer lazos tras la participación española en misiones internacionales. Para el ciudadano, la existencia de esta oficina facilita la obtención de asistencia consular, la tramitación de documentos y la protección de sus derechos e intereses en Albania, aspectos que antes eran considerablemente más complejos o imposibles de gestionar directamente. ────────────────────────────────────────────────────────────────── ⚙ CONTENIDO GENERADO POR INTELIGENCIA ARTIFICIAL Este resumen ha sido elaborado por un sistema de IA bajo supervisión y criterios editoriales de Susan Cabot SLU. Estructura editorial y taxonomía: © Susan Cabot SLU 2026. El documento original resumido es de dominio público conforme a la normativa aplicable en materia de propiedad intelectual. Este resumen no constituye asesoramiento jurídico ni fiscal. Reglamento (UE) 2024/1689 — AI Act — art. 50 (contenido sintético) ──────────────────────────────────────────────────────────────────